Publicación de insolvencias en nueva LJS.

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

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ni flawuars

Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#1 Mensaje por ni flawuars »

¿Sabeis en dónde se publican las insolvencias con arreglo a la nueva LJS? Antes era en el Borme y ¿ahora? Me refiero a efectos prácticos y pregunto a dónde os dirigis.

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tramiteitor
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Re: Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#2 Mensaje por tramiteitor »

La insolvencia de sociedades de capital, es decir, de sociedades limitadas y de sociedades anónimas, una vez que es firme el decreto de insolvencia, se comunica al Registro Mercantil de la provincia donde está inscrita la mercantil mediante un mandamiento en el que insertamos el decreto en cuestión, haciendo constar que es firme e interesándole que haga constar la firmeza de la insolvencia. Si es una Cooperativa o Asociación, al Registro de Cooperativas o de Asociaciones que hay en el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma, mediante un oficio, interesándole que haga constar la firmeza de la insolvencia. Si es una persona física, una sociedad civil, una sociedad o entidad deportiva, una comunidad de bienes o cualquier otra entidad que carezca de registro, elevamos una consulta al Servicio Consultivo de la Abogacía del Estado, en el Ministerio de Justicia. Desde que entró en vigor la LRJS, dejamos de enviar los edictos al BORME porque no había basamento legal para hacerlo, y hemos enviado numerosas consultas al Servicio Consultivo de la Abogacía del Estado; unimos a la ejecución el acuse de recibo acreditativo del envío, y nos sentamos a esperar que contesten; pero por el tiempo que hace desde que remitimos la primera sin haber obtenido respuesta, me parece que es imposible hacer constar la firmeza de la insolvencia en el registro correspondiente a la naturaleza de la entidad. Y eso no es lo malo; lo peor de todo es que no podemos saber si ya ha sido declarado insolvente por otro Juzgado de lo Social de España. En fin, cabezas pensantes que cuando tienen ideas así más valdría que echaran humo y se les borrara la idea para siempre jamás. Sobre este respecto ya escribí en su momento. A ver si algún moderador puede poner el enlace. Y gracias por anticipado.

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tramiteitor
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Re: Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#3 Mensaje por tramiteitor »

Pruebo a poner el enlace. No sé si funcionará. Es el siguiente:



viewtopic.php?f=20&t=5793

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tramiteitor
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Re: Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#4 Mensaje por tramiteitor »

¿Qué pasa?, ¿habéis recibido el correo electrónico del BORME diciendo que no publica ni un edicto de insolvencia más y pone de manifiesto lo que manda la Ley 36/2011, de 10 de octubre, RJS?

Ya era hora de que alguien se diera cuenta.

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Terminatrix
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Re: Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#5 Mensaje por Terminatrix »

tramiteitor escribió:Pruebo a poner el enlace. No sé si funcionará. Es el siguiente:

viewtopic.php?f=20&t=5793
Funciona. Gracias, Trami :wink:
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

pisto
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Re: Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#6 Mensaje por pisto »

:oops: Si, lo hemos recibido pero es que lo publicaban............
Muchas gracias por la información...

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tramiteitor
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Re: Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#7 Mensaje por tramiteitor »

De nada pisto. Continuaremos sufriendo y padeciendo las torpezas de legisladores incompetentes, desidiosos o..., quizás, ¿mal informados?. Entonces, ¿para qué quieren tantos asesores?

invitad@

Re: Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#8 Mensaje por invitad@ »

Seguiré el buen criterio de tramiteitor de hacer constar la insolvencia en el Registro Mercantil competente por imposición del art 276.5 LJS (por cierto, he visto según el Reglamento del Registro Mercantil RD 158/2008, de 8 de febrero, que también se anotan los empresarios individuales... ) y a los efectos del 276.3 (base para insolvencia en otras ejecuciones y en beneficio de todos los sociales de la humanidad en su conjunto) intentaré publicarla en el BOE (a ver si cuela......)

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tramiteitor
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Re: Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#9 Mensaje por tramiteitor »

Que tengas suerte en tu empresa, pero el BOE y el BORME es lo mismo. Que lo sepas.

JOSELE

Re: Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#10 Mensaje por JOSELE »

Pues yo aún estoy sin recibir la comunicación del Borme y me he enterado por este foro de la suspensión de las publicaciones. Participé en el foro del cejaj y desconocía tal noticia. Hay compañeros que dicen que no publicarán las insolvencias en ningún lugar, y en paz.

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tramiteitor
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Re: Publicación de insolvencias en nueva LJS.

#11 Mensaje por tramiteitor »

Con la nueva LRJS no se trata de la insolvencia, ni tampoco de publicarla.

Se trata hacer constar la firmeza de la insolvencia en un registro.

¿No está la ley para que sea cumplida?, pues cúmplase, y en paz.

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