EJH Adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por todo

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Terminatrix
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#26 Mensaje por Terminatrix »

newzel escribió:Sisifo :filaaplausos: :filaaplausos: :filaaplausos:
Por foreros como Randomize y tú es un lujo intervenir en este foro. Enhorabuena :monito-buen-post:

+ 1. :estoespanota:
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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Randomize
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#27 Mensaje por Randomize »

Hola a todos!

1.- Muchas gracias sísifo, :filaaplausos: tiene buena pinta. He descargado la hoja de cálculo y voy a analizarla y probarla con detenimiento, ya te comentaré.
2.- A newzel y Terminatrix, inmerecidos elogios en lo que me atañe, pero sinceramente, el lujo del que disfrutamos los del foro (hablo en mi nombre y creo que por los demás), son vuestras magníficas contribuciones.

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sisifo
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#28 Mensaje por sisifo »

Gracias a vosotros. Es un privilegio compartir este foro.

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Randomize
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#29 Mensaje por Randomize »

Hola a todos!

No entra en mi ánimo criticar tan excelente labor, sísifo, más bien y en la medida de mis posibilidades agradecer tu esfuerzo, ayudar a que esa hoja de cálculo sea perfecta y útil en la práctica.

Dos casos pueden plantearse:
1.- Hipoteca sobre varias fincas:
La distribución del credito hipotecario es un imposición de los articulos 216.1 y 218 RH ya que en el Registro no se inscribirá ninguna hipoteca sobre varias fincas derechos reales o porciones ideales de unas y otros, afectos a una misma obligación, sin que por convenio entre las partes, o por mandato judicial, en su caso, se determine previamente la cantidad de que cada finca, porción o derecho deba responder.
2. La división a posteriori de la finca hipotecada: (art. 123 LH):
“si una finca hipotecada se dividiere en dos o más, no se distribuirá entre ellas el crédito hipotecario, sino cuando voluntariamente lo acordaren el acreedor y el deudor. No verificándose esta distribución, podrá repetir el acreedor por la totalidad de la suma asegurada contra cualquiera de las nuevas fincas en que se haya dividido la primera o contra todas a la vez” En el primer caso dividida la hipoteca constituida para la seguridad de un crédito entre varias fincas y pagada la parte del mismo crédito con que estuviese gravada alguna de ellas, se podrá exigir por aquel a quien interese la cancelación parcial de la hipoteca en cuanto a la misma finca…”
Y si no se ha hecho la distribución, la hipoteca es solidaria y no se podrá exigir la liberación de ninguna parte de los bienes hipotecados, cualquiera que sea la del crédito que el deudor haya satisfecho.
Dentro de este segundo grupo, lo más normal es el supuesto de la hipoteca constituida sobre una finca (solar) –finca matriz- que por división de la misma se distribuye entre diferentes fincas –división horizontal- (vertical –pisos- o tumbada –adosados-).

Hago esta introducción para destacar la dificultad que entraña la confección de una correcta hoja de cálculo para distribuir la deuda. Claro está, que todo esto se soluciona si la parte ejecutante, facilitando la labor, presentara tantas certificaciones de débito como fincas hipotecadas hubiese el proceso, pero no suele ocurrir, y debemos tener en cuenta la resolución de la DGRN de 24 de octubre de 2000 (*) (BOE 13/12/2000) que considera que corresponde al Secretario Judicial determinarla.

Vuelvo pues, a la hoja de cálculo y su utilidad en tres supuestos, digamos aquellos que con más frecuencia se dan en la práctica.
a) Dos fincas hipotecas en garantía de un solo crédito –adquisición de inmueble garantizando la hipoteca con otro-
b) Tres fincas hipotecadas en garantía de un solo crédito –adquisición de piso, plaza de aparcamiento y trastero-
c) Múltiples fincas –préstamo al promotor de un bloque de pisos-

Sísifo, la he probado y analizado con numerosos casos reales y, cuando se trata de distribuir la deuda para el caso 3), se producen errores o al menos los valores que se obtienen no me coinciden con los reales.
Te explico, finca matriz, obra nueva y posterior constitución en régimen de propiedad horizontal. Se efectúa la distribución de la responsabilidad hipotecaria.
No suele generar problemas la hoja cuando se trata en los supuestos a) y b), pero si he encontrado discordancias en c) ya que utilizas para calcular el porcentaje de responsabilidad –columna G- la media aritmética que corresponde a cada concepto y ha de tenerse en cuenta que la distribución de la responsabilidad hipotecaria se hace por acuerdo del acreedor y del deudor. No responde contrariamente a como se piensa a criterios de proporcionalidad, exigencia legal, ni de cuotas de participación en el régimen de propiedad horizontal, como debería de ser, sino que esa distribución debe dar al final el mismo resultado que la responsabilidad que soportaba la finca matriz –siempre y cuando el préstamo no haya sido ampliado-. He comprobado que el capital e intereses de amortización si responden a esa proporcionalidad, pero las demoras y las costas, en ocasiones, han sido dejadas al libre albedrío –probablemente del banco- y el porcentaje de estos conceptos no corresponden con los otros. Así una finca determinada, llamémosle 1, puede responder del 12% de capital, otro 12% de intereses y hacerlo por un 6% de costas. Si el cálculo del porcentaje lo haces sobre esta media, te saldrá un 10% para cada concepto, y no el real (#), por lo que sugiero –es una opinión y como tal puede que errónea o apenas imperceptible si la deuda no es muy elevada-, que la distribución de la deuda cuando se trata de más de tres fincas se realice en base a unos porcentajes definidos por conceptos, a saber uno para capital, otro para intereses, otro para costas, etc…, así la distribución de la deuda será equitativa.
También sugiero que incluyas las comisiones y gastos -, pues no suele ser extraño que también se reclamen en la demanda, claro está siempre y cuando se especifiquen con precisión y claridad (primas de seguros de amortización, incendio, gastos de comunidad, correo, reclamación de posiciones deudoras…)

Por último, ¿cómo funciona la imputación de pagos, no logro ver lo que resta para la completa satisfacción del crédito?

Saludos y reitero mi más sincero agradecimiento. :bienhecho:


(*) Sobre la ejecución hipotecaria inmobiliaria ¿Puede evitarse la ruina del ejecutado? Alberto Martínez de Santos. Editorial Foro Jurídico, Valencia 2013, pag. 296. No conocía esta resolución, sin duda sorprendente.
(#) Para un préstamo de 1.000.000 € a distribuir entre 10 fincas puede suponer una variación de entre 2000 € y 4000 €

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sisifo
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#30 Mensaje por sisifo »

Me rindo a tus pies Ramdomize. :youman:

Tienes toda la razón. He incurrido en un error de bulto al creer que la distribución de la responsabilidad obedecía a criterios de proporcionalidad (hay que ser ingenuo) :cabezazo2: . Lo cierto es que había notado pequeñas diferencias, apenas apreciables, si los porcentajes los hallaba sobre la totalidad de la responsabilidad hipotecaria, o los calculaba sólo sobre la responsabilidad por principal, pero pensé que se debía a los redondeos que la hoja de cálculo hacía.

Si te he entendido bien, no tengo que hallar los porcentajes sobre la responsabilidad hipotecaria total (columna G de la hoja), sino que tendría que hacer cálculos para obtener los porcentajes por cada unos de los conceptos (i. ord., capital, i demora y costas), es decir cuatro columnas en la hoja de cálculo, una para cada concepto.

En cuanto a las comisiones y gastos, ¿quieres decir que habría que hacer una quinta columna en la hoja para hallar los porcentajes de estos conceptos? Vaya, esto se complica cada vez más :monito-secresoso: . Ya que has tocado el tema y abusando de tu amabilidad me gustaría que me aclarases la cuestión de admitir o no la reclamación de los gastos los que haces referencia. Trataré de explicarme: en mi opinión, si se ejercita la acción real, el ejecutante sólo podrá reclamar los conceptos recogidos en la liquidación del saldo deudor, siempre que consten expresamente garantizados en la escritura. Es cierto que a veces en el acta notarial, aparte de capital, intereses ordinarios y moratorios, se liquidan comisiones (la verdad que es una cantidad pequeña), pero nunca vi esos otros conceptos a los que aludes (primas de seguros de amortización, incendio, gastos de comunidad, correo y reclamación de posiciones deudoras). Pues bien, estas comisiones hasta ahora las excluía al admitir la demanda (Perdón, el Juez que es quien despacha ejecución :mrgreen: ) pues entiendo que no están garantizadas por la hipoteca. Al menos las escrituras que yo veo, en la clausula normalmente denominada “constitución de hipoteca” se distribuye la responsabilidad hipotecaria entre los conceptos que se garantizan: capital, intereses ordinarios, intereses de demora, y costas y gastos. Interpretamos (Juez y yo) que los gastos a los que alude la garantía se refieren a los “gastos de ejecución”, pues en muchas escrituras precisamente así se mencionan. No obstante creo que sí se podrían reclamar estos gastos vía art. 579 LEC, una vez adjudicada la finca.

