Registro Público Concursal

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

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Top Secre
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Artículo 551 LEC: cómo lo hacéis.

#51 Mensaje por Top Secre »

Orden general del despacho de ejecución. Desde el 15 de octubre de 2015 está en vigor el párrafo introducido por la Ley 19/2015 de 13 de Julio, que encomienda a los "Secretario Judiciales" la obligación de poner en conocimiento del Registro Público Concursal la existencia del auto por el que se despacha ejecución, informando del NIF del ejecutado y acompañando copia escaneada de dicha resolución. También de ponerse en conocimiento del RPC la finalización de la ejecución.

Yo esto no lo entiendo, aparte de que me parece inasumible y un trabajo inútil, pero os pregunto cómo lo estáis haciendo dada la falta de organización en la materia, la inexistencia de órdenes claras, de formación y de medios y la necesidad de organizar el trabajo sin perder el tiempo comunicando al Registro ejecuciones y ejecuciones.

:gracias:
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Diggory Kirke
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Re: Artículo 551 LEC

#52 Mensaje por Diggory Kirke »

Pues justo esta semana saltó la liebre en nuestro juzgado por ese mismo tema, Top Secre, y lo que ha hecho mi Secretaria (lo de Letrada solo para las comunicaciones oficiales) es investigar en la página de Registradores de España, e intentar hacer todo el proceso ella.

Pero no es posible porque el que crea la sala de firmas que hay que crear (valga la rebuznancia) donde se remiten los autos despachando ejecución que hay que comunicar al Registro Público Concursal no puede cumplimentar todos los datos o le faltan pestañas.

Así que el martes ha enviado la petición correspondiente para darnos de alta a mis dos compañeras de Civil y un servidor para que podamos incorporar los autos nosotros y luego ella firmarlo en la dichosa sala de firmas.

Creo que básicamente es eso, por ahora :mepartoderisa:

CIVILIST@
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Re: Artículo 551 LEC

#53 Mensaje por CIVILIST@ »

El tema se ha tratado en el siguiente hilo general:

viewtopic.php?f=3&t=12087

Como escribí en el mismo, a mí, hasta que no me llegue una comunicación oficial de Secretaría General sobre cómo proceder en esos casos, ni caso... :whistling:

En mi partido judicial no se cumple, y me consta que en otros muchos, tampoco. A ver si alguien puede aportar más información sobre el estado de esta cuestión...

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Top Secre
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Re: Registro Público Concursal

#54 Mensaje por Top Secre »

Disculpas, que estaba empanada....ya he unido los temas.

En mi partido judicial también se incumple...en parte porque no hay tiempo para esta otra bonita función, en parte porque no la acabamos de entender, en parte por falta de instrucciones precisas... en fin, lo de siempre.
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scofield
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Re: Registro Público Concursal

#55 Mensaje por scofield »

+ 1. Aqui tampoco estamos haciendolo, a la espera de que por S Coordinador Provincial o quien sea nos diga pautas. Demasiado trabajo hay para esto, y ahora con la firma digital que aqui faltaba ynos han dado de alta, y lo lento de ello al igual que lexnet, se pierde ya demasiado tiempo como para ahora tambien perderlo con lo del Registro Concursal

delme
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Re: Registro Público Concursal

#56 Mensaje por delme »

Pues desde luego yo por mi parte cumplo la legalidad vigente, me guste o no, y desde luego remitimos al RPConcursal todos los autos de despacho de ejecución y decretos de archivo definitivo.

Reconozco que es una pesadez pero desde luego yo cumplo con la legalidad vigente, el que no lo haga...

CIVILIST@
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Re: Registro Público Concursal

#57 Mensaje por CIVILIST@ »

Así es, efectivamente, nada que objetar por ese lado... Ese es el drama en que nos colocan al adoptar este tipo de medidas. Y tarde o temprano todos tendremos que pasar por ello, nos guste o no, discrepemos más o menos en nuestro fuero interno, aunque intentemos retrasarlo todo lo posible... :cabezazo2:

Sólo un pregunta desde una vertiente práctica: desde tu Oficina Judicial, ¿cuántas comunicaciones de incoación de Ejecuciones habréis realizado hasta la fecha?. Supongo que varios cientos. ¿Cuántas comunicaciones del Registro has recibido participando que se ha declarado el concurso del ejecutado?. Me atrevo a adelantar: ninguna o muy pocas.

¿Es útil la medida adoptada por el legislador?. Este es el debate de lege ferenda.... Y no sólo podemos, sino que debemos ser críticos...

delme
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Re: Registro Público Concursal

#58 Mensaje por delme »

En efecto no las he contado pero cientos.

Respuestas, a las que mandamos por correo ordinario antes de implantar el sistema telemático y desde la entrada en vigor de la reforma, las devolvieron con acuse de recibo "rehusado", por supuesto que no las he dado de alta porque yo ya cumplí comunicándolo y si no lo han anotado es un tema que me la suda, yo cumplo con el 551.3 y punto cada palo su vela.

Desde que las mandamos telemáticamente contestaciones en efecto cero patatero.

Insisto que nosotros nos limitamos a cumplir con lo que nos exige la ley, sin perjuicio de denunciar que esto es una auténtica mierda y que previsiblemente no sirva para nada

pisto
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Re: Registro Público Concursal

#59 Mensaje por pisto »

Pero ¿lo enviáis por papel o es que podéis telemáticamente hacerlo?

delme
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Re: Registro Público Concursal

#60 Mensaje por delme »

Lo mandamos telemáticamente, a través de la página de registradores.org, de la que, por cierto ni solicité claves y me dieron ellos solitos de alta. Hasta entonces y desde la entrada en vigor de la Ley 42/15 el 15-10-2015 lo mandabamos por correo a la dirección del RPC que consta al pie de su web C/Diego de León 21 de Madrid.

Accedo a la página con mi tarjeta y para mayor escarnio en cada comunicación exigen mi nombre, apellidos y DNI pese a firmar la comunicación con el certificado electrónico. Lo dicho una vergüenza.

Ahora al menos se puede dar de alta a los funcionarios. Ya os digo que es un despropósito pero vamos que yo, por mi parte cumplo y hago cumplir escrupulosamente la legislación vigente para bien o para mal

pisto
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Re: Registro Público Concursal

#61 Mensaje por pisto »

Yo en su momento me lo luche, a principios de enero. Hablé con una señora encantadora por cierto que se volcó, di de alta a los funcionarios y luego, no se sabe el motivo, no podía enviar. Leyendo los mensajes que por aquí hubo, creí que era un problema generalizado. Es cierto, que en papel no lo envié pero estaba en la creencia de que no era posible el envío.

CIVILIST@
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Re: Registro Público Concursal

#62 Mensaje por CIVILIST@ »

delme escribió:Leyendo los mensajes que por aquí hubo, creí que era un problema generalizado
pisto escribió:por mi parte cumplo y hago cumplir escrupulosamente la legislación vigente para bien o para mal
En cierta media se puede interpretar que aunque la normativa legal está en vigor, no ha sido objeto de desarrollo. Esto no es la primera vez que pasa: por ejemplo, pasó con el PAJ cuando entró en vigor la obligación de publicar los anuncios en el Portal y aún no se podía técnicamente. En definitiva, que falta esa instrucción o circular de la Secretaría General desarrollando este tema definitivamente...

Como pasa tantas veces: primero entra en vigor la norma y luego se piensa en el desarrollo tecnológico. Y es que este Registro debería estar integrado en el PNJ (por tema de accesos y demás)

Si desde luego, como comenta el compañero no hay más fuente de información que este foro (y es que es así), mal vamos... :oops:

indignado
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Re: Registro Público Concursal

#63 Mensaje por indignado »

Yo estoy esperando a que integren la aplicación en el punto neutro

pisto
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Re: Registro Público Concursal

#64 Mensaje por pisto »

¿ En algún destino los coordinadores, han dicho algo sobre el tema del R.P. Concursal?

SECREDELOS80
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Re: Registro Público Concursal

#65 Mensaje por SECREDELOS80 »

Hola me gustaría saber qué estáis haciendo compañeros.
sigo pensando que es "peligroso" por el tema de protección de datos, colgar datos de una persona que no está en concurso en un registro de personas físicas o jdcas en concurso.
En los dos juzgados donde he estado lo que hacíamos era consultar si estaba (551.1 LEC) y, si no lo está, incoar sin más; y si ha tenido "algo" que ver con el concurso es cuando enviábamos...
Otros juzgados envían todos (lo cual me parece una locura comunicar al concurso una ejecución por ejemplo copntra una aseguradora o contra un banco sabiendo que nunca dejarán que caiga en insolvencia), o un desahucio o una ejecución de hacer, etc..
Por último la opción muy tentadora de no enviar nada (no por no hacerlo sino porque realmente es de dudosa legalidad o interpretable en el sentido que hedicho)
bueno espero opiniones por favor
un saludo a todos
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RPC-Manual-Presentacion_Telematica-Expedientes_de_subastas_y_Demandas_ejecutivas_v1.0.pdf
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ELY
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Re: Registro Público Concursal

#66 Mensaje por ELY »

Nosotros en social, en aplicación del artículo 551.3.3ª LEC inscribimos TODOS Y CADA UNO de los ejecutados de las ejecuciones que se incoan, sean personas físicas o jurídicas. La verdad es que es útil, pues varias veces nos han comunicado del registro que empresas a las que estamos ejecutando han entrado en concurso, y así suspender la ejecución.

SECREDELOS80
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Re: Registro Público Concursal

#67 Mensaje por SECREDELOS80 »

Gracia Ely a ver los compañeros de civil

delme
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Re: Registro Público Concursal

#68 Mensaje por delme »

Nosotros igual q ELY, claro q estamos en social y es cierto q ya nos han comunicado varias veces concursos. En cuanto al tema de que «es peligroso» sinceramente no lo entiendo, yo m atengo al principio de legalidad y el 551 LEC es bastante claro

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