Plan Anual Normativo 2022.

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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Terminatrix
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Plan Anual Normativo 2022.

#1 Mensaje por Terminatrix »

El Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado está constituido por las iniciativas legislativas o reglamentarias que los distintos departamentos ministeriales prevean elevar cada año natural al Consejo de Ministros para su aprobación.

https://transparencia.gob.es/transparen ... zQYk4MwUEg

https://transparencia.gob.es/transparen ... N_2022.pdf

Pág. 30: retribución por sustituciones.
Norma sujeta a evaluación. Justificación: Artículo 3.1.a) del Real Decreto 286/2017, de 24 de marzo.
El fundamento de la aprobación de este Real Decreto es obtener unas sustituciones profesionales que permitan obtener una justicia de mayor calidad y reducir el recurso a las sustituciones no profesionales. Pese a las dificultades de evaluar la calidad del servicio prestado por los Letrados de la Administración de Justicia sustitutos, el segundo objetivo sí será contrastable
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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Carlos Valiña
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Re: Plan Anual Normativo 2022.

#2 Mensaje por Carlos Valiña »

Es de verguenza que se pretenda evaluar lo que hace un Secretario Judicial que sustituye para ver si se le paga o no, cuando, por concepto, no se puede llevar bien una sola Secretaría. Es como evaluar que hace un taxista al que obligas a llevar dos taxis, uno con cada mano.

De todas formas todo esto palidece al lado del verdadero peligro:

LEY ORGÁNICA DE MEDIDAS DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA
Objetivo: La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, es la norma que, conforme a lo
previsto en la Constitución, regula entre otros aspectos la constitución, funcionamiento y gobierno
de los Juzgados y Tribunales, así como el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera y
del personal al servicio de la Administración de Justicia. Esta Ley ha sido objeto de numerosas
reformas, y algunas han supuesto cambios en la planta de los órganos judiciales, en su organización
y en las oficinas que dan soporte a la actividad jurisdiccional. Sin embargo, ninguna de aquellas ha
afectado de un modo directo al modelo tradicional, en el que predominan los órganos unipersonales.
El modelo que pretende esta propuesta normativa viene a modificar aquella organización
transformando estos juzgados en tribunales, con una organización colegiada, y tiene como
antecedentes más inmediatos sendos proyectos normativos donde, con algunas diferencias
notables, se optaba por crear este tipo de órganos mediante esa misma transformación de los
actuales juzgados unipersonales.


El presidente de la audiencia al frente de un macro servicio comun de jueces secretarios y funcionarios a los que puede mover y cambiar el trabajo sin mayor problema...

En Canarias me contaron esto, sobre como funcionaban alli las cosas en relacion con el poder:
A los amigos los beneficios...

A los enemigos dar por c...

A los indiferentes la legislacion vigente...
Y yo nunca estoy en el primer o en el tercer grupo, por lo que respecta al poder, porque aun no he encontrado a responsables que esten a la altura, mas alla y, con matices, de un par de Decanos, uno de los cuales, por cierto, el mejor, fue defenestrado por sus propios del cargo.

Id preguntadoos donde estais vosotros o a que grupo os vais a adscribir como esta ruina salga adelante. (Lacayos, pasotas o "piedras angulares")

Y ademas es sin retorno, la justicia quedara destrozada para siempre.

En un año podemos estar poniendole flores en la tumba...

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

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