Respecto a cómo funciona la imputación de pagos, es cierto que la hoja de cálculo no nos da la cantidad exacta por cada concepto, ni nos dice los importes pendientes de pago. Solo sería funcional si hubiera dinero para todos los conceptos. (Intentaré descubrir las fórmulas necesarias para mejorar este apartado).

Un saludo a todos, y gracias de nuevo Randomize por haberme hecho ver el error cometido.

Considero, si tiene a bien el Administrador del Foro, que deberían eliminarse los post donde están las hojas de cálculo al estar erróneamente confeccionadas. :tecladelete:

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sisifo
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#31 Mensaje por sisifo »

Estoy intentando confeccionar nuevamente la hoja de cálculo. Creo que ya he averiguado las fórmulas para hacer correctamente la imputación de pagos del Art. 654 LEC. Antes de subir el archivo, me gustaría confirmar los siguientes extremos en cuanto a la imputación de pagos:

- Los intereses de demora se hallarían sumando los resultantes de la liquidación de intereses a los intereses de demora que figuran en la liquidación del saldo deudor. Dicha suma no podrá exceder de la responsabilidad hipotecaria por este concepto.

- Los gastos (por ej. comisiones) que aparecen en la liquidación del saldo deudor (siempre que están garantizados por la hipoteca) habrá que sumarlos a las costas una vez aprobadas, y dicha suma no podrá exceder de la responsabilidad hipotecaria por estos conceptos.

Espero vuestras respuestas. Gracias.

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newzel
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#32 Mensaje por newzel »

Hola, sisifo :P

La imputación de pagos sigue el siguiente orden:

1.- principal por el que se despachó ejecución, desglosado en los importes que resulten del acta notarial de liquidación de saldo por los conceptos de intereses ordinarios (o remuneratorios), capital e intereses de demora devengados hasta la fecha del cierre de la cuenta. La partida cuotas impagadas está formada por intereses ordinarios y capital. Debes requerir a la parte para que te distinga entre qué parte es capital y qué partes son intereses ordinarios.

2.- intereses liquidados. Son intereses de demora devengados a partir de la fecha del cierre de la cuenta, sea sobre el principal (caso de vivienda no habitual), sea sobre el capital (caso de vivienda habitual, por la prohibición del anatocismo, excluyéndose la parte del principal conformada por intereses, de ahí la importancia de que te distingan para el caso de cuotas impagadas)

3.- costas tasadas, con exclusión de la tasa judicial y limite al 5% del principal si es vivienda habitual

Ninguno de estos conceptos puede exceder el límite de cobertura, de forma que si hay exceso, se considera sobrante, y caso de haber acreedores posteriores, se abrirá el incidente de distribución del sobrante. De no existir, bien se entrega al ejecutante a cuenta de lo que le resta por cobrar, bien se devuelve al ejecutado.

Se puede reclamar y despachar ejecución por importes que excedan del límite de cobertura, lo que pasa es que el decreto de adjudicación no puede nunca sobrepasar ese límite por cada concepto; si sobrepasa, se considera sobrante

En cuanto a las comisiones y gastos, si están incluidas en la cobertura hipotecaria, forman parte del principal. En otro caso, se consideran sobrante. Es decir, en este segundo caso, el principal del decreto de adjudicación será el mismo del despacho de ejecución con exclusión del importe de gastos y comisiones, mientras que en el primer caso, los importes de principal coinciderán plenamente. Y para el caso de quenel importe de adjudicación llegare a cubrir principal, intereses liquidados y costas tasadas, y se ha incluído dentro del principal de la ejecución, un importe de gastos o comisiones no incluído en la cobertura hipotecaria, al considerarse sobrante, el ejecutante deberá consignar en la cuenta judicial ese importe de comisiones y gastos para, bien destinarlo al pago de acreedores posteriores, bien al ejecutado.


