Contestación a propuesta de judicialización

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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Wences
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Contestación a propuesta de judicialización

#1 Mensaje por Wences »

Como sabéis redacté en su momento un borrador sobre "propuesta de judicialización de nuestro Cuerpo", al que otorgaron su beneplácito el Magistrado-Juez de mi Juzgado y algún magistrado del Tribunal Supremo. Pues bien ese borrador ha sido contestado contundentemente por algunos compañeros y por ello quisiera saber vuestro criterio al respecto.

PASO A RECORDAROS EL BORRADOR:

-Cambio inmediato de denominación: Jueces procesales (de esta forma podríamos entrar en el CGPJ de donde nunca deberíamos haber salido).

-Los Jueces procesales ubicados en los servicios comunes seguirán teniendo la misma competencias, pero sin los problemas que conlleva el nombre de Letrados de la Administración de Justicia, pues sentencias de altos tribunales hacen hincapié en las contradicciones que provoca el nombre y las competencias a éstos atribuidas sin pertenecer al poder judicial. Véanse entre otros los conflictos surgidos con los Decretos definitivos dictados en “cuentas de Abogado y Procurador” (antiguas juras de cuentas).

Observar que de esta forma los compañeros Letrados de la Administración de Justicia, que quieran seguir haciendo lo mismo, podrán desempeñar sus funciones en los servicios comunes procesales, pero con más garantía y consideración.

-Los Jueces procesales ubicados en las UPADS, (uno en cada upad) compartirán juicios y resoluciones de fondo con el otro Juez, aunque éstas sean solo las de menor cuantía y dificultad, paliándose o supliéndose la diferencia de esfuerzo que conlleva la celebración de juicio y dictado de sentencias mas sesudas, respecto a las de menor dificultad a nosotros concedidas, con algunas de las otras atribuciones del Juez Procesal: fedatario judicial, estadística, dirección del personal y llevanza de la cuenta de depósitos y consignaciones.

Actualmente sin embargo se prevé que haya un Letrado de la Administración de justicia para varias upads con competencias exclusivamente administrativas y de fedatario, lo que en nada beneficia al justiciable ni al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, quienes a mi entender una vez más se verán fuera del engranaje jurisdiccional, y sin extraer del mismo su potencial.




-Crear un turno para que los Jueces procesales que quieran cambiarse a Jueces, puedan hacerlo tras un curso serio de especialización y su posterior examen que deberán superar. Estos cursos de especialización deberán centrarse en el orden en el que quiera especializarse y desempeñar sus funciones el aspirante. Se trata de conseguir juristas especializados en determinadas materias en vez de conocedores de todas en general (aprendiz de mucho maestro de nada).-

-Posibilidad de sustitución entre los Jueces Procesales y Jueces por razón de enfermedad esporádica o urgencia de otra índole. Lo que conllevaría no tener que recurrir a otros Jueces ajenos al Juzgado para periodos muy cortos de sustitución.


RESUMEN DE LOS BENEFICIOS QUE PUEDA REPORTAR LA JUDICIALIZACION AL COLECTIVO DE JUECES.

Como Jueces procesalistas, reducción de trabajo directo y por vía de recurso.

Como Jueces procesalista y parcialmente de fondo, se reparte el trabajo y se les quita en parte la presión de sentenciar continuamente.

Sin perder nunca de vista que "la unión hace la fuerza". "

Obsérvese que el Colegio y demás asociaciones podrán seguir subsistiendo como están, solo cambiaría el nombre.



SINTESIS DE LA CONTESTACION DE NUESTROS COMPAÑEROS:

No les parece nada bien la idea por cuanto siempre han querido trabajar por un Cuerpo de LAJ fuerte, un cuerpo de élite en la Administración Pública, referente no sólo en lo jurídico, como Cuerpo Superior, sino también su faceta directiva y gestora. Un cuerpo al que se le puede encomendar incluso responsabilidades de índole política.

Apuntan que no es posible ser Juez y mantener las mismas funciones pues no se puede confundir administración y jurisdicción.

Que los altos tribunales no aprecian contradicción alguna, pues el TC definió claramente en su sentencia 56/90 que los actos y resoluciones del LAJ son imputables al órgano judicial.

