Hay que emplazar al enviar un PA a la Audiencia???

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Invitado

Hay que emplazar al enviar un PA a la Audiencia???

#1 Mensaje por Invitado »

Hola, una duda de funcionario novato que tengo: al remitir un PA a la Audiencia Provincial para su enjuiciamiento desde un partido judicial distinto se ha de emplazar para comparecer ante la misma tal como se hace en el Sumario Ordinario??? He preguntado a otros compañeros funcionarios y cada uno me "sugiere" una cosa distinta.
En caso afirmativo dos cosas más, a) el emplazamiento se puede hacer a través del procurador o ha de ser personal?? y b) si se hace a través de procurador, a quién se emplaza exactamente?? al imputado a través de su procurador?? o al Letrado del imputado?? Gracias, todo el mundo tiene su primera vez, alguna vez.

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violet
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Registrado: Mar 28 Feb 2012 2:24 pm

#2 Mensaje por violet »

No hace falta emplazamiento si es PA, de acuerdo con el artículo 784.5 de la LECRIM. Normalmente y tal y como previene dicho precepto legal se dicta Diligencia de Ordenación del SJ acordando remitir lo actuado a la AP, notificándoselo a las partes.

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