Caso de existir varias fincas hipotecadas, si no hay tantas actas notariales de saldo como fincas haya, por lo general, por no haberse hecho la declaración de obra nueva, y sólo existe una única acta notarial de liquidación de saldo, debes requerir a la parte actora para que distribuya el principal de la ejecución entre cada una de ellas, en atención al tanto por ciento que corresponda a cada una de ellas con arreglo a su respectiva responsabilidad hipotecaria, al tiempo de que la parte te pida el anuncio de la subasta, si interesa la subasta de más de una finca a la vez, salvo que fuere una hipoteca solidaria, o bien una hipoteca unitaria (por ejemplo, la hipoteca recae sobre un edificio, no sobre cada uno de los pisos en que se divide horizontalmente). Tampoco si pide sólo la subasta de una finca. Y esa distribución la tendrás que hacer tú, al tiempo de liquidar intereses de demora y tasar costas, ya se hayan subastado una, varias o todas. Por eso es importante requerir a la parte también, cuando te haga la distribución, que te indique el tanto por ciento que ha empleado en dicha distribución. En gran parte de escrituras, ese tanto por ciento aparece en el cuadro de tipo de subasta de las fincas hipotecadas. Con este sistema no tendrás ningún problema con el RP.
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Randomize
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#33 Mensaje por Randomize »

Hola a todos!

Creo que poco más se puede añadir a la espléndida contestación de nezwel. :D

sisifo, mil disculpas, no he tenido tiempo de contestar a tu intervención del pasado miércoles 19. Tu pregunta merece un detallado razonamiento -procuro hacerlo siempre-. La hipoteca es un contrato de garantía real y como tal, tiene prestaciones accesorias: intereses, demoras, comisiones y gastos, y en sede de ejecución hipotecaria pueden ser reclamados siempre y cuando se hayan hecho constar en el Registro -art. 130 LH-.
1.- Sí, deberías incluir esas cuatro columnas, porcentajes para el capital, intereses, demoras, comisiones y costas.
2.- Los intereses de demora totales son los devengados desde la fecha de impago a fecha de cierre de la cuenta y liquidación del préstamo más los que se aprueben tras la propuesta de liquidación que presenta la parte ejecutante.
3.- No, los gastos/comisiones son un concepto aparte. Yo los aplico antes de imputar el pago a las costas -éstas en ultimo lugar-, es decir, si no llega a cubrir, lo que falta es de costas.

Saludos y en cuanto tenga un ratito, explico mejor lo de las comisiones :monito-secresoso:

dilema
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#34 Mensaje por dilema »

Para Randomize, intervención de hoy:

En total desacuerdo contigo en lo referente a los conceptos de comisiones, gastos y añado yo tasas judiciales.
La Ley Hipotecaria garantiza la responsabilidad ante tercero de : Principal impagado, intereses ordinarios y de demora hasta un cierto limite prefijado limite y costas de cantidad especificada.

Por el principio jerárquico de las Leyes, la ley especifica prevalece a la general en este caso la Lec.

Fijaros bien: No menciona en ningún momento conceptos como comisiones, gastos, tasas etc.

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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#35 Mensaje por Randomize »

Hola a todos!

dilema, echa un vistazo al art. 572-2 LEC.
"También podrá despacharse ejecución por el importe del saldo resultante de operaciones derivadas de contratos formalizados en escritura pública o en póliza intervenida por corredor de comercio colegiado, siempre que se haya pactado en el título que la cantidad exigible en caso de ejecución será la resultante de la liquidación efectuada por el acreedor en la forma convenida por las partes en el propio título ejecutivo."
Saludos.

dilema
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#36 Mensaje por dilema »

Randomize: el hilo es de Ejecución hipotecaria no de ETNJ

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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#37 Mensaje por Randomize »

Hola a todos!

