Denegar homologación de acuerdo.

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secreperdida
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Denegar homologación de acuerdo.

#1 Mensaje por secreperdida »

Buenos días.
En un procedimiento de Despido, las partes han presentado un escrito solicitando la homologación del acuerdo al que han llegado, la cuestión, es que incluyen expresamente un párrafo en el que la empresa reconoce adeudar las cantidades reclamadas pero que se encuentra imposibilitada para proceder a su pago y reconoce el derecho de las demandantes a instar la correspondiente ejecución judicial del acuerdo a fin de acreditar la insolvencia de la empresa. También añaden que una vez aprobado el acuerdo constituye titulo ejecutivo suficiente por incumplimiento de pago de las cantidades reconocidas.

Vamos, que están conciliando reconociendo expresamