en una ejecucion se ha embargo un vehículo y al ir a anotar el embargo en el Registro de Bienes Muebles, se deniega la anotación porque figura a nombre de un tercero en Tráfico.
Ahora el ejecutante me presenta escrito renunciando a la anotación preventiva de embargo, pero me pide que señale fecha para la remoción de depósito.
No sé si es correcto o no lo que me piden.
Remoción depósito
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Re: remocion deposito
Blanco y en botella: si es de un tercero ajeno a la ejecución , no sólo no se puede anotar el embargo en el RBM , sino que no se puede remocionar el bien .Anonymous escribió:en una ejecucion se ha embargo un vehículo y al ir a anotar el embargo en el Registro de Bienes Muebles, se deniega la anotación porque figura a nombre de un tercero en Tráfico.
Ahora el ejecutante me presenta escrito renunciando a la anotación preventiva de embargo, pero me pide que señale fecha para la remoción de depósito.
No sé si es correcto o no lo que me piden.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
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Ciertoviolet escribió:Yo entiendo que además no debió haber sido embargado, sino que con carácter previo a acordar el embargo debió constatarse que estaba a nombre del ejecutado.
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