dilema, ya lo sé.
Entiendo que puedan surgir dudas sobre la inclusión de las comisiones y gastos en el principal (la tasa judicial, no la he mencionado)... pero ¿qué es entonces una ejecución hipotecaria sino una ETNJ tramitada por los cauces del art. 681 y ss de la LEC?, analiza la primera parte del art. 579 LEC.
EL artículo 572 es de plena aplicación para la EJH, como lo son el 573, el 574, el 575...
Saludos!

dilema
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#38 Mensaje por dilema »

Randomize:
Intento dejar bien claro es un aspecto que con frecuencia (menos el articulo 24 CE) nos olvidamos, y es la jerarquización de las Leyes.
Una de sus reglas principales es que primará la ley especifica sobre la general.
En una EJH debe prevalecer la LH por ser especifica y no la general que es la LEC.
En función al razonamiento expuesto, en una EJH no caben gastos, comisiones ni tasas (esto lo añadí yo).
Otra observación:
En la gran mayoría de Juzgados, los ejecutados por unas cosas u otras no suelen hacer oposición, posibilitando a los Bancos hacer y deshacer y bastantes Juzgados callan y obedecen aunque sea porque el SJ de turno( que los hay) no quieren complicarse la vida buscando jurisprudencia y argumentos en temas tan áridos y poco conocidos como es la LH, acostumbrándose los Bancos hacer escritos absurdos como los expuestos en este foro.

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sisifo
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#39 Mensaje por sisifo »

Gracias a Newzel, Ramdomize y Dilema por vuestras opiniones.

Me ha convencido tu exposición Newzel, brillante como siempre. Si te he entendido bien, se despacha ejecución también por los gastos, sin perjuicio de que si no están incluidos en la cobertura hipotecaria, se considerará sobrante.

En cuanto a la forma de hacer la imputación de pagos, tal y como lo expones, seguiría el siguiente orden: Principal (desglosado en cada uno de los conceptos que lo integran, incluidos los gastos, en caso de que estén garantizados por la hipoteca) intereses liquidados y costas.

1. Intereses ordinarios
2. Capital
3. Intereses de demora
4. Gastos
5. Intereses liquidados
6. Costas

Sin embargo, el Art. 654 LEC dice que el precio de remate se imputará por el siguiente orden: Intereses ordinarios, 2. Principal, 3. Intereses moratorios y 4. Costas. Habla solo de cuatro conceptos, no de seis. La duda que me surge es si se puede, o incluso si se debe, realizar la imputación de pagos haciendo referencia solo a estos cuatro conceptos:
1.- Intereses ordinarios: Creo que no ofrecen ninguna duda que éstos coinciden con los que figuran en la liquidación el saldo deudor.
2.- Principal: Entiendo que cuanto el Art. 654 LEC alude a este concepto, en realidad se está refiriendo al capital (que figura en la liquidación del saldo deudor). En cualquier caso, no al principal por el que se ha despachado ejecución.
3. Intereses de demora: como ya planteé en el anterior post, habría que sumar los intereses moratorios que figuran en el acta notarial de liquidación de saldo y los intereses liquidados y aprobados.
4.- Costas.

¿Qué ocurre con los gastos, entre los que se encuentran las comisiones? Si he entendido bien, según Newzel formarían parte del principal (principal = capital + gastos), y por tanto se cubrirían los gastos antes que los intereses de demora. En cambio de la intervención de Randomize en este mismo hilo, parece deducirse que se aplicaría el precio de remate al pago de los gastos antes que a las costas, pero después de los intereses moratorios.

Por cierto, ayer conseguí por fin que me funcionara la excelente aplicación que aportó Randomize en el hilo “como minutar demanda EJH”. Un trabajo colosal y muy bien hecho (dice modestamente que tiene nivel medio-bajo en open office, ja, ja.). Pues bien, de la hoja de la minuta dedicada a la imputación de pagos, dicha imputación la hace randomize conjuntamente en lo que se refiere costas y comisiones (concretamente pone en la pestaña TC/COMI 654), y pulsándola suma ambos conceptos). Por tanto este último concepto podría ser gastos y costas, en lugar de sólo costas como dice el Art. 654 LEC.

Perdonad que insista en el tema. Mi intención únicamente es aprender de otros compañeros.

