Las subastas electrónicas un año después.

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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Diggory Kirke
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Las subastas electrónicas un año después.

#1 Mensaje por Diggory Kirke »

Subastas judiciales electrónicas un año después:


http://www.elmundo.es/economia/2016/10/ ... b46b5.html

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Procurador
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Re: El expediente digital que nos viene... O no...

#2 Mensaje por Procurador »

Como habéis mentado la subasta digital y tengo muy reciente una que me dejó sin echarme la siesta el día del Pilar he de decir que es una chapuza de tres pares de puñetas que no sé a quién beneficia.
Y digo que no sé a quién beneficia porque cuando se crearon se dijo que esto iba a permitir el acceso de cualquier españolito de a pie que estuviese interesado en comprar.
Pues bien, dudo que muchos españolitos de a pie estén participando en subastas electrónicas. De primeras porque pocos españolitos de a pie saben lo que es un certificado electrónico o tan siquiera cómo funciona a la hora de pujar. Hasta yo me voy por la pata abajo cada vez que he tenido que pujar por ver si me funciona el pc, si tengo algún problema con el certificado o si en lugar de 9.000 pongo 90.000, que los dedos son muy traicioneros. A eso hay que sumar que la mayoría de las subastas tienen lugar en el seno de ejecuciones hipotecarias o en concursos de acreedores, con lo cual los valores que se manejan son los que son y en la mayoría de las ocasiones altos o muy altos con lo cual al españolito de a pie o no le interesa comprar a esos precios o de interesarle se va a encontrar con una entidad bancaria al otro lado que no va a dejarse llevar el bien a cualquier precio. Y los subasteros igual.
Y es que, al menos desde mi experiencia, en ejecuciones "ordinarias" ya no se embargan ni vehículos ni bienes inmuebles: lo primero porque con suerte vas a ser la primera anotación detrás de una hipoteca que no hay quien se la coma. La segunda porque aún en el supuesto de que merezca la pena el bien los clientes son reacios a tales embargos cuando les dices que hay que pagar actos jurídicos documentados, anotación de embargo, certificación de cargas y un perito que, como te descuides, te va a meter un rejonazo de aupa. Y bueno, ya si lo sacas a subasta a rezar porque alguien se lo quede porque como no lo haga un tercero tu cliente se va a ciscar en todo cuando le digas que se ha quedado un piso con una hipoteca y que encima, si la deuda no es mucha, va a tener que poner alguna perrica para que se la lleve el ejecutado.
Y ya, pasando al tema subasteros, no es que con este sistema se les haya echado. Siguen estando allí pero los que quedan son los mismos que quedarían si las subastas fuesen presenciales.
Todos recordarmos a aquellos subasteros capaces de quedarse en subasta un sofá, el tapiz de la familia de beduinos o la enciclopedia del hombre y la vida. Esos cutresubasteros desaparecieron ya hace muchos años.
Y los otros, los subasteros que hacían corrillo antes de que diesen la voz y se habían repartido sus buenas perras para ver quién entraba y quién no, esos también han desaparecido pero no porque el actual sistema de subastas les haya disuadido si no por algo más secillo, porque el director de sucursal bancaria, amigo suyo, que antes les daba un aval para participar en una subasta o ya no trabaja para el banco o caja en cuestión o de aún hacerlo les dice que de aval nanay, que si lo da le cortan los testículos en la central. Esa es la razón de que hayan desaparecido muchos subasteros, amén de que otros gastaron tanto dinero en otros tiempos y se hicieron con tanto ladrillo que ahora para comer todos los días tienen encima de la mesa un azulejo.
Pero vamos, que las subastas electrónicas no los han disuadido; los que pujan si es que alguien puja (a ver en cuantas subastas presenciales de hace 5 o 6 años hasta el momento en que se inicaron las electrónicas pujaba, en practicamente ninguna) siguen siendo subasteros, lo único que se han quedado cuatro y los de la guitarra.
Pero, vamos, que no me vengan con milongas de que el sistema de subastas electrónicas ha eliminado la figura del subastero y ha permitido el acceso del ciudadano. Ja ja ja.
Del portal de subastas de procuradores prefiero no hablar que aún no sé a quién se le ocurrió la idea si lo que se pretendía era que se optase por él frente a las subastas del BOE.

CIVILIST@
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Re: El expediente digital que nos viene... O no...

#3 Mensaje por CIVILIST@ »

Buenas, Procurador.

