Uso obligatorio de Aino@

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Terminatrix
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Uso obligatorio de Aino@

#1 Mensaje por Terminatrix »

Ya no admiten certificaciones en papel. :|
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COMUNICACION_APLICACION_AINOA.pdf
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«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

caraflan
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#2 Mensaje por caraflan »

No pone en la comunicación que no haya que enviar la certificación firmada.

Espero que así sea porque en mi Gerencia, Valencia, te exigen a día de hoy la certificación en papel.

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Top Secre
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#3 Mensaje por Top Secre »

He llamado hoy a Gerencia para saber qué es lo que hay que hacer exactamente. No había gente y la que había, no sabía. Me han aconsejado que espere a Enero porque ahora mismo no lo tienen claro.

No he esperado. He certificado la guardia como siempre, en papel. Que si tengo que esperar a que vuelvan, se aclaren y sienten criterio ya no entramos en nómina. :monito-maldiciones: :monito-cabreo-agudo:
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Maricarmen
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#4 Mensaje por Maricarmen »

Creo que os disgutará mi informacion pero hace ya unos dos años que esto de la carta que encabeza el post es lo que hacemos en Galicia y es de verguenza,porque es trabajar doble. Ahora veo que os vais a unir a nosotros y no me allegro, nosotros tenemos que grabar la guardia en la aplicacion, que a ves está caida y no te deja, grabar la nuestra y la del juez, y despuesde hacerlo se tienen que imprimir tres folios con la grabacion y firmarlos, sellarlos, poner la fecha a mano y el nombre y dos apellidos del secretario que firma y mandarlo por correo a la gerencia,...como alguno de esos requsitos no se haga devuelven las tres certificaciones y no cobras hasta que las mandes bien. Ademas solo entran en nmina las que se reciben alli antes deldia 5 del mes anterior y en diciembre y julio las que se reciben antes del 20 de dos meses antees.
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conquense
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#5 Mensaje por conquense »

Por desgracia hay que hacer doble trabajo, registrar en el Aino@ y enviar firmada la certificación que debemos imprimir de ese registro....en justicia las nuevas tecnologias pues eso, de nuevas nada... Y eso que se fomenta la austeridad y el ahorro para otras cosas, pero aqui se ve que el papel no cuesta, ni nuestro tiempo y la tinta del sello que, sin faltar, debe llevar...No entiendo el doble registro.

CONVICTO Y CONFESO
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#6 Mensaje por CONVICTO Y CONFESO »

Lo de registrar la guardia en Ainoa es para hacerle el trabajo al auxiliar administrativo de Gerencia. Ya que si la registras y no envías el documento impreso firmado y sellado no pagan la guardia. Lo importante es el papel firmado, pero si mandas sólo este el funcionario de gerencia tiene que meterlo en la aplicación. Mejor si ya viene hecho del Juzgado.Y quién puede hacerlo,mmmm! el cuerpo superior juridíco de letarados al servicio de la ad.....de just...... el cajón de sastre del Ministerio que con el manido recurso de funcionario que certifica o la tan manida y prostituida fe publica que vale para todo tiene a un funcionario al que le exige ser licenciado en derecho para hacer el gilipollas. Y aquí discutiendo por el nombre del cuerpo y cuántos adjetivos superlativos ponerles para darse la importancia que nadie le da. Feliz año compañeros

conquense
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#7 Mensaje por conquense »

Cierto CONVICTO, parece ser que le damos mas valor a la forma que al fondo y asi nos va...

conquense
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#8 Mensaje por conquense »

Yo preferiría llamarme aunque sea Vigilante del juzgado si cobrara doble de lo que cobro y si mis funciones fueran las que realmente deberiamos tener por nuestra cualificacion y no dedicarme a realizar labores administrativas y de recibidor de todos los errores del jdo... A cambio de un m....de sueldo, incluso menos que lo que cobra el cuerpo inferior a nosotros, el gestor.....Es deprimente.

