Social : reparto defectuoso

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socialista

Social : reparto defectuoso

#1 Mensaje por socialista »

supuesto de hecho: Una demanda llega al Juzgado, se admite, por Decreto, se señala juicio y el día del juicio el Juez se da cuenta de que por antecedentes debió ir a otro del mismo partido. El Juez pretende suspender y declarar nulidad de actuaciones, devolviendo el asunto al decanato -6 meses después- para que lo reparta a ese otro Juzgado.

NOTA. Estamos hablando de social.

¿ Qué os parece, es correcta la actuación de SSª ?

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Magistrado Granollers
Mensajes: 2184
Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm

#2 Mensaje por Magistrado Granollers »

Legalmente, si lo es. Y aunque ya sé que en el 99,9% de casos eso es irrelevante, quisiera decir que es un tema que -dicho por el Tribunal Constitucional- afecta al derecho al Juez predeterminado por la ley en cuanto integra en el último eslabón la norma de la competencia.

En todo caso, es uno de los problemas que se van a poner de manifiesto cuanto mas se avance en la NOJ. Yo sigo mirando las demandas personalmente después de que el Secretario las haya visto, pero llegará el día (?) en que con la NOJ3 será la semana de juicios, con todo preparado, cuando las veré por primera vez. ¿Debo dejar de hacer lo correcto por no causar trastorno alos ya citados? Si la respuesta es afirmativa, sencillamente podemos olvidarnos de las normas de reparto, en el fondo igual dan si no se han de cumplir. En fin, es algo exagerado, pero creo que el problema queda ilustrado, que era la intención.

Saludos
Mas sabe el diablo por viejo que por diablo. (Antiguo Refrán Castellano)

"No hay para el hombre libre cuidado más continuo y acuciante que el de hallar a un ser al que prestar acatamiento" F. Dostojewski (Los Hermanos Karamazov)

Invitado

#3 Mensaje por Invitado »

Vale. Pero lo que ocurre es que, con toda seguridad, en las normas de reparto hay una regla establecida para plantear las cuestiones negativas (esto es, como las cuestiones de competencia entre distintos partidos) que dirá que el Juez tiene un plazo (en mi partido es de cinco días) para plantearle la cuestión al Decano y que, pasado ese plazo, se entiende asumida la competencia. Y esa norma estará aprobada por el TSJ respectivo, así que lo veo dificil por mucho que pretenda alegar que él no vio la demanda, etc.

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