Actitud del Secretario ante la huelga de Funcionarios

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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Carlos Valiña
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Actitud del Secretario ante la huelga de Funcionarios

#1 Mensaje por Carlos Valiña »

Tras mi experiencia de dos huelgas de Funcionarios os dejo mis impresiones sobre todo este asunto por si es de utilidad

En primer lugar la huelga es de los Funcionarios y hay que respetarsela, de hecho estan perdiendo su dinero y no tiene ningun sentido el oponernos a ellos, antes al contrario, estan haciendo lo que nosotros deberiamos de hacer y no hacemos porque "nuestros representantes" estan a otras cosas y los "representados" no tienen lo que hay que tener.

A ninguno nos gustaria ponernos de huelga y que otros nos la revienten, sean de los nuestros como la Coordinadora que puso tantos servicios minimos que le tumbaron el acuerdo, sean los Jueces etc.

Hay que ponerse en la piel del que padece la huelga.

En segundo lugar hay que entender que nosotros no somos jefe de personal y nuestras facultades para tomar disposiciones sobre los funcionarios son muy difusas por no decir inexistentes, el Coordinador contra pronostico si que tiene alguna mas, que se gane el sueldo, pero yo no voy a hacerle el trabajo sucio con riesgo de mi pellejo.

Ciertamente si las cosas salen mal en el juzgado yo soy el fusilable, para eso me pagan, no para otra cosa, pero la verdad es que una buena huelga es una oportunidad estupenda porque introduce caos y luego puede echarse la culpa a ese caos de muchas cosas, es una especie de escudo para un tiempo, lo cual para alguien que de ordinario va desnudo no me parece mala cosa.

Sobre la cobardia de esconderse y demas, prefiero no hablar. Ya me lo hicieron a mi, me quede con tres juzgados en fin..

Los temas delicados aqui son los siguientes:

A) Informar o no, mal asunto, la Direccion General de Justicia no tiene gente para revisar todos los organos de la provincia y por lo tanto razonable es que pidan colaboracion al Juzgado y como nosotros tenemos deber de colaboracion y los Jueces no, pues nos va a tocar dar el parte. En Andalucia se forzo la maquina, fueron muchos, Andalucia es un pais por si mismo, y al final se libraron pero tuvieron que pasar un expediente muy peligroso. No hay garantias de que repetido el caso pasara lo mismo. Aqui si no informas vas contra el viento y cuando se va contra el viento aun teniendo razon lo normal es acabar trasquilado.

B) Actuaciones impeditivas de unos funcionarios sobre otros para que no trabajen. Este es un tema delicado, el problema es entre los Funcionarios que quieren trabajar, los que no quieren y su empresario el Gobierno autonomico correspondiente. A mi solo me correponde pagar el pato del atraso posterior, por lo tanto, puedo intentar mediar sin tomar partido por ninguna de las partes, haciendo ver que las consecuencias seran para mi, que respeto a los que se dejan el sueldo y que ya me gustaria a mi que los mios se sumaran, y que creo que los que estan en huelga no pierden nada por respetar a los que si la hacen, pero que por mi parte no se va a empujar absolutamente nada porque salga mas trabajo del que voluntariamente quieran hacer los que no estan de huelga. Aun asi el meramente abrir la boca frente al grupo es facil que acabe con alguna denuncia, de manera que yo mas bien lo diria en el uno a los cabecillas mas claros de ambos bandos y sin llamarlos expresamente sino cuando tercie bien en conversaciones informales.

Pese a todo pueden surgir dos problemas adicionales:

a) Los que quieren impedir el trabajo siguen presionando a los que quieren trabajar.

b) Los que no estan de huelga para cobrar, en realidad estan trabajando sobre minimos.

Un muy mal asunto.

Existe el 155.12 Reglamento Secretario falta grave:

12. Dejar de promover la exigencia de la responsabilidad disciplinaria que proceda al personal que integre su oficina, cuando conocieran o debieran conocer el incumplimiento grave por los mismos de los deberes que les correspondan.