Antes de entrar a comentar tus observaciones, una sugerencia para las moderadoras: creo que sería conveniente trasladar la noticia de Diggory Kirke publicada hace unos días sobre las subastas judiciales electrónicas, tu intervención y las próximas que puedan producirse sobre las subastas judiciales electrónicas a un hilo específico para no mezclar este debate con el más amplio de la justifica digital o expediente judicial electrónico, a a que se dedica este hilo, para no mezclar ambas cuestiones. Revisando hilos sobre el tema en "debate general", podría llevarse estos comentarios al siguiente hilo:
viewtopic.php?f=3&t=12125&p=76199&hilit ... ica#p76199

A mí lo que me llamó la atención de la notifica fue el siguiente apartado:
"Frente a la postura del subastero, estaría la del procurador, el profesional que representa a los ejecutantes en las subastas. En opinión de Rocío Sampere, procuradora y vicedecana del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid, los procedimientos electrónicos no habrían acabado ni mucho menos con los subasteros. Como mucho, habrían reciclado sus prácticas."El riesgo y el perjuicio para los ciudadanos siguen siendo enormes, pues ahora no sólo están los subasteros que antes iban a los juzgados, sino que internet se abre a mercados insospechados, incluso a sistemas informáticos programados para aprovechar los plazos de puja buscando el despiste del resto de participantes", denuncia Sampere.
Los procuradores se quejan de que, tanto el portal de subastas del BOE como el de subastas notariales, no les permitan pujar hasta que no haya una puja anterior. "Esto está siendo aprovechado por los subasteros profesionales que pujan en el último minuto, intentando que por imposibilidad material el procurador esté atento y así, por el factor sorpresa, adquirir inmuebles a precios insospechados", explica la vicedecana.
Respecto al portal de subastas judiciales, desde el Colegio de Procuradores creen que el principal inconveniente de esta plataforma es que "no cuenta con suficiente información de la subasta: ni certificado de cargas, ni fotografías de las casas, ni si hay ocupantes".
"

Creo que ese problema concreto que se denuncia, que debe ser el que te dejó sin echarte la siesta el día del Pilar con el lógico y comprensible cabreo, es real y tendrían que adoptarse medidas para solucionarlo, al igual que se hizo con la hora de cierre de la subasta que pasó de las 24 a las 18 horas. Soluciones técnicas existen: por ejemplo, permitir dejar pre-grabada la puja del ejecutante para el caso de que entre alguna puja de tercero (normalmente en las subastas presenciales los Bancos daban una única puja y si se superaba no insistían). O bien ampliar automáticamente el plazo de cierre en tales casos por un período breve si entra una puja a última hora, dentro de un plazo máximo razonable (otros cinco días, por ejemplo), porque ello contribuye a que suba la cantidad obtenida con la venta del bien.

Respecto a los subasteros, está claro que el medio no ha cambiado el trasfondo económico de las subastas judiciales, y hoy en día la mayoría siguen quedando desiertas aplicándose en tal caso el 671 LEC. Y, en mi caso, las pocas que he tenido con postor han sido de empresas del sector, que ya actuaban como tales "subasteros". No he tenido ninguna de un ciudadano no profesional. Si te fijas en los comentarios a la noticia, el primer comentario de un interviniente que no parece un subastero, indica que los bienes salen por un precio demasiado elevado y por eso no participa.

No creo que el problema de acceder a la página web del Portal del B.O.E sea tan complejo, y en todo caso ello es parala fase de pujar, los ciudadanos sí pueden ver la publicidad de los bienes a subastar sin registrarse, y con eso ya se ha logrado mucho frente a la publicidad sumamente deficiente que existían antes.

En cualquier caso, desde la óptica de los Juzgados, y ahora que ya empezamos a acostumbrarnos al "invento", creo que sí se puede considerar una mejora frente a las subastas clásicas que se celebraban presencialmente en las secretarías. Otra cosa es si hubiese sido mejor el sistema "Murcia" impulsado por Bañon, con celebración presencial y pujas electrónicas (Premio Balanza de Cristal de la UE, por algo sería). Pero ese es otro debate.

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Procurador
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Re: El expediente digital que nos viene... O no...