Que no se puede resolver y dar fe de lo resuelto y no se puede tampoco ser Juez y tener la dirección de un personal que pertenece al Ministerio de Justicia.

Quien quiera ser Juez lo puede ser por los modos establecidos para ello libre oposición o cuarto turno.

Y que para solucionar un problema no se pueda alterar totalmente las bases de nuestro Cuerpo.








REPLICA A LA CONTESTACION DE NUESTROS COMPAÑEROS:




Nuestros compañeros han sido muy preciso y minucioso en sus comentarios (completos) sin tener en cuenta que se trata de un mero borrador del todo mejorable y encajable.-

Contestando algunas de sus precisiones cabe decir lo siguiente:

No se trata de dar fe de lo que tú haces o resuelves, sino de lo que hacen otros jueces, es decir no darás fe de tus actuaciones como juzgador sino de las de otros. Tengo claro desde siempre que uno no puede dar fe de lo que resuelve, y así lo he puesto de manifiesto en muchos foros y a pesar de ello en algunos juzgados las diligencias de ordenación siguen terminando con el "doy fe".

Por otra parte recuérdese que en tiempos pretéritos la Jefatura del personal correspondía al Secretario Judicial, bajo "la superior inspección del Juez", y nada pasaba. Téngase en cuenta igualmente que en esos referidos tiempos competía al Juez y no al Secretario el impulso del procedimiento por medio de los providencias de mero tramite, y no existía por ello transgresión jurídica alguna.

Todo ello no obsta para reconocer lo acertado de nuestro compañero en sus precisiones y su legítima idea del Cuerpo, pero ellos por suerte no tienen mi pesimismo antropológico, especialmente en lo que respecta a sus aspiraciones.

Os recuerdo las retribuciones de los de 3ª y la de los gestores !De vergüenza!

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Javier González Pereda
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Re: contestacion a propuesta de judicializacion

#2 Mensaje por Javier González Pereda »

Hola wences, con el debido respeto para estos compañeros, pero esto ya esta inventado y si hubiera de verdad intencion es absolutamente viable.

El 15 de junio de este año di una ponencia en el CEJ, en el que analice el " CASO COSTA RICA" y sus actuales jueces procesales( antiguos Secretarios Judiciales) que a pesar del cambio de nombre, continuan manteniendo la jefatura de personal y ampliadas t3anto las facultades de ejecucion como su sueldo.

Creo que la ponencia esta en la galeria del CEJ, pero si no lo estuviera lo estara, por las fechas en que fue digo.

Ademas el cambio en este Pais fue de la noche a la mañana, y curiosamente la situacion era clavada a la actual, hacian falta miles de jueces.

La forma que yo plantearia seria doble para respetar a ese grupo de compañeros que estan comodos y acomodados en la estructura jerarquica actual.:

1.- seria un pase voluntario y podrian quedarse en la situacion actual cargos de libre designacion y jerrarcas que podrian mandarse a si mismos...y los que voluntariamente quieran seguir cobrando 1600 euros como muchos compis de tercera.

2.- potenciacion del 4 turno para que no solo 1 de cada 4, se oferte a los laj , curiosamente miembros de la cupula asociacionil que dice no a esto, hoy son jueces.

La otra via es el paso en masa, como Costa Rica , pero no lo veo.

Hay una asociacion que es el SISEJ que ya habla abiertamente de Tribunales de base y muchos entre los que me encuentro creemos en esta posibilidad., sobre todo si la alternativa es la gestorizacion.

Si esto no es viable a corto plazo, la prioridad es la retributiva y asi lo hare valer si salgo elegido, pero otra sera esta.Un abrazo wences.

Todas las opiniones tienen argumentos, pero esta cuestion esta inventada y si hay voluntad politica se podria conseguir igual que convertir a los fiscales en jueces instructores.Es voluntad politica, y que alguien que crea en ello lo planttee de verdad ahi arriba con numeros, los que se ahorraria la adm si esto ocurre.Cuenta conmigo.
Juzgado de Instruccion 1 de Santander.

