El CGPJ levanta las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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Terminatrix
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El CGPJ levanta las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos

#1 Mensaje por Terminatrix »

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy, de forma consensuada con el Ministerio de Justicia, levantar a partir del próximo miércoles 15 de abril las limitaciones establecidas el pasado 18 de marzo a la presentación de escritos por medios telemáticos a través de LexNET o de los sistemas equivalentes habilitados en Aragón, Cantabria, Cataluña, Navarra y el País Vasco.

“La evolución de las circunstancias de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 permite contemplar un nuevo escenario de mayor actividad en todos los sectores, y en particular en el funcionamiento de la administración de justicia, que autoriza a fijar las bases del restablecimiento pleno de la prestación del servicio público al que sirve el ejercicio de la función jurisdiccional, evitando de ese modo su paralización y colapso con la subsiguiente la lesión de los derechos e intereses de los particulares”, señala el órgano de gobierno de los jueces.



De este modo, en las actuaciones y servicios no esenciales “cabrá la presentación de los escritos iniciadores del procedimiento, su registro y reparto, así como su tramitación conforme a las normas procesales aplicables hasta el momento en que dé lugar a una actuación procesal que abra un plazo que deba ser suspendido por virtud de la disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020”, por el que se declaró el estado de alarma.

El acuerdo añade que “lo mismo sucederá respecto de los escritos de trámite, no vinculados a términos o plazos interrumpidos o suspendidos, y hasta que den lugar a actuaciones procesales que abran plazos procesales que deban quedar suspendidos” por virtud de la referida disposición adicional.

Esta regla será de aplicación tanto a las actuaciones de primera instancia como a las actuaciones de instancias sucesivas y del recurso de casación. También será aplicable a las actuaciones del Registro Civil no consideradas esenciales.

Las actuaciones y servicios se realizarán de acuerdo con los medios personales disponibles, cuya suficiencia será valorada semanalmente por la Comisión Mixta CGPJ-Ministerio de Justicia constituida para evaluar los efectos de las disposiciones adoptadas como consecuencia de la pandemia de COVID-19 en el funcionamiento de la Administración de Justicia y adoptar las medidas que procedan.

En este sentido, el órgano de gobierno de los jueces ha hecho hoy un llamamiento a las Administraciones prestacionales para que adopten las medidas precisas a fin de garantizar que los órganos judiciales dispondrán de los medios personales y materiales necesarios para llevar a efecto las anteriores actuaciones, lo que será objeto de seguimiento semanal en la referida Comisión Mixta.

Respecto de las actuaciones declaradas esenciales, se mantiene la presentación telemática de escritos y documentos, su registro, reparto y despacho de manera ordinaria, sin que estos trámites se vean afectados por la suspensión e interrupción de términos y plazos procesales.
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«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

fernández soriano
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Re: El CGPJ levanta las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos

#2 Mensaje por fernández soriano »

En el ámbito de la Justicia los servicios esenciales iniciales no han variado durante todo el periodo de estado de alarma. Que las empresas que pararon hace dos semanas vuelvan ahora a retomar su actividad no significa entender un nuevo escenario de mayor actividad en todos los sectores, es la misma actividad que ha habido en las dos primeras semanas de confinamiento, por tanto, no puede entenderse que intereses les mueven a abrir la mano en cuanto a la actividad procesal, con la posibilidad de presentar toda clase de escritos y demandas, a no ser que se hayan plegado a las peticiones de los colegios profesionales de abogados y procuradores. Además, lo hacen de una manera muy sibilina, ya que insisten en que las administraciones prestacionales garanticen los medios personales y materiales, lease, Laj y funcionarios a mogollón en los juzgados, mientras ellos, los jueces, se mantienen en casita teletrabajando. Y que adelantamos con este nuevo escenario?, nada, pues nada se puede proveer que no este sujeto a plazo, y por tanto, quedaran esos escritos y demandas en el aire hasta que puedan proveerse en el momento en que se levante el estado de alarma. Y a cambio, los juzgados serán transitados diariamente por un monton de funcionarios, con riesgo de contagio, para adelantar nada. Pero es lo que hay, cada estamento judicial intentando llevarse el agua hacia su molino, sin pajolera idea de lo que es realmente un juzgado en funcionamiento, y dirigiendo desde las alturas de su estrado y desde la confortabilidad de sus sillones, esta denostada Administración de Justicia. Saludos.

telemática
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Re: El CGPJ levanta las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos

#3 Mensaje por telemática »

Buenas tardes:
Se ha levantado la veda en Justicia para que cada uno campe a sus anchas. Gran fuerza han tenido los despachos de abogados para que se monte esto que no hay quien lo comprenda. Es para taparles la boca, para que puedan cobrar provisiones de fondos , para qué, pero como dice el compañero , en principio y en cabeza de batallón irán funcionarios y LAjS a proveer que no se puede proveer, y estamos demostrando los que estamos yendo presenciales y los funcionarios una sumisión y una abnegación máxima, cuando nos estamos jugando el tipo
Dicho lo anterior, vamos a organizarnos porque como no nos arremanguemos nosotros no nos ampara nadie. Y la pregunta es : qué tipo y contenido de resolución ponemos para atender a lo que dice el CGPJ con lo de " llevanza de asuntos", me refiero a demandas de entrada post a 13 de marzo. Cómo todo procedimiento confiere un plazo, qué hacemos ponemos una resolución que diga que no podemos hacer nada y la notificamos? O suponiendo en civil un asunto que no haya que subsanar, ponemos decreto de admisión y no notificamos hasta que se pueda?
En fin, vamos a ir intentando concretar porque ya sabéis que no nos echa una mano nadie. Ahí han dejado eso que han perpetrado y ya nos apañaremos.
Pero mañana nos freiràn a escritos y demandas. Y los jueces en su casa , con su " llevanza " ...
Saludos

Panoli
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Re: El CGPJ levanta las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos

#4 Mensaje por Panoli »

Tantos años hemos tenido para que el teletrabajo fuera posible en la Administración de Justicia y no se ha hecho nada. Y gran parte de la culpa es del CGPJ y de muchos Jueces que solo ponen trabas a todo lo que es la modernización de la Justicia.
Y lo irónico es que al final ellos se quedan en su casa "teletrabajando", y los Letrados y Funcionarios somos la carne de cañón que tiene que estar en los Juzgados en momentos como este. Sin mascarillas, sin guantes, sin geles desinfectantes e incluso en algunos órganos sin poder guardar las distancias de seguridad.
Que país de hipocresía y de vergüenza.

Duende
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Re: El CGPJ levanta las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos

#5 Mensaje por Duende »

Sobre la posibilidad de poner resoluciones que no se notifican, el art 151 LEC establece un plazo para la notificación y este plazo es tan procesal como cualquier potro y, en consecuencia, no se podrian dictar resoluciones por abrir plazo procesal. Otra cosa seria preparar resoluciones sin fecha ni firma a la espera de que se alce la medida, momento en el que se pone la fecha, se firma y se notifica.

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Re: El CGPJ levanta las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos

#6 Mensaje por Terminatrix »

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Re: El CGPJ levanta las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos

#7 Mensaje por Terminatrix »

«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

SECREDELOS80
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Re: El CGPJ levanta las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos

#8 Mensaje por SECREDELOS80 »

Y que tengamos que ver escritos de impulso.. en serio??

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