Subastas judiciales electrónicas: dudas.

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newzel
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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#126 Mensaje por newzel »

sisifo escribió:Hola Newzel. :)

Si te sirve de ayuda, la única solución que se me ocurre para los dos supuestos que planteas (nulidad de subasta y mejora del ejecutado) es que pinches en la pestaña precio de remate “si”. De esta forma en unos días te ingresarán el importe de la consignación para participar en la subasta, y en uno y otro caso podrás devolverlo al postor. Así lo hice yo en una subasta que tuve en la que el ejecutado presentó tercero que mejoró la postura. Ya sé que este proceder no es muy correcto según las instrucciones de funcionamiento de la aplicación, pero no veo otra forma de que el licitador recupere su dinero. En cuanto a la pestaña mejora de ejecutado, a mi no me funcionó, y por lo que se, creo que no cumple la finalidad para la que fue prevista.

Saludos. :monito-chapeau:
Gracias Sísifo :P

Así lo haré, a ver si funciona. La respuesta del BOE no me ha aclarado nada.
Saludetes :monito-chapeau:
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newzel
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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#127 Mensaje por newzel »

newzel escribió:
sisifo escribió:Hola Newzel. :)

Si te sirve de ayuda, la única solución que se me ocurre para los dos supuestos que planteas (nulidad de subasta y mejora del ejecutado) es que pinches en la pestaña precio de remate “si”. De esta forma en unos días te ingresarán el importe de la consignación para participar en la subasta, y en uno y otro caso podrás devolverlo al postor. Así lo hice yo en una subasta que tuve en la que el ejecutado presentó tercero que mejoró la postura. Ya sé que este proceder no es muy correcto según las instrucciones de funcionamiento de la aplicación, pero no veo otra forma de que el licitador recupere su dinero. En cuanto a la pestaña mejora de ejecutado, a mi no me funcionó, y por lo que se, creo que no cumple la finalidad para la que fue prevista.

Saludos. :monito-chapeau:
Gracias Sísifo :P

Así lo haré, a ver si funciona. La respuesta del BOE no me ha aclarado nada.
Saludetes :monito-chapeau:
Ya tengo la respuesta:

La AEAT tarde una media de 20-45 días en transferir a la cuenta judicial el depósito consignado por el postor. Declarada la nulidad, se devuelve el dinero.

Lo de precio remate "sí" es para liberar las consignaciones de sucesivos postores que hayan hecho puja con reserva. Si no hay reserva y hay nulidad, hay que esperar tan sólo a que por la AEAT se haga la transferencia
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CIVILIST@
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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#128 Mensaje por CIVILIST@ »

Hola, Newzel. A mí me acaban de mandar hoy el siguiente mensaje:

"Estimado(a) señor(a):
Cuando finaliza definitivamente una subasta, el portal ordena la devolución de los depósitos realizados con reserva de puja si los hubiera. Esta operación no se puede deshacer.
El ingreso del depósito del mejor postor a la cuenta del juzgado no se cancela. Lo recibirá en su cuenta.
La AEBOE no puede hacer nada para reducir el plazo desde que se da la orden de transferencia del depósito hasta que el juzgado lo recibe en su cuenta. Solo indicarle que el proceso lo realiza la AEAT, la entidad financiera y el Banco de España.
Si por alguna circunstancia hubiese que devolver el importe de esa consignación al postor ganador, deberá realizarse desde la cuenta de la Autoridad gestora , sin intervención del Portal de Subastas en dicha operación.
Un cordial saludo"

Les he preguntado si conocen algún canal de comunicación para preguntar sobre el proceso de devolución, si me contestan afirmativamente lo diré por aquí.

Este aspecto de la gestión económica de la subasta sí que se ha complicado sobremanera con el nuevo sistema, y el problema va a ser que tendremos a los interesados preguntando por su dinero (en ocasiones cantidades elevada), cuando no podemos hacer nada para agilizar la devolución :roll:

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newzel
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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#129 Mensaje por newzel »

Eso es. El BOE me respondía que me competía a mí devolver el dinero, y no entendía nada porque el dinero no aparecía en la cuenta. Ahora sé que debo esperar una media de 33 días. Muchas gracias, Civilist@ :P
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CIVILIST@
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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#130 Mensaje por CIVILIST@ »

En mi caso acabo de denegar la aprobación del remate en una subasta de división de cosa común al amparo del artículo 670.4 in fine LEC, y tengo que devolver el depósito, que en este caso son 32.000 euros. Pero aún no he recibido el dinero.

El postor es un particular y creo que no es un subastero profesional, que ya ha venido alguna vez por el Juzgado preguntando por el asunto, pero en cualquier caso no es una gran empresa que pueda esperar tranquilamente a la devolución, sobre todo de un importe tan alto...