"Nada es imposible si alguien ya lo hizo alguna vez...y sino ...tampoco"

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Carlos Valiña
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Re: contestacion a propuesta de judicializacion

#3 Mensaje por Carlos Valiña »

Tu esfuerzo es muy noble, pero o mucho me equivoco o has preguntado en el lugar equivocado, es decir en casa de los que estan en puestos de confianza, que logicamente los verian peligrar o perder.

Ademas tu propuesta se queda a medio camino y ni contenta a los contrarios ni contenta a los partidarios.

No es prudente el tener que redarguir, sobre tu resumen de lo que han dicho otros y no sobre el texto original, pero suponiendo que hayas transmitido bien el espiritu de sus respuetas las comento:
No les parece nada bien la idea por cuanto siempre han querido trabajar por un Cuerpo de LAJ fuerte, un cuerpo de élite en la Administración Pública, referente no sólo en lo jurídico, como Cuerpo Superior, sino también su faceta directiva y gestora. Un cuerpo al que se le puede encomendar incluso responsabilidades de índole política.
Traduccion nos interesa mantener el cuerpo de Secretarios para poder ocupar puestos de confianza y cobrar mas que los compañeros de base.

No se puede servir a tres señores y estos quieren ser juridicos, directivos y gestores. Seran segundones en las tres, salvo claro en el "mando" a los compañeros que mola un monton.
Apuntan que no es posible ser Juez y mantener las mismas funciones pues no se puede confundir administración y jurisdicción.
Traduccion no queremos perder la pingue jefatura de nuestros compañeros, incluso procurando que se sustituyan entre ellos para pillar mas produtividad.
Que los altos tribunales no aprecian contradicción alguna, pues el TC definió claramente en su sentencia 56/90 que los actos y resoluciones del LAJ son imputables al órgano judicial.
Cortina de humo para tapar todas las sentencias de los ultimos siete años que nos machacando y devolviendo a nuestro "felpudo natural". Si las imputas al organo judicia y resulta que las leyes y la jurisprdencia dicen que el Secretario no forma parte del Tribunal pues ya me diras, somos como el cenicero del juez, una herramienta mas a su servicio.

Que no se puede resolver y dar fe de lo resuelto y no se puede tampoco ser Juez y tener la dirección de un personal que pertenece al Ministerio de Justicia.
Menuda tonteria, puedes dar fe de lo resuelto perfectamente, o puedes quitar la fe. La fe es una funcion y se la puedes atribuir a un funcionario diferente del que resuelve o al mismo que lo hace. Ejemplos en la fe publica administrativa los hay a rodar.
Quien quiera ser Juez lo puede ser por los modos establecidos para ello libre oposición o cuarto turno.
Nueva cortina de humo aqui ninguno quiere ser Juez, lo que pasa que menos aun quiere ser Secretario y acabar de gestor. Y si hay que elegir entre varios males, Juez es el mal menor.
Y que para solucionar un problema no se pueda alterar totalmente las bases de nuestro Cuerpo.
¿Un problema? Pues estamos aviados con esta gente, llevan años alterando todas las bases de nuestro cuerpo para convertirnos en correveydiles y supermindundis pomposos y no pasa nada, y cuando se trata de alterarlas para dar una salida al via crucis resulta que no se puede alterar nada....

En fin, esta semana me han escrito o llamado dos compañeros a los que les estan acosando para que hagan cosas en el juzgado contrarias a como ellos creen qeu deben desenvolver sus funciones.

¿Cuantos mas habra?

No se como no se les cae la cara de verguenza a esos interlocutores tuyos cuyo nombre prefiero no conocer.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

Wences
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Re: Contestación a propuesta de judicialización

#4 Mensaje por Wences »

Carlos, observa que lo diferente de mi propuesta radica en la posibilidad de poder seguir haciendo las mismas cosas a quien no les interese otras, pero con distinto nombre "Juez Procesal" y dentro del poder judicial con lo que ello reportaría a todos los efectos (entre otros se resolvería de un plumazo el tema espinoso de si perteneces o no al órgano judicial). Aparentemente a nadie perjudica y a todos puede beneficiar.

Respecto a la fe publica veo desafortunado que quien dicte la resolución de fe en la misma de que él la ha dictado; es como si estuviera de más. Por eso no he visto lógico que en las diligencias de ordenación o decretos se de fe por nuestra parte. Probablemente haya algo que se me escapa.-

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