CONVICTO Y CONFESO
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#9 Mensaje por CONVICTO Y CONFESO »

Así no me importaría que me llamaren incluso mamporrero judicial o el asistente del juez (como en la mili de hace 40 años que los oficiales se llevaban a un soldado de asistente a su casa para hacerle de todo, incluso a la señora). Bueno me viene que la ley habla del que el secretario asiste, o que el juez est´´a asistido por un secretario. Interesante comparación

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Maricarmen
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#10 Mensaje por Maricarmen »

La asistencia al juez es una asistencia de conocimiento juridico, legal.
convicto y confeso a veces dices bobadas.
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cabal
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#11 Mensaje por cabal »

Teniendo en cuenta el significado de "asistente" según el diccionario:

adj. y com. Que asiste: el público asistente aplaudió entusiasmado.
m. Soldado al servicio personal de un oficial: asistente de campo.
asistente social Profesional que trabaja por el bienestar social con casos particulares o con grupos: la asistente social recogió a los niños para llevarlos a un centro de acogida.


Tengo muy claro que el Secretario judicial no es un aistente de campo (de nadie, ni de quien presida ni de los demás intervinientes).
Sí que es un "testigo", pero un "testigo especial".
Si que es asistente a un acto (como los demás que acuden al mismo).
En ese sentido, interviene como "público" o espectador que asiste o concurre (con otros) a un acto. En un plano de igualdad, sin que nadie del "público" asista a nadie del "púbico".

Entonces para evitar confusiones, siempre he procurado referirme a quienes participan en un acto procesal oral identificándo los intervinientes (como concurrentes) y su rol, cuando proceda (juez, secretario judicial, litigante, abogado, procurador, perito, testigo, etc).

Particularmente, en las actas o diligencias de actos procesales presididos por el Juez y con mi intervención, he procurado evitar las manidas fórmulas (en Minerva las hay a porrillo) como: "...asistido de mi Secretario Judicial" o "...con mi asistencia como Secretario judicial", utilizando en su lugar otras:

Prefiero decir que el acto procesal se desarrolla y documenta "ante mi Secretario judicial", "con mi presencia e intervención, como Secretario judicial"; ó "bajo mi fe pública judicial", pero no con mi asistencia.

Las formas indican cosas.

Saludos
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SECREDELOS80
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#12 Mensaje por SECREDELOS80 »

una pregunta, tengo una funcionaria que no la han metido en el ainoa, y llevo un tiempo para certificar, se puede certificar los que tenga por ainoa y a ella en el docuemnto oficial de gerencia?gracias

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Top Secre
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#13 Mensaje por Top Secre »

No, no hay que enviar lo de ese funcionario aparte sino incluirlo tú mismo en la aplicación-imputación de guardias.

Precisamente hoy me ha pasado lo mismo. Tienes que llamar al CAU de Aino@ ( que figura en la parte superior de la página donde certificas la guardia). Ten a mano el número NIF del funcionario que quieres incluir. Se lo facilitas a quien te atienda y ellos a cambio te dan el código de ese funcionario para las guardias. Es un número de cinco dígitos que debes incluir en el Código de personal de mi órgano. Rellenas la casilla correspondiente y ya te sale en el listado del personal de mi Órgano.

Conserva ese número para la próxima guardia a certificar no sea que la aplicación no haya grabado bien al nuevo funcionario.
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Maricarmen
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#14 Mensaje por Maricarmen »

yo os daba el pésame, pero sin saber aún el alcance de lo que se avecinaba

iii Certificais grabando en ainoa la guardia de lso funcionarios ¡¡¡¡
Y yo que me quejaba porque nosotros grabamos la certificacion del juez ademas de la nuestra...

esto es de verguenza.. tenemos que clarificar nuestro papel en el apoyo a las communidaades autonmas de inmediato
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SECREDELOS80
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Re: Uso obligatorio de Aino@

#15 Mensaje por SECREDELOS80 »

mañana pruebo, gracias top secre :gracias:

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