Cuando reciba el decreto me lo veo llamando cada día a ver si se ha recibido el dinero... ¡y el proceso puede durar 40 días! :RotoDeRisa:

Vamos, que nos toca dar la cara ante el ciudadano por algo que no depende de nosotros... Kafkiano :monito-normas-foro:

CIVILIST@
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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#131 Mensaje por CIVILIST@ »

Continuando con este tema del ingreso en nuestra cuenta del depósito para participar subasta en la cuenta, desde el AEBOE me informan de lo siguiente:

"Estimado(a) señor(a):
En relación a su consulta le informamos que no nos consta ningún canal de comunicación relativa al proceso de la transferencia de los depósitos a la cuenta de la Autoridad Gestora de la subasta.
Son procesos automáticos que suelen realizarse sin incidencias.
En caso de que usted, como Autoridad Gestora de la subasta, estime que dicho proceso se dilata en exceso, puede ponerse en contacto con nosotros.
Un cordial saludo."

Así que nada, esperar pacientemente hasta que llegue el dinero.... :roll:

Por cierto que, para cualquier consulta con el AEBOE hay que rellenar el formulario que está en su web. Por lo menos contestan con diligencia y al poco tiempo de la consulta.

Preocupada

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#132 Mensaje por Preocupada »

newzel escribió:Eso es. El BOE me respondía que me competía a mí devolver el dinero, y no entendía nada porque el dinero no aparecía en la cuenta. Ahora sé que debo esperar una media de 33 días. Muchas gracias, Civilist@ :P


Según entiendo una vez que hayamos declarado nula la subasta AEAT nos ingresa el dinero en 30 o 40 dias.Pero me surge una duda.
¿He de darle a precio de remate si? O por el contrario no hago nada en la aplicación y espero a que me lo ingresen.
Gracias de antemano.

CIVILIST@
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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#133 Mensaje por CIVILIST@ »

Sin perjuicio de lo que pueda aclarar algún compañero en este foro, creo que lo más práctico es que contactes directamente con Portal de Subastas de la Agencia Estatal del BOE para salir de dudas y asegurarte de que el dinero está en fase de devolución y de si has de cumplimentar o no ese trámite que indicas.

Para ello puedes entrar en el Portal (busca en google Portal subastas BOE) y verás que en el menú superior una entrada titulada "Ayuda". Al entrar, vas a otra página que tiene arriba tres pestañas en gris. Pincha en "Contactar" y te sale directamente el formulario a remitir.

En el formulario citas la subasta en cuestión (tienes los datos en la aplicación de la Cuenta, siempre hay un número de identificación único de cada subasta que empieza por SUB.....) y te identificas como autoridad encargada de la subasta, y les trasladas la pregunta.

Lo cierto es que suelen contestar de manera bastante sintética y breve, pero con mucha celeridad, el mismo día o el siguiente. Suerte.

preocupada

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#134 Mensaje por preocupada »

Muchisimas gracias Civilista.
Acabo hacer lo que me has explicado, espero que me recuelvan mi duda cuanto antes porque estoy bastante angustiada.
Gracias otra vez

caceresangel
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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#135 Mensaje por caceresangel »

Buenas, ¿tenéis algún enlace del manual al que se refiere la circular 2/2013 en su apartado tercero de la secretaria General de la Administración de justicia en su versión mas actual? La que yo tengo es de fecha 15-12-2017, versión 3.10.

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darabia
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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#136 Mensaje por darabia »

caceresangel escribió: Mar 11 Jun 2019 7:24 pm Buenas, ¿tenéis algún enlace del manual al que se refiere la circular 2/2013 en su apartado tercero de la secretaria General de la Administración de justicia en su versión mas actual? La que yo tengo es de fecha 15-12-2017, versión 3.10.
En la aplicación de la cuenta, arriba a la derecha, pinchas en en "ayuda" y ahí tienes el manual tanto para consultar en linea como en formato pdf. Concretamente la actual es la versión 3.18 de 06/03/2019
Desde un mixto de pueblo.....

secrejudicial44
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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

#137 Mensaje por secrejudicial44 »

Hola! Hoy os traigo una pregunta sencilla pero que como laj novata me origina dudas.

Para sacar una finca a subasta, se dicta el decreto de convocatoria de subasta y el edicto a la vez, ese edicto va al TEJU? O en su caso, se dicta el decreto y una vez firme se dicta dior y luego el edicto. El edicto se dicta aunque la parte haya comparecido…. Tengo muchas subastas que el sustituto me dejó pendientes, si pudierais darme alguna noción, consejos y explicarme esto os lo agradecería inmensamente

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