Reposición contra anuncio recurso suplicación

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Wences

Reposición contra anuncio recurso suplicación

#1 Mensaje por Wences »

Dias después de que el recurrente formalice el recurso de suplicación, la parte contraria recurre en reposición (dentro de plazo) la diligencia de ordenacion teniendo por anunciado el recurso, ya que entiende que contra esa sentencia no cabe recurso alguno.

No me dí cuenta que estaba el escrito formalizando sin proveer y di trámite al recurso de reposición, eso si, presentado dentro de plazo. Ocurre que ahora me encuentro con la disyuntiva de tener que resolver el recurso de reposición, cuando en verdad no tengo competencia pues se ha formalizado el recurso de suplicación. Y, de resolver desestimando el recurso de reposición, las consecuencias no serian tan graves; pero está claro que no podria, en ningún caso resolver el recurso de reposición estimando el mismo, por las consecuencias que ello conllevaria.

Este problema no es tan dificil que se nos dé con frecuencia, pues aunque el recurso de reposición se plantee antes de que se formalice el recurso, la resolución del recurso de reposición, probablemente sería una vez formalizado el de suplicación, con las consecuencias que ello conlleva.

Espero vuestas sugerencias. Gracias.

Invitado

Re: reposicion contra anuncio recurso suplicacion

#2 Mensaje por Invitado »

No veo el problema si aun no has proveido el escrito de formalización, luego el recurso todavía no se ha tenido por formalizado. Creo que lo correcto es no hacerlo hasta que se resuelva la reposición. Si se desestima, se tiene por formalizado, si se estima y se tiene por no anunciado el recurso por auto, se devuelve el escrito de formalización (sin perjuicio de que quepa recurso de queja).

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ELY
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Registrado: Lun 11 May 2009 7:47 pm

Re: reposicion contra anuncio recurso suplicacion

#3 Mensaje por ELY »

Invitado escribió:No veo el problema si aun no has proveido el escrito de formalización, luego el recurso todavía no se ha tenido por formalizado. Creo que lo correcto es no hacerlo hasta que se resuelva la reposición. Si se desestima, se tiene por formalizado, si se estima y se tiene por no anunciado el recurso por auto, se devuelve el escrito de formalización (sin perjuicio de que quepa recurso de queja).
yo creo también que es la mejor opción

Wences

Re: Reposición contra anuncio recurso suplicación

#4 Mensaje por Wences »

El escrito formalizando se proveyó en su momento. Tener en cuenta que el recurso de reposición no es nadie para paralizar la tramitación-procedimiento del recurso de suplicación. Por eso digo que es un tema que nos puede pasar con más frecuencia de que lo que parece. Es decir, puedes tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de reposición (que como sabeis no suspende la ejecución de lo resuelto), y durante la tramitación de éste, se formaliza la suplicación, y dias después tienes que resolver el recurso de reposición con la formalización de la suplicación realizada.

Tras mucho darle vueltas creo que en estos casos lo más acertado puede ser resolver el recurso de reposición, pero desestimandolo en todo caso, y aduciendo que el momento para solicitarse la inadmisión del recurso por no estar posibilitado por la Ley es en la formalización del recurso de suplicación, y no mediante un recurso de reposición contra la diligencia de ordenación acordando tener por anunciado el recurso. Salvo que su admisibilidad venga de un error material a la hora de dictarse la sentencia y que hubiere sido objeto de rectificación, en cuyo caso tendría que haber solicitado antes que nada la rectificación del referido error material al consignarse, en la sentencia, la posibilidad de un recurso inexistente.

Wences

Re: Reposición contra anuncio recurso suplicación

#5 Mensaje por Wences »

Perdon, quise decir que el momento para alegar la inadmisión del recurso, por no estar previsto en la Ley, es en la impugnación del recurso de suplicación

En el caso de que el recurrente en reposición hubiere creido que la posibilidad de recurso contemplado en la sentencia lo era por un error material, debería haber solicitado la rectificación de la sentencia en tal sentido.-

En sintesis, el recurrido tenia dos opciones:

Si pensaba que era un error material solicitar la rectificación de la sentencia.

Si pensaba que no se trataba de un error, sino de un criterio equivocado del juzgador posibilitar el recurso, debería advertirse en la impugnación del recurso de suplicación y no, recurrir en reposición la diligencia de ordenación teniendo por anunciado el recurso.

El decreto que estoy pensando poner acordaria la desestimación del recurso basado de alguna forma en los dos puntos anteriores y en no tener la competencia para otra cosa, al haberse formalizado el recurso de suplicación.

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