Anotación en SIRAJ de la privación de la patria potestad

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
invitad@

Anotación en SIRAJ de la privación de la patria potestad

#1 Mensaje por invitad@ »

con carácter excepcional estoy sustituyendo en una Audiencia Provincial y tengo que anotar como accesoria a la prisión de 25 años la privación de la patria potestad.
La pantalla me exige poner duración de la pena y he puesto 25 pero los funcionarios me dicen que tengo que poner solo l hasta los 18 años del menor.
Alguien puede aclararme algo.
Gracias.

delme
Mensajes: 379
Registrado: Sab 05 Jun 2010 10:30 pm

Re: ANOTACION IRAJ PRIVACION PATRIA POTESTAD

#2 Mensaje por delme »

Has hecho bien, no olvides q teoricamente son posibles casos de patria potestad prorrogada si el hijo incurre es incapacitado y que las penas accesorias tienen la misma duracion q la ppal. Anota bien los datos del menor en su caso como observaciones y fuera.

invitad@

Re: ANOTACION IRAJ PRIVACION PATRIA POTESTAD

#3 Mensaje por invitad@ »

Muchísimas gracias Delme.

Acolitos

Re: ANOTACION IRAJ PRIVACION PATRIA POTESTAD

#4 Mensaje por Acolitos »

¿No especifica la sentencia la duracion de la pena accesoria?Si la especifica esa es la duracion que tienes que poner. Si no la especifica yo pondria 25 años que es la duracion de la pena principal. Si la pantalla no te exige como campo obligatorio la duracion, no pongas nada; eso deberia venir especificado en la sentencia. Otra opcion es que lo aclare S.S y si no poner diligencia de constancia de que no te es posible registrar esa pena por no especificar la sentencia la duracion. Yo una vez me paso con una pena de prision suspendida en unas urgentes y no se especificaba el plazo de suspension, lo hice constar, lo mande al penal y fuera. No me lo han devuelto. El SIRAJ es un reflejo de las resoluciones judiciales y lo que no consta en ellas... nosotros no lo tenemos que subsanar. Comentalo con tu juez. NO obstante la solucion de 25 años no me parece mal; pero creo mas correcto ( y menos te implica) la otra opcion

Avatar de Usuario
Javier González Pereda
Mensajes: 1506
Registrado: Mar 01 Sep 2015 2:35 pm
Ubicación: Santander
Contactar:

Re: ANOTACION IRAJ PRIVACION PATRIA POTESTAD

#5 Mensaje por Javier González Pereda »

Totalmente de acuerdo con acolitos..el SIRAJ es un simple registro de naturaleza declarativa...no constitutiva...eso significa que por su propia naturaleza refleja a efectos de publicidad o antecedentes un determinado fallo judicial tal y como es...si es firme como nota de condena a ejecutar y si no lo es en su zona de sentencias no firmes.

Evidentemente la Audiencia ha puesto el fallo correcto..no tienen razon tus funcionarios..y se esta pensando en supuestos de patria potestad prorrogada.un saludo
Juzgado de Instruccion 1 de Santander.

"Nada es imposible si alguien ya lo hizo alguna vez...y sino ...tampoco"

Responder