Cómo preguntar a los LAJ sobre su función

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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pablo_gallego
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Cómo preguntar a los LAJ sobre su función

#1 Mensaje por pablo_gallego »

Buenos días.

Soy un abogado recién colegiado que empieza a dar sus primeros pasos en el mundo del Derecho procesal. Estoy compaginando mis primeros asuntos con la escritura de algunos artículos cortos sobre los temas que voy aprendiendo, más que nada para uso personal y que la investigación que realizo en cada caso no caiga en el olvido, y también alguno más largo, para cuestiones más complejas, y que aspiro a que puedan llegar a publicarse y tener algún valor académico.

El tema es que en multitud de ocasiones, tras la investigación para el caso (y si ésta se ha dado bien), obtengo una visión más o menos clara de cual es posición de la doctrina, la jurisprudencia, etc. Sin embargo, para la mayoría de las cuestiones más prácticas, acabo con una buena cantidad de "opiniones" doctrinales, pero me quedo con la duda cuál es la práctica forense real al respecto, o cómo de aceptada está realmente una postura u otra en la práctica.

Por ello, me encantaría poder informar estos estudios con opiniones y experiencias reales de operadores jurídicos. Por un lado tengo a los compañeros más veteranos del despacho, y a algún otro abogado al que "asalto" (y siempre cumplen sus deberes deontológicos para conmigo de muy buena gana y con infinita paciencia). Pero normalmente, las opiniones más interesantes para estos temas son las de uds., Letrados de la Administración de Justicia, a quienes por desgracia no tengo acceso de manera cotidiana.

Por ello, me gustaría preguntarles, desde el máximo respeto, cómo creen que podría canalizar este tipo de consultas. Por supuesto, una opción son foros como este, que ya he consultado en varias ocasiones, razón por la que me finalmente me he registrado, con el deseo de también contribuir a solventar las dudas de los demás si me es posible.

Pero para estudios de investigación más elaborados, donde el componente cuantitativo es más relevante, me he planteado en alguna ocasión hacer lo más simple: acudir a los Tribunales y preguntar directamente a los Letrados y demás funcionarios (evidentemente, con los deberes hechos, preguntando cuestiones generales y sin solicitar asesoramiento sobre ningún caso concreto, y ofreciendo los resultados de mi trabajo como agradecimiento).

Sin embargo, nunca lo he llegado a hacer porque temo que sea una práctica mal vista o que moleste a los Letrados de algún modo. Por ello, por prudencia, quisiera preguntarles primero si, desde su experiencia personal, creen que sería posible y/o recomendable hacer este tipo de consultas de manera personal, o en su lugar, que forma de actuación me aconsejan. Es decir, ¿atenderían a un joven que acudiese con este tipo de preguntas, o considerarían que les está haciendo perder el tiempo? ¿Cuál sería la manera más respetuosa y menos invasiva de canalizar estas cuestiones? ¿Debería acudir personalmente a los juzgados en cuestión , telefonear...? ¿O creen que este tipo de interpelaciones y preguntas son inadecuadas, y debería limitarme a foros como éste?

Muchas gracias por su atención, y de antemano por sus respuestas, disculpen el post tan largo y espero de corazón que la pregunta sea bien recibida.

Un saludo,
Pablo

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newzel
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Re: Cómo preguntar a los LAJ sobre su función

#2 Mensaje por newzel »

Hola Pablo. Debes tener en cuenta que cada LAJ es un mundo, así que voy a hablar por mí mismo. Las consultas que los letrados me suelen hacer versan, en especial, sobre temas que tienen transcendencia registral, o costas, o temas de jurisdicción voluntaria. Por ejemplo, si hay que embargar previamente la finca hipotecada cuando se ejecuta la hipoteca en ETJ previo declarativo, si taso costas en cambiario que termina sin oposición o lo hago todo conjuntamente en la posterior ejecución, o también si hay que seguir jurisdicción voluntaria para nombrar defensor judicial a incapaz para que su legal representante pueda repudiar él mismo la herencia, no existiendo más herederos, no existiendo conflicto de interese. Si te das cuenta, se trata de supuestos en los que hay jurisprudencia contradictoria o abierta discrepancia entre la jurisprudencia menor y la DGRN. Lo que suelen preguntarme es cuál es mi "criterio". Yo recibo a los letrados y les respondo siempre y cuando considere que no va a existir merma de derechos para la contraparte, o les remito a la doctrina consolidada de tal AP o la de la DGRN.

Lo normal es que te presentes y preguntes si puedes hablar con el LAJ sobre el tema procesal, después de haber hablado con el funcionario que lleva el asunto. Recuerda que, pese a lo que puedas haber leído en este foro por parte de algunos LAJ, muchos asuntos civiles de gran complejidad técnica se ganan a través del Derecho procesal. Y me alegra que hayas escrito tu pregunta. Mucha suerte en tu andadura profesional
Et in Arcadia ego

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