#4 Mensaje por Procurador »

En cuanto a lo de derivar el tema a otro hilo por mí perfecto.
En cuanto al tema de si este sistema os resulta una mejora yo sólo sé que por mi corta experiencia (no soy de los que saco a subasta cada dos por tres) puedo decir que en el juzgado se enteran de que está en marcha la subasta porque tengo la costumbre de comunicar, con un escrito, que he publicado la subasta y que se inicia tal día y termina tal otro. No sé si otros compañeros míos lo hacen, yo sí.
Y, del mismo modo, creo que soy yo el que les digo que se ha acabado la subasta porque, del mismo modo, en cuanto termina presento escrito, adjuntando pantallazo o certificado de fin de subasta, y por otrosí pidiendo la adjudicación si procede.
Yo sólo sé que, por ejemplo, la subasta del día del Pilar sigue sin estar cerrada por la autoridad gestora y sí por el portal de subastas, por mucho que yo presenté el escritico y se tuvieron por hechas mis manifestaciones.
Y repito, quizás a vosotros os suponga una mejora, a mí que me llegue un mensaje al móvil quince minutos antes de terminar la subasta avisándome de una puja, después de haber estado veinte días pendiente, no me lo supone.
Reconozco que ignoro el funcionamiento de las subastas en "vuestro lado", pero la impresión que tenemos los de "este lado" es que, dicho sencillamente, soltáis el edicto y cuando termine la subasta ya me avisará el portal o lo que sea. Si es así no creo que sea ni mínimamente normal que vosotros, como autoridad gestora, no tengáis ni siquiera conocimiento de si se ha publicado, de si se ha iniciado o de si el ejecutante ha pasado del tema y no ha publicado. Si estoy equivocado, en serio, decídmelo porque ya os digo la impresión que desde nuestro lado tenemos de como funciona esto.

Diggory Kirke
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Re: El expediente digital que nos viene... O no...

#5 Mensaje por Diggory Kirke »

Mi trabajo aquí está hecho; siga el hilo aquí o en otro más acorde a los comentarios que se generen, este humilde tramitador intentará aprender todo lo que pueda y aplicarlo en su trabajo cuando se presente la ocasión. :wink:

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darabia
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Re: El expediente digital que nos viene... O no...

#6 Mensaje por darabia »

Procurador escribió:En cuanto a lo de derivar el tema a otro hilo por mí perfecto.
En cuanto al tema de si este sistema os resulta una mejora yo sólo sé que por mi corta experiencia (no soy de los que saco a subasta cada dos por tres) puedo decir que en el juzgado se enteran de que está en marcha la subasta porque tengo la costumbre de comunicar, con un escrito, que he publicado la subasta y que se inicia tal día y termina tal otro. No sé si otros compañeros míos lo hacen, yo sí.
Y, del mismo modo, creo que soy yo el que les digo que se ha acabado la subasta porque, del mismo modo, en cuanto termina presento escrito, adjuntando pantallazo o certificado de fin de subasta, y por otrosí pidiendo la adjudicación si procede.
Yo sólo sé que, por ejemplo, la subasta del día del Pilar sigue sin estar cerrada por la autoridad gestora y sí por el portal de subastas, por mucho que yo presenté el escritico y se tuvieron por hechas mis manifestaciones.
Y repito, quizás a vosotros os suponga una mejora, a mí que me llegue un mensaje al móvil quince minutos antes de terminar la subasta avisándome de una puja, después de haber estado veinte días pendiente, no me lo supone.
Reconozco que ignoro el funcionamiento de las subastas en "vuestro lado", pero la impresión que tenemos los de "este lado" es que, dicho sencillamente, soltáis el edicto y cuando termine la subasta ya me avisará el portal o lo que sea. Si es así no creo que sea ni mínimamente normal que vosotros, como autoridad gestora, no tengáis ni siquiera conocimiento de si se ha publicado, de si se ha iniciado o de si el ejecutante ha pasado del tema y no ha publicado. Si estoy equivocado, en serio, decídmelo porque ya os digo la impresión que desde nuestro lado tenemos de como funciona esto.
Desde "nuestro lado", a través de la aplicación de la cuenta de Depósitos y Consignaciones podemos ver el estado de la subasta: si está pendiente de pago de tasa, si ya se pagó la tasa pero está pendiente de publicación, si se está celebrando o sí está terminada. Además a través del enlace podemos acceder al portal de subastas y ver como va su marcha. Para ello hay que ir a la sección de subastas correspondientes e ir viendo una por una en el listado, porque la aplicación no da ningún aviso.

Yo personalmente lo voy mirando casi a diario a la vez que imprimo los ingresos del día y autorizo los pagos automáticos, porque estoy en un Juzgado de pueblo pequeño y raro es que tenga más de una subasta activa a la vez.....así que me es muy fácil estar al tanto del estado de "todas" mis subastas. Pero claro, un instancia de Madrid, Zaragoza, Barcelona......supongo que tendrá decenas de subastas activas y al no haber sistema de avisos por la aplicación es complicado entrar una por una para ver como va.
Desde un mixto de pueblo.....

CIVILIST@
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Re: Las subastas electrónicas un año después.

