¿Que es minutar una demanda o un atestado?

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FALC
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¿Que es minutar una demanda o un atestado?

#1 Mensaje por FALC »

Buenos días a todos:

Soy abogado en ejercicio y el otro día en redes sociales leí algo sobre "minutar la demanda y el atestado" y lo cierto es que no tengo ni idea de en que consiste: Intuyo que consiste en decidir que procedimiento es por el que se debe tramitar la cuestión ?. La verdad que me causó gran intriga porque para mí, "minutar" lo relaciono únicamente con las costas.

Este es mi primer post. Espero haberlo posteado en el lugar adecuado y agradezco vuestras respuestas por adelantado.

Un cordial saludo,

Secretarionovato
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Re: ¿Que es minutar una demanda o un atestado?

#2 Mensaje por Secretarionovato »

El diccionario de la RAE es tu "hamijo".

"minutar
De minuta.
1. tr. Hacer el borrador de una consulta.
2. tr. Poner en extracto un instrumento o contrato."

minuta
Del lat. mediev. minuta.
1. f. Extracto o borrador que se hace de un contrato u otra cosa, anotando las cláusulas o partes esenciales, para copiarlo después y extenderlo con todas las formalidades necesarias para su perfección.
2. f. Borrador de un oficio, exposición, orden, etc., para copiarlo en limpio.
"


En los Juzgados, los documentos no los confeccionan ni el Juez ni el LAJ, sino los funcionarios de la oficina judicial, resultando que aquellos hacen unas indicaciones sobre el atestado/escrito/demanda (requiere poder, admite, despacha ejecución, sobresee por falta de autor conocido, incoa previas y llama a declarar al denunciado...) y los funcionarios de la oficina confeccionan en el ordenador el documento en cuestión, a partir de esas instrucciones, llamadas minuta, y luego los pasan a firma.

Al acto de realizar esas indicaciones, se le llama "minutar".

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