Expulsión ciudadano comunitario por cuestión orden público

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Funcionaria

Expulsión ciudadano comunitario por cuestión orden público

#1 Mensaje por Funcionaria »

Ayuda, por favor. Les cuento brevemente:
- penado de nacionalidad francesa, por intento de homicidio que sale excarcelado en marzo de 2017, con orden de alejamiento hasta 2021 de su víctima.
- sujeto presumiblemente muy peligroso para esta víctima y otras posibles
- acordada implantación de pulsera a víctima y agresor, desde su fecha de salida hasta 2021.
- ministerio fiscal dice que puede proceder expulsión ex art 15 RD 240/2007 por cuestión de orden público.
¿Es correcto dar ya mismo testimonio a brigada de extranjeria para iniciar expediente de expulsión? O lo acuerda el juez en mi procedimiento y solo oficiamos luego para que lo ejecuten? Se puede expulsar ya? ¿O primero se excarcela, se le implanta pulsera y luego se va? ¿ o se va sin la pulsera? Le doy antes de nada audiencia y vista a partes y a penado, en la prision?
En mi modesta opinión, mandaría testimonio de ejecutoria con informe del juez y del fiscal diciendo que estiman procedente la expulsión, pero no resolvería en el juzgado. Lo mandaría mañana mismo a la dirección g. De policía para que inicien el expediente y lo expulsen el mismo día en que sale de prision, con prohibición de entrada, por lo que en ese caso, dejaría en suspenso la pulsera...¿sería correcto? Ayuda, por favor. La víctima real y las potenciales necesitan una solución. Gracias

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Xoán
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Re: Expulsión ciudadano comunitario por cuestión de orden pu

#2 Mensaje por Xoán »

Estás hablando de una expulsión administrativa, no de la del art. 89 CP. No podéis acordarla vosotros.
Si se inicia por la autoridad gubernativa, os pedirán autorización para la expulsión. Entonces es cuando das traslado al fiscal y se decide si procede o no. En este caso, teniendo una pena pendiente de cumplimiento, a parte de la prisión, creo que no procedería hasta terminar la orden de alejamiento, con control con pulsera. Ahora bien, es decisión judicial. Se puede autorizar la expulsión, pero va a ser más dificil entonces controlar el alejamiento. Lo que no veo factible es que se vaya de España con la pulsera puesta.

FUNCIONARIA

Re: Expulsión ciudadano comunitario por cuestión orden públi

#3 Mensaje por FUNCIONARIA »

Xoán, agradezco muchísimo tu amable respuesta y le ruego disculpas por no haberme manifestado antes pero desconocía hasta ahora mismo su intervención. No sé por qué no me avisó la aplicación ... en todo caso mil gracias nuevamente. Me ha sido muy útil su respuesta que sin duda incluiré en el resumen para consideración de los Sres Magistrados. Saludos.

francisur

Re: Expulsión ciudadano comunitario por cuestión orden público

#4 Mensaje por francisur »

Pues lo más lógico es que cumpla la pena y luego pueda ser expulsado. Nose si habrá un atajo en la Ley que permita la expulsión si aun tiene algún tipo de condena.

MLFGESTORA

Re: Expulsión ciudadano comunitario por cuestión orden público

#5 Mensaje por MLFGESTORA »

En nuestra causa se dio cuenta a la Brigada por posible compromiso de orden público, luego se autorizó la expulsión previa audiencia de Fiscalía y partes y ---fuera. Se fue sin pulsera (más que nada, porque carece de efecto fuera de España y allí carecemos de jurisdicción ni posibilidad alguna de control por medio de las autoridades extranjeras, quienes nos han de desconocer, por supuesto), la pulsera la llevó puesta hasta el Juzgado de Guardia que se la retiró el mismo día que subía al avión, acompañado en todo momento por la guardia civil. Nunca pisó la calle, desde la prisión, sin su pulsera. Luego se solicitó un reconocimiento al país de destino, para el cumplimiento de la prohibición de acercamiento, por medio de Reconocimiento Mutuo de REsoluciones judiciales firmes y ejecutivas, pidiéndoles control y seguimiento e informes periódicos así como que nos comunicaran conductas sospechosas como renovaciones de pasaporte o similares. Funcionó, las autoridades (alemanas, en nuestro caso) nos iban informando de cambios de domicilio, le mandaban comparecer apud acta cada mes para controlar sus salidas del país y demás.. etc.
Gracias por dejarme intervenir.

legista
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Re: Expulsión ciudadano comunitario por cuestión orden público

#6 Mensaje por legista »

Los extranjeros que lleguen a España huyendo de sus países de origen por diferentes razones tienen la posibilidad de pedir la vivienda por causas humanitarias, refugio o asilo político en el país. Es considerable tomar en cuenta que las causas por los que se pide la custodia en todo el mundo tienen que ser lo bastante graves para crear una violación de los derechos humanos esenciales de la persona. Debido a que el trámite de asilo o custodia en todo el mundo puede demorar un extenso tiempo se expide un archivo de tipo provisional llamado Tarjeta Roja España.

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