#7 Mensaje por CIVILIST@ »

darabia escribió: Yo personalmente lo voy mirando casi a diario a la vez que imprimo los ingresos del día y autorizo los pagos automáticos, porque estoy en un Juzgado de pueblo pequeño y raro es que tenga más de una subasta activa a la vez.....así que me es muy fácil estar al tanto del estado de "todas" mis subastas. Pero claro, un instancia de Madrid, Zaragoza, Barcelona......supongo que tendrá decenas de subastas activas y al no haber sistema de avisos por la aplicación es complicado entrar una por una para ver como va.
En mi caso, que si tengo unas cuantas subastas, he de confesar que llevo un listado manual en Excell con las subastas que están celebrándose en cada momento y me apunto fecha fin de la subasta (se puede hacer la consulta como indicaba Darabia por las distintas fases en que se pueden encontrar). El problema es que, efectivamente, no nos llega una aviso de que las subastas han finalizado, sino que tenemos que estar nosotros detrás de cada subasta. Espero que en próximas versiones lo solucionen...

Aunque eso sí, no hay duda alguna de que el plazo para pedir la adjudicación empieza ex lege desde que finaliza la subasta, el Juzgado no tiene que intervenir para que se inicie ese plazo. En mi caso pongo la siguiente diligencia de ordenación:

"Dada cuenta; el anterior certificado de cierre de subasta en el Portal de Subastas Electrónicas, únase dando traslado a la parte ejecutante para su conocimiento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 671 LEC:
"Si en la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de los veinte días siguientes al del cierre de la subasta, pedir la adjudicación del bien. Si no se tratare de la vivienda habitual del deudor, el acreedor podrá pedir la adjudicación por el 50 por cien del valor por el que el bien hubiera salido a subasta o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos. Si se tratare de la vivienda habitual del deudor, la adjudicación se hará por importe igual al 70 por cien del valor por el que el bien hubiese salido a subasta o si la cantidad que se le deba por todos los conceptos es inferior a ese porcentaje, por el 60 por cien. Se aplicará en todo caso la regla de imputación de pagos contenida en el artículo 654.3. Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días, no hiciere uso de esa facultad, el Secretario judicial, a instancia del ejecutado, procederá al alzamiento del embargo."
Por lo tanto, se le da traslado a los indicados efectos recalcando que el incio del plazo de 20 día se ha iniciado automáticamente ope legis desde el cierre de la subasta, de lo que queda apercibida la parte ejecutante a los efectos oportunos."

Chaval
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Re: Las subastas electrónicas un año después.

#8 Mensaje por Chaval »

Pues yo llevo esperando un año la formación suficiente y adecuada para manejar la CDCJ con soltura suficiente y a que lleguen esas mejoras de la chapuza...

Una mejora que si debo reconocer es que el hueco en la agenda para presenciales ahora está aprovechable para otros menesteres de este LAJ.
Otra es que el anuncio de la subasta en el BOE sirve de notificación al ejecutado no personado.

Los registradores, que yo sepa, no hacen la información continuada, ni al LAJ ni al BOE. Ni las certificaciones descriptivas y gráficas, en fin ....

El BOE no nos da los avisos a que le obliga la LEC (art. 649.3).

La CDCJ sólo tien un campo fecha de alta de la subasta, pero carece de un campo fecha de estado que vaya teniendo cada subasta.

Segumos sin poder enviar el edicto de la forma tan sencilla prometida de el IDUFIR y poco más

Del Registro Público Concursal y del PNJ comunicaciones "inseguras" que lleva otro año fuera de juejo sin darnos las certificaciones de cargas continuadas en formato informáticas y estructuradas... (656.1 y 2)

Tampoco hablemos del viacrucis, digo, pasarela de pagos (que suneas más correcto políticamente), para constituir depósitos para licitar y para pagar los postores la diferencia de precio, (ideada para crear una liquidez artificiosa), y mucho más complicada y dilatada que antes, intermediando entre el postor y el juzgado, al BOE, AEAT y Banco España, pasando de 2 intervineintes al 5. Ole, ole y ole!!!

Así que si aquí todo el resto del mundo pasa, pues a pasar....

No pienso esforzarme más alla de lo razonable con excel ni nada parecido en suplir las carencias de aplicaciones informaticas diseñadas con toda desconsideración hacia nosotros y a espaldas nuestras y sin respetar las pevisones de la LEC.

Lo más que he hecho al respecto es darme de alta en las alertas del Poral AEBOE y me avisa por correo electrónico cuando empieza a celebrarse y cuando se prevé la finalización, imprimo el correo, traduzco el nº de subasta al nº de los autos y lo entrego a los funcionarios que tramitan las ejecuciones para que estén pendientes del plazo, por si el ejecutante no dice nada (lo que no es habitual). Fin de la cita.

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