Despido y opción por el FOGASA

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
Invitado

Despido y opción por el FOGASA

#1 Mensaje por Invitado »

Despido en el que ni el empresario (persona física) ni el FOGASA asisten al juicio. Notificada la sentencia condenatoria por despido improcedente el empresario no dice nada y el FOGASA presenta escrito de opción por la indemnización (pata evitar que corran los salarios de trámite), acreditando la baja de la empresa. Parece que esta actuación del FOGASA se admite por lo general en casos de empresas desaparecidas, pero tratándose de una persona física localizada?

Avatar de Usuario
ELY
Mensajes: 1237
Registrado: Lun 11 May 2009 7:47 pm

Re: Despido y opción por el FOGASA

#2 Mensaje por ELY »

Hola,
en mi juzgado, con carácter general si el FOGASA concurre al acto de juicio y la empresa no, el FOGASA o el trabajador puede pedir la extinción, y normalmente el juez así lo acuerda en sentencia.

Otra cosa es que no asistan ni la empresa ni el FOGASA al juicio, en ese caso en mi juzgado no se admite la opción efectuada por el FOGASA, (al principio lo pedían, ahora como sabe que no se lo admitimos no las piden), hay que ir a la ejecución de la sentencia y celebrar incidente donde se fijaran los salarios de tramitación.

Como te he dicho esto es un resumen de lo que hacemos ene mi juzgado, pero lo bonito del derecho es que hay muchas caras y soluciones, te paso el enlace donde se trata este tema y hay unas 5 o 6 argumentaciones para que si te gusta otra la escojas:

http://www.elderecho.com/foro_legal/lab ... 10001.html

un saludo

ELY

Wenceslao 2

Re: Despido y opción por el FOGASA

#3 Mensaje por Wenceslao 2 »

Se debe admitir la opción del Fogasa, ocurre no obstante que es esteril, me explico:

Aunque opte el Fogasa por la indemnización se aplicara siempre los salarios de tramitación hasta el momento extintivo, es decir la fecha de la sentencia. El Fogasa pretendía como es sabido optar por la indemnización y así de esta forma no pagar los salarios de tramitación ni siquiera hasta la sentencia, pero sentencias del TSJ de la Comunidad Valenciana, si bien han admitido la opción del Fogasa conceden siempre y en todo caso los salarios de tramitación hasta la sentencia, junto con la indemnización.

Lo más interesante es la última sentencia del Tribunal Supremo Sala de lo Social, de fecha 19/7/2016 num. recurso 338/15. Que avalo lo antes relatado.

Invitado

Re: Despido y opción por el FOGASA

#4 Mensaje por Invitado »

Mil gracias por vuestras ideas.

Lo que ocurre es que hay que distinguir tres supuestos:

1-art. 110.1.a LRJS: el titular de la opción la anticipa en el acto de juicio y se recoge en sentencia. Si es por la indemnización, se calcula hasta la fecha del despido, y no hay salarios de trámite.

2-art. 110.1.b LRJS: en sentencia se acuerda, a instancia del demandante y acreditada la imposibilidad de readmisión, la extinción de la relación laboral con abono de la indemnización calculada hasta sentencia. En este caso la sentencia del TS que cita Wences, así como la de 21/07/2016 (Rec. 879/2015), establecen que proceden salarios de trámite hasta la fecha de la sentencia, por asimilación a los casos en que la imposibilidad de readmisión se declara en ejecución.

3-art. 56 ET: opción del empresario en el plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia por el abono de la indemnización. Ésta se calcula hasta la fecha del despido, y no hay salarios de trámite.

En cuanto a la posibilidad de actuación del FOGASA, como apunta Ely no hay unanimidad entre las Salas, hay para todos los gustos, y la cuestión no es baladí, pues el devengo de salarios puede finalizar en tres momentos: el despido, la sentencia o el auto de extinción de la relación laboral.

En el caso que os planteo de momento voy a dar traslado de la petición del FOGASA a ver qué dicen las partes.

Saludos.

Responder