Opción en condenas solidarias

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Invitado

Opción en condenas solidarias

#1 Mensaje por Invitado »

Cuando se declara el despido improcedente y se condena solidariamente a dos empresas ¿Qué prima si una opta en plazo por la readmisión y la otra por la indemnización?. Yo pienso que la readmisión, pero no encuentro jurisprudencia al respecto.

Wences

Re: opción en condenas solidarias

#2 Mensaje por Wences »

La pregunta me parece muy interesante. Pienso que debe regir y mantenerse la opción por la readmisión, por las siguientes consideraciones:

Si nos vamos a la doctrina legal su criterio es el de conservación de los contratos.

Según se desprende la legislación vigente en la materia Estatuto Trabajadores y LRJS., se entiende que lo más beneficioso a priori para el trabajador es la readmisión.

Igualmente se observa que la tendencia es a la readmisión, pues cuando nada se dice al respecto, se entiende de forma implícita o tácita que ha optado por la readmisión.


De todas formas seguiré indagando.

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ELY
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Registrado: Lun 11 May 2009 7:47 pm

Re: opción en condenas solidarias

#3 Mensaje por ELY »

En mi juzgado solemos aplicar el principio civil general de las obligaciones solidarias, y se tiene por efectuada la opción primera que se haga, con independencia de que sea la indemnización o la readmisión.

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