Prórroga de escuchas.

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laj z

Prórroga de escuchas.

#1 Mensaje por laj z »

Buenos días. Tengo una duda y una discrepancia con un Magistrado de Instrucción vecino, y es la siguiente:

En el art. 558bis C de la LECRIM dice que el Juez de Instrucción autorizará o denegará la medida solicitada mediante auto motivado OIDO EL MINISTERIO FISCAL...

Esto, a mi entender significa que, salvo mejor criterio, el LAJ del Juzgado de Instrucción puede acordar por D.O. oir al Ministerio Fiscal y luego acordar el dar cuenta al Juez para que resuelva.

Pero el 588bis f del mismo texto legal, al hablar de la prórroga no dice nada de oído el Ministerio Fiscal. Aquí yo creo que mi labor es que la solicitud de prórroga quede sobre la mesa de SSª para que resuelva lo que estime oportuno y sea el Juez quien acuerde la prórroga o acuerde EL JUEZ, dar traslado al Ministerio Fiscal.

Pues bien, el Magistrado vecino (llamémoslo así) se le plantea una solicitud de prórroga cuando sustituye en "mi" Juzgado y me dice que yo , en función de "ordenador" del proceso debería hacer dado traslado previo al M.Fiscal.

Yo sigo pensando que respecto de las prórrogas es el Juez el que debe decidir si oye o no al Ministerio Fiscal.

¿ Qué pensáis ?

Saludos.

Invitado

Re: Prórroga de escuchas.

#2 Mensaje por Invitado »

Si la LECrm, no prevé ese traslado, es cosa del juez dar traslado o resolver, si el quiere dar ese traslado que lo acuerde

ACOLITOS

Re: Prórroga de escuchas.

#3 Mensaje por ACOLITOS »

Tiene razon invitado. Ademas aunque la Lecrim para las no prorrogas establezca el deber de ser oido el fiscal, por ningun lado establece que deba darse traslado por diligencia de ordenacion , sino que el juez resolvera oido el ministerio fiscal, con lo cual el traslado puede acordarse por providencia. En mi juzgado en ambos casos , tanto altas como prorrogas se da traslado por providencia al fiscal; no olvidar que el que tiene funciones instructoras es el juez. No obstante en el caso de altas puedes poner diligencia de ordenacion pero en el supuesto de prorroga yo se lo dejaria en su mesa para resolver

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darabia
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Re: Prórroga de escuchas.

#4 Mensaje por darabia »

Lo mismo en mi juzgado, el traslado se hace siempre por providencia incluso en la nuevas altas, aunque nada obstaría que se hiciera por dior
Desde un mixto de pueblo.....

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Xoán
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Re: Prórroga de escuchas.

#5 Mensaje por Xoán »

En principio, no estando dispuesto en la LECRIM expresamente que se deba oír al MF, esa audiencia es decisión del Juez según su criterio, y por lo tanto debería acordarlo por providencia.
Dicho eso, yo no discutiría por algo así, y si quiere DIOR, se la pondría. No hay energía para pelear todas las batallas :monito-necesito-cafe:

laz

Re: Prórroga de escuchas.

#6 Mensaje por laz »

No se trata de discutir.
Pero, ¿ si la Policía ajusta el plazo y acordando por DOR el traslado al Ministerio Fiscal se nos pasa, de quien es la responsabilidad ?.

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Xoán
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Re: Prórroga de escuchas.

#7 Mensaje por Xoán »

Si estás muy justo de plazo, pon una diligencia de pasar los autos a SSª para que resuelva lo que proceda, haciendo constar que el plazo para la prórroga vence tal día. Lo normal es que en ese caso decida inaudita parte, sin perjuicio de que el fiscal recurra, etc.
Si no pasa lo normal, pues bueno, pasamos a otro apartado del foro, el de conflictos y quejas.

ACOLITOS

Re: Prórroga de escuchas.

#8 Mensaje por ACOLITOS »

Es que el problema justo es ese, el de poner una diligencia de ordenación sin que lo prevea la ley ( que en este caso no lo prevee) pues en todo momento el articulo 588 bis f alude al juez competente , el cual resolverá en el plazo de dos días; en resumen si andas pillado de tiempo como dice Xoan pon una diligencia de ordenación pasando los autos a S.Sª . sI este estima o necesita oir al fiscal que lo acuerde por providencia y si quiere que pongas una diligencia de ordenación dando traslado al fiscal , que te lo acuerde por escrito ; aquí se trata de que cada cual salve la responsabilidad y las palabras se las lleva el viento.

ACOLITOS

Re: Prórroga de escuchas.

#9 Mensaje por ACOLITOS »

Es mas yo pondria : quedan los autos en la mesa S.S . para resolver de conformidad con el art 588 bis f Lecrim

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