Pero denunciar no suele ser una buena idea, la regla de la casa es que "perro no come perro" esto es, los de la casa no se denuncian entre sí.

Aqui cada cual debe valorar lo que hace, mi consejo es dejarlo estar, si los que quieren trabajar no se defienden ellos de los otros, no creo que deba yo ir a librar por ellos una guerra que no es mia, y si los que tienen que trabajar no trabajan, no creo que deba yo ir a hacer de comitre y a suplir que la administracion competente no tiene caporales que los metan en cintura.

Ese 155.12 esta pensado para circunstancias ordinarias no para algo excepcional y de ordinario breve como una huelga, que genera unas enormes tensiones entre los que pierden el sueldo para que mejoren todos, los que no hacen huelga por conviccion y los que la hacen para quedarse con los beneficios y no sufrir la perdida de sueldo (como nos pasa mayoritariamente a los secretarios) y es contra este gran grupo de ventajistas, contra los que se sublevan los animos de los que pierden el sueldo, con mas el caso de que hay quien haria la huelga pero no llegaria a fin de mes y por eso trabaja a medio gas.

Yo he vivido dos veces situaciones de estas, en la primera mas joven, me atuve mas a mantener la legalidad y el buen funcionamiendo de los servicios, de hecho me quede yo solo levantando actas de subastas desiertas en el centro del salon de funcionarios con una maquina de escribir, vino el Presidente del TSJ estaba todo apagado en un edificio de 16 juzgados, los Jueces metidos en la biblioteca y como solo se oia mi maquina de escribir vino donde mi y yo le lleve donde estaban reunidos los "apostoles".

En mi segunda ocasion ya con mas tablas adopte una postura de exquisita neutralidad y creo que atine, (bien es cierto que las dos huelgas no fueron iguales, y en la primera hubo una connotacion deliberada de puesta en tela de juicio del principio de autoridad que era completamente innecesaria al fin pretendido y respondia a otras motivaciones.)


C)
El problema de los servicios minimos.

Muchas veces los decretos que fijan cuales son los servicios minimos dan lugar a dudas porque dicen que minimos de plantilla han de quedarse (esto es claro) y añaden luego que funciones son imprescindible y esto es lo que introduce oscuridad, porque cuanto tal hacen, se plantean dudas sobre que es servicio minimo y que no lo es.

Mi consejo es que os atengais a una interpretacion restrictiva y no extensiva del tema, el derecho de huelga tiene la excepcion de los servicios minimos y como toda norma restrictiva de derechos tiene que interpretarse restrictivamente.

Por lo tanto si una actuacion es de guardia, las derivadas de ella, como buscar el expediente para poder hacerla no seran un servicio minimo, pero en justa retribucion cuando no quede claro si algo lo es o no, lo mejor es considerarla no de guardia, no decir que se haga o apretar para ello y procurar que el huelguista vea que tu respetas su posicion.

Como reflexion final os dire, que en mi impresion la existencia del derecho de huelga en la administracion es un dislate por concepto, porque si somos estado no podemos hacernos huelga a nosotros mismos. Pero como tambien es un dislate que alguien se de martillazos a si mismo y eso es lo que hacen las administraciones publicas una y otra vez contra sus funcionarios, (a nosotros ya no nos queda donde dar) puede considerarse razonable que se haya dotado al funcionario incluso de esta herramienta de defensa tan potente.

Una vez puesta este arma en la constitucion utilizarla es legitimo porque qui iure suo utitur neminem laedit.

Otra cosa son las consecuencias a largo plazo de determinados comportamientos. Si un estado quebrado y que no puede pagar lo que paga hoy , como es el nuestro, se le obliga a pagar mas, quebrara mucho mas pronto y esto lo pagaremos caro y lo pagaremos todos, pero este es otro debate.

Saludos
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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