En caso de existir varias fincas, estoy de acuerdo Newzel en requerir al ejecutante para que distribuya el principal de la ejecución (también los demás conceptos como indicó Randomize) y el tanto por ciento que ha empleado en la distribución. No obstante, no estaría demás hacer los cálculos uno mismo (de la distribución y del porcentaje). Ya me ha pasado en dos procedimientos en los que se hipotecó un edificio en construcción y luego se dividió horizontalmente la finca, y requerido el ejecutante presentó cálculos erróneos.

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sisifo
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#40 Mensaje por sisifo »

Hola a todos.

Hace algo más de una mes, colgué en el foro una hoja de cálculo para determinar la deuda por la que responde cada una de las fincas cuando se ejecutan varias fincas. Randomize advirtió que se producían errores en los supuestos en los que la responsabilidad hipotecaria no se distribuía proporcionalmente entre los distintos conceptos que la integran.

También me animó Randomize a introducir mejoras en la hoja de cálculo, mediante la utilización de la función lógica “SI”, tales como la limitación de las costas al 5% en caso de que alguna de las fincas sea vivienda habitual. Una vez realizadas las correcciones necesarias y añadidas las citadas mejoras, la hoja permite, además de distribuir la deuda entre las fincas, hallar los siguientes datos:

- Distribuir entre las fincas los pagos a cuenta hechos por el ejecutado antes y después del despacho de ejecución.
- Si alguna finca se adjudica por todos los conceptos, o por alguno de los porcentajes a que se refiere el Art. 671 LEC, determinar automáticamente esta cantidad.
- Limitación de las costas imputables a las fincas que sean viviendas habituales.
- Aplicar el límite de cobertura hipotecaria a la cantidad debidas por todos los conceptos y detraer las comisiones, en caso de que no estén cubiertas por la hipoteca.
- Imputación de pagos.
- Sobrante (exceso en la adjudicación respecto de la deuda, exceso en la cobertura hipotecaria y comisiones no garantizadas), determinando a quien o quienes corresponde el sobrante y remanente en su caso (acreedores posteriores, propietario del bien o al propio ejecutante).
- Certificación de la deuda.

He confeccionado dos hojas de cálculo (MODELO 1 Y MODELO 2), que se utilizarán dependiendo de cómo esté distribuida la responsabilidad hipotecaria en la escritura de hipoteca. Como sabéis la hipoteca garantiza intereses ordinarios, capital, intereses moratorios, costas y, a veces, comisiones y/o gastos. Pues bien, si en la escritura la cobertura hipotecaria se establece una responsabilidad diferente para gastos y costas (por ej. 2000 € para costas y 1000 € para gastos/comisiones) utilizaremos el MODELO 1; si dicha responsabilidad máxima para estos conceptos se establece conjuntamente (por ej. 2500 € para costas y gastos/comisiones) o sólo se establece para costas, utilizaremos el MODELO 2.

He protegido las hojas de cálculo de manera que solo se puedan introducir datos en las celdas que lo requieren y no en otras. No obstante, si alguien quiere realizar alguna modificación, la clave para desproteger la hoja es 1111.

Adjunto en formato Word las instrucciones y explicaciones para cumplimentar la hoja de cálculo, así como los dos modelos (en formato oppenoffice y Excel).

Por último quiero dar las gracias a Randomize por su amabilidad y paciencia para estudiar la hoja de cálculo una vez realizadas las mejoras, y añadir que ha dado su Vº Bº, lo que hará sentirse más seguro a quien quiera utilizarla.

Saludos y feliz 2015.
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DISTRIBUCIÓN DEUDA VARIAS FINCAS.docx
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#41 Mensaje por sisifo »

Modelo 1 oppenoffice
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#42 Mensaje por sisifo »

Modelo 1 excel
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#43 Mensaje por sisifo »

Modelo 2 oppenoffice
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#44 Mensaje por sisifo »

Modelo 2 excel
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Randomize
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#45 Mensaje por Randomize »

Hola a todos!

Muy pocas veces he visto un trabajo que se haga merecedor de más alabanzas, ya sea por el esfuerzo, dedicación y sobre todo, utilidad, que el aquí presentado por sisifo.
Impresionante, excelente, brillante, un maravilloso regalo de reyes.
Gracias sisifo :aplauso: :aplauso: :aplauso: :aplauso: :aplauso: :estoespanota:

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sisifo
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#46 Mensaje por sisifo »

:D Gracias Ramdomize por tus alabanzas, y gracias una vez más por tu ayuda. :gracias:

Acabo de celebrar una subasta (desierta como siempre) con 37 fincas, así que la hoja de cálculo se me ha quedado pequeña. Pues nada, voy a ampliarla hasta 40 fincas. Si algún compañero la necesita, no tiene más que pedirla. Saludos.

