Mandamientos de pago caducados
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Mandamientos de pago caducados
Hola.
He sacado listado de todos los mandamientos caducados del Juzgado. Me salen desde 2008 hasta la actualidad. Son mandamientos no presentados al cobro por el procurador o el interesado. En estos casos, qué hacéis? váis uno por uno en el expediente acordando la transferencia a la cta 9999 ? o hay alguna forma tipo vía expediente gubernativo... para acordar en masa la transferencia???
thanks
He sacado listado de todos los mandamientos caducados del Juzgado. Me salen desde 2008 hasta la actualidad. Son mandamientos no presentados al cobro por el procurador o el interesado. En estos casos, qué hacéis? váis uno por uno en el expediente acordando la transferencia a la cta 9999 ? o hay alguna forma tipo vía expediente gubernativo... para acordar en masa la transferencia???
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- Terminatrix
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Re: Mandamientos de pago caducados
Yo incoaría un gubernativo con el listado que sacas de la CDCJ y acordaría la transferencia a la 9999.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
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Re: Mandamientos de pago caducados
Da igual como lo acuerdes, conjuntamente en una resolución dictada en un gubernativo, o reproducir esa resolución en cada uno de los expedientes donde haya mandamientos caducados. La cuestión es que la mecanización de esa transferencia a la cuenta 9999 debe ser individual por cada mandamiento caducado, pues hay que indicar la fecha de expedición del mandamiento o puesta a disposición del mismo al interesado, así como el nombre del titular del mandamiento; en la practica, yo dicto una diligencia de constancia en el propio expediente de ejecución indicando la realización de dicha transferencia, y realizo anualmente un barrido de mandamientos caducados para evitar acumulaciones de esos mandamientos, siguiendo el consejo de una inspección del CGPJ. Saludos.
- Carlos Valiña
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Re: Mandamientos de pago caducados
Yo me resisto a remitirlos al tesoro publico sin agotar antes todas las posibilidades a mi alcance para devolver el dinero.
Aunque es dudoso que pueda hacerse, el sistema mas sencillo es acordar entrar en el punto neutro para averiguar numero de cuenta de la persona a la que hay que devolverle el dinero y transferirselo a esa cuenta.
Tambien cabe averiguar domicilio en el punto neutro judicial y mandarle una carta pidiendole numero de cuenta o incluso el mandamiento de devolucion a su nombre.
Son ideas.
Aunque es dudoso que pueda hacerse, el sistema mas sencillo es acordar entrar en el punto neutro para averiguar numero de cuenta de la persona a la que hay que devolverle el dinero y transferirselo a esa cuenta.
Tambien cabe averiguar domicilio en el punto neutro judicial y mandarle una carta pidiendole numero de cuenta o incluso el mandamiento de devolucion a su nombre.
Son ideas.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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Re: Mandamientos de pago caducados
Eso último que indicas Carlos, hay compañeros que lo hacen, lo que pasa, que como tú dices..... No se hasta que punto podemos hacer esa averiguación patrimonial, aunque sea para entregarle el dinero
No se.... Me chirría un poquin
Hay alguien más que haga eso en sus juzgados o sepa si eso se puede así?
No se.... Me chirría un poquin
Hay alguien más que haga eso en sus juzgados o sepa si eso se puede así?
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Re: Mandamientos de pago caducados
Sinceramente, es una barbaridad¡¡¡¡. El acceso a datos en el Punto Neutro Judicial debe estar sujeto a una resolución judicial que lo acuerde, y en el caso de los mandamientos caducados no veo la justificación para realizar esa averiguación de cuenta bancaria; al titular del mandamiento se le expidió en su día, lo dejó caducar, y aunque lo transfiramos a la cuenta 9999 dispone de 20 años para acordarse de que tenia ese procedimiento judicial abierto, que en el mismo era acreedor y tenia que cobrar determinada cantidad, que el Juzgado no le da ningún dinero, y que la Justicia es lenta pero no tanto, y pasados unos años, y viendo que el tema del cobro le quita el sueño, decide en un buen momento hablar con su abogado sobre la cuestión, y mejor aún, pasarse por el Juzgado para preguntar como va lo suyo. Saludos.
- Terminatrix
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Re: Mandamientos de pago caducados
Se puede hacer, pero has de tener la cautela de acordar la investigación de cuentas en el PNJ o te puedes ver en un apuro.Invi85 escribió: ↑Mar 13 Abr 2021 1:24 am Eso último que indicas Carlos, hay compañeros que lo hacen, lo que pasa, que como tú dices..... No se hasta que punto podemos hacer esa averiguación patrimonial, aunque sea para entregarle el dinero
No se.... Me chirría un poquin
Hay alguien más que haga eso en sus juzgados o sepa si eso se puede así?
Yo lo hago así cuando hay cantidades importantes retenidas al ejecutado no personado en autos y la ejecución se archiva.
¡Claro que es más cómodo darle al dedo y mandar el dinero al tesoro!, pero no me parece bien ir a saco contra las cuentas del EO y si sobra dinero -su dinero-, mandarlo al Tesoro sin una mínima diligencia de investigación.
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- Lobo Estepario
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- Ubicación: En el cieno de números y leyes.
Re: Mandamientos de pago caducados
También yo acuerdo la investigación de cuentas cuando la AC consigna dinero para los acreedores cuyo domicilio no le consta.
"El lobo estepario vaga solitario, huyendo de la manada, buscando su libertad." Herman Hesse.
"Una persona inteligente se repone pronto de un fracaso. Un mediocre jamás se recupera de un éxito." Séneca
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Re: Mandamientos de pago caducados
Si nos salimos de la cuestión planteada inicialmente por el consultante, podemos dar respuestas diversas y contradictorias; plantea que hacer con los mandamientos caducados, es decir, que se han expedido en su día, se han entregado al interesado o a su representante procesal, y no se han cobrado en el plazo de vigencia de los mismos. Centrada la cuestión, reitero lo manifestado en mis post anteriores. Si cambiamos el supuesto factico, y es saldo que no se ha podido entregar al interesado por desconocer su domicilio, o al ejecutado no personado, etc, entonces cabria valorar esa averiguación de datos en el PNJ. Saludos.
Re: Mandamientos de pago caducados
Fernández soriano, claro que es una barbaridad cmo dices. Pero es que hay compañeros que dicen que lo acuerdan y así lo justifican.
Yo ni así lo veo. Chirría. De averiguación de domicilio o cuentas y tal salen datos que.... Tal y como está el tema de protección de datos... Es un jaleo si luego te quieren buscar las cosquillas.
No se. No lo veo ni con resolución
Gracias. Un saludo! Seguiré cn la 9999
Yo ni así lo veo. Chirría. De averiguación de domicilio o cuentas y tal salen datos que.... Tal y como está el tema de protección de datos... Es un jaleo si luego te quieren buscar las cosquillas.
No se. No lo veo ni con resolución
Gracias. Un saludo! Seguiré cn la 9999