Incidente en Ejecución.Claúsulas abusivas y tasación de costas.

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Macondo
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Incidente en Ejecución.Claúsulas abusivas y tasación de costas.

#1 Mensaje por Macondo »

Hola a tod@s, aunque leo con frecuencia las distintas secciones del foro y sigo con interés los distintos hilos que se van publicando, hace tiempo que no participo activamente.
Tengo una duda y agradecería cualquier aportación al respecto.

Se trata de una ENJ, en la que notificado el ejecutado y transcurrido el plazo para oponerse a la ejecución, dicho ejecutado solicitó justicia gratuita y cuando se le designaron los correspondientes profesionales presentó un escrito pidiendo se examinaran clausulas del título que eran abusivas. Se resolvió el incidente declarando la abusividad de distintas clausaulas y con condena en costas a la ejecutante. Posteriormente se presentó otro escrito por la parte ejecutada solicitando el sobreseimiento y archivo de la ejecución en base a la nulidad de las clausulas declaradas en el referido auto, la ejecutante se opuso alegando que la nulidad declarada no afectaba al despacho de ejecución toda vez que no se había reclamado nada por dichas clausulas, finalmente se dictó otro auto denegando el sobreseimiento acogiendo las alegaciones de la ejecutante en el sentido de que la cantidad por la que se despachó ejecución no estaba afectada por las clausulas declaradas nulas.

Ahora (cuando he llegado yo al Juzgado) me encuentro con la solicitud de tasación de costas del auto que declaraba la nulidad de las clausulas. El abogado minuta por la oposición a la ejecución y el procurador también, respecto al abogado nada que decir en principio, pero no me cuadra la minuta del procurador con el contenido del artículo 26 del arancel, toda vez que no se ha formulado oposición, aunque es cierto que los motivos alegados en el incidente son motivos de oposición a la ejecución, se requirió a la ejecutada para que circunscribiera las costas al auto y no a la cuantía de la ejecución y han alegado como he dicho: que aunque no se formuló oposición son motivos de oposición y por eso minutan por la oposición a la ejecución.
He pensado tasar las costa y que sea el banco ejecutante quien alegue lo que considere e impugne la tasación, pero no estoy del todo conforme con aplicar el baremo que me marca el artículo 26, no se, puede que me esté liando yo solo y sea tan simple como tasar por el artículo 26. Bueno, siento esta parrafada y espero cualquier aportación. Gracias.