Personación de interesados en el recurso de apelación.

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Invitado

Personación de interesados en el recurso de apelación.

#1 Mensaje por Invitado »

Buenos días:

La consulta es para recabar vuestra opinión sobre la posiblidad de que los interesados puedan personarse en via de recurso cuando las actuaciones ya están en la Audiencia para sustanciar el recurso de apelación.

Hasta ahora era habitual que partes que no habían tenido intervención en instrucción porque no se las había llamado al haberse dictado un auto de sobreseimiento , no sé por cual via se enteran de que estan los autos en la Audiencia y pretenden personarse para tener conocimiento tanto de todo lo actuado en instrucción , como de la resolución que recaiga en via de recurso .

Antes en alguna ocasión , los interesados solicitaban tener acceso al auto que resolviera el recurso, mediante el procedimiento de acceso a las actuaciones judiciales, pero últimamente me he encontrado con varios escritos solicitando tenerles por personados en vía de recurso .

Muchas gracias

Invitado

Re: Personación de interesados en el recurso de apelación.

#2 Mensaje por Invitado »

Si las actuaciones estan en la Audiencia , yo remitiria alli el escrito.No obstante si la Audiencia te devuelve el escrito , al ser interesados y no partes, no veo que interes legitimo pueden tener( lo tendrian que acreditar).Si en tu opinion no lo acreditan podrias poner un acuerdo denegatorio de conformidad con el art 4.2 del reglamento de aspectos accesorios y que presenten un escrito de revision ante el juez para que resuelva este. Asimismo sigo pensando que cuando las actuaciones estan en tramite las peticiones de personacion son una cuestion de fondo en las que el juez puede resolver directamente. Sin embargo como la competencia esta muy difusa , conforme a ley cualquier peticion de un interesado puede resolverse dictando un acuerdo y no una diligencia de ordenacion. Yo alguna vez lo he hecho incoando un expediente gubernativo para resolver esta cuestion he dictado el acuerdo y me ha servido.

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