Aclaración de autos y sentencias ¿hay que oir a la parte contraria?
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Aclaración de autos y sentencias ¿hay que oir a la parte contraria?
¿Dais traslado a la contraparte de la petición d aclaración? El 214 no dice nada, pero creo que le puede afectar lo que se resuelva.
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7117
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
- Ubicación: Santander
- Contactar:
Re: Aclaracion de autos y sentencias ¿hay que oir a la parte contraria?
No. No recuerdo nunca que se hiciera tal traslado y en cierto modo es logico, aunque a primera vista pudiera parecer lo contrario. Este es un asunto entre el aclarante (juez) y el pretendiente de aclaracion (el abogado que lo solicita). No tiene sentido abrir ahi un nuevo frente entre las partes, puesto que el Juez sabe lo que queria decir y hasta donde queria decir, y si no quedo claro u omitio algo relevante, tiene ocasión de arreglar la sentencia, es decir, se trata de un tramite que busca la economia procesal, no el reabrir frentes, traslados, replicas y conseguir todo lo contrario que seria alargar el procedimiento.
Añadele ademas que ese traslado no esta previsto y debemos seguir los tramites legales y que ningun perjuicio se causa a la contraparte, pues a partir del auto de aclaracion, vuelve a contarle integramente el plazo para recurrir en apelacion.
A ver si hay mas aportaciones.
Saludos.
Añadele ademas que ese traslado no esta previsto y debemos seguir los tramites legales y que ningun perjuicio se causa a la contraparte, pues a partir del auto de aclaracion, vuelve a contarle integramente el plazo para recurrir en apelacion.
A ver si hay mas aportaciones.
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Re: Aclaracion de autos y sentencias ¿hay que oir a la parte contraria?
Estoy de acuerdo con Carlos el 215 prevé otra parte porque no es lo mismo complemento que aclaración ya que esta última en nada puede perjudicar a la otra parte. Cuando el legislador ha querido establecer el traslado lo ha previsto claramente como el 215. Saludos
Re: Aclaracion de autos y sentencias ¿hay que oir a la parte contraria?
Con Carlos
Nada de traslado en un 214 lec de aclaración!
Nada de traslado en un 214 lec de aclaración!
-
- Mensajes: 527
- Registrado: Mié 09 Dic 2015 1:28 pm
- Ubicación: Servicio de Apoyo de Vigo
- Contactar:
Re: Aclaración de autos y sentencias ¿hay que oir a la parte contraria?
Y cuando te hacen un paquete completo de subsanación, aclaración y complemento? Porque en mi caminar como Tramitad´Or, subsanacion, aclaración y complemento de vacaciones, ya me he encontrado unos cuantos de esos
Porque el artículo 214 y 215 vivirán en el mismo piso de la LEC pero maridan bastante mal
Porque el artículo 214 y 215 vivirán en el mismo piso de la LEC pero maridan bastante mal