Procedimiento monitorio o contencioso.

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Puri

Procedimiento monitorio o contencioso.

#1 Mensaje por Puri »

El Ayuntamiento de Madrid efectua un corte en uno de los subterraneos , cuya unica via de salida es invadir una via de circulación restringida, y en lugar de desactivar las camaras, lo que hace es seguir multando. En lugar de recurrir directamente la multa y con el fin de poder aplicarme la reducción, abono la multa y reclamo, admito haber leido el texto de la notificación de la inflacción pero no puedo permitirme pagar el 100% si el ayuntamiento desestimara mi recurso, como ya me ha ocurrido en otras ocasiones.
El resultado de la reclamación, pese a exitir un certificado del cierre de subterraneo, del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Mobilidad, es denegatorio, instando a presentar mi reclamación ante el Contencioso-Administrativo, que requiere de asistencia de abogado, cuyos servicios serian mucho más costosos quel importe reclamado.
Dado que el importe es muy inferior a 2000€, mi pregunta es:¿Puedo presentar la reclamación ante el Contencioso, como procedimiento monitorio? y en caso contrario ¿que otra via legal puedo utilizar para recuperar el importe de la infracción pagada?

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Terminatrix
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Re: Procedimiento monitorio o contencioso.

#2 Mensaje por Terminatrix »

Aviso a particulares y profesionales escribió:Este foro se ocupa de atender y resolver consultas de trabajo ordinario de los Secretarios Judiciales. Aunque básicamente se dirige a esto, está abierto a cuantos profesionales del Derecho quieran plantear cuestiones relativas al funcionamiento de la Justicia y los juzgados o enriquecer el foro con sus opiniones.
No obstante, al igual que Jueces y Fiscales, los Secretarios tenemos prohibido por Ley asesorar a particulares o profesionales. Hacer lo contrario, no sólo sería contrario a la naturaleza del foro, sino que podría ser constitutivo de un delito de intrusismo.

Así pues, si no eres Secretario Judicial, te rogamos que tengas presente lo siguiente:

:arrow: Si eres un ciudadano, te recordamos que las tareas de asesoramiento legal son propias y específicas de los abogados. Son quienes mejor pueden ayudarte.

:arrow: Si eres profesional, no pidas que te ayudemos en tus pleitos. Ten en cuenta que una cosa es hablar y discutir del funcionamiento del juzgado o de la tramitación de algún tipo de procedimiento, y otra esperar obtener argumentos o jurisprudencia para sustentar tus reclamaciones. Además de la injusticia que supondría ayudar sólo a una parte, no es nuestra misión ni tenemos ganas de hacer tu trabajo. Hay multitud de foros profesionales en internet donde encontrarás colaboración de tus colegas.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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