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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#47 Mensaje por newzel »

Madre mía. Para quitarse el sombrero. Menudo trabajo, Sísifo :monito-chapeau:

Muchas de las vacas sagradas que van dando conferencias por ahí deberían aprender de Randomize y d ti, Sísifo. Chapeau.

Lo que no sé es cómo poder añadir nuevas filas. Tengo una EH con 150 fincas y no me da la opción de añadirlas :monito-me-dejas-ko:

Por cierto, hace un tiempo estuve leyendo algunas discusiones en el foro CEJ sobre varias cuestiones, entre ellas de EH, y desde luego, este foro resulta mucho más fructífero para SJ que acaban de incorporarse, y también, para los que llevamos un tiempo.

Los que leen asiduamente este foro no saben la suerte que tienen de tener entre intervinientes a Randomize y Sísifo en sede EH
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#48 Mensaje por Randomize »

Hola a todos!

Gracias newzel por la parte que me toca... pero no me veo dando conferencias :monito-me-dejas-ko: , me basta con ofrecer ayuda, dentro de mis posibilidades, en este foro.
Coincido en que el trabajo desarrollado por Sísifo es magnífico -no me cansaré de decirlo-. Es una utilidad indispensable e imprescindible para todo SJ de 1ª Instancia, por lo que no comprendo como ha sido descargado tan pocas veces.
La hoja de cálculo es válida para los hipotecarios de 1 a 20 fincas, y resuelve un enorme porcentaje de dudas que se exponen en el foro (responsabilidad, deuda, desgloses, desgloses de conceptos que superan la responsabilidad, imputaciones de pagos, aplicación de sobrante dentro de los límites, vivienda habitual, pagos que han de efectuarse de existir terceros, etc.)

Sin duda te tocó un marrón.
A tu pregunta. Se puede hacer. Es posible ampliar esa hoja de cálculo y tal como está configurada, hasta unas 7250 fincas aproximadamente.
¿Es urgente? No creo que a Sísifo le importe que le eche un vistazo a la estructura y, en su caso, decir como puede ampliarse. Saludos

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sisifo
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#49 Mensaje por sisifo »

Hola a todos. :D

Viniendo estas palabras de los maestros, es para sentirse halagado. Newzel, respecto de la cuestión que planteas, si que puedes añadir más filas. Para ello deberás desproteger la hoja de cálculo (ya indiqué en un post anterior que la contraseña para la protección/desprotección es 1111). El problema no es añadir filas, sino que hay que insertar en éstas las fórmulas. Además al agregar nuevas filas, se descuadran los datos en los bloques posteriores.

Pero … ¿150 fincas? ¿Qué vas a subastar, un barrio entero? No me gustaría estar en tu pellejo.

En fin, si estás interesado puedo ampliar la hoja de cálculo. Dime si vas a utilizar el modelo 1 o el modelo 2, y el formato (oppenoffice o Excel). Eso sí, dame unos días para completar la hoja.

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newzel
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Re: EJH adjudicación varias fincas. Unas por 50%. Otras por

#50 Mensaje por newzel »

:mepartoderisa: Un barrio, no sé, pero la condenada empresa no quiebra ni a la de tres, y es la segunda EH que le ejecuto con más de cien fincas. Además, tengo ya en anuncio de subasta otra EH de 184 fincas.

Muchísimas gracias. Te agradezco un montón tu ayuda :filaaplausos: :filaaplausos:

El modelo creo que es el 1, no se reclaman comisiones. Y el formato openoffice.

No hay prisa. Si no te viene bien, no pasa nada. La subasta que me da auténtico pánico es la de 184 fincas. Creo que con ella haré una tesis doctoral, con la de hojas que me saldrán. Es un caso curioso. Mezcla hipoteca con algo parecido a preferentes.
Última edición por newzel el Lun 09 Feb 2015 11:36 pm, editado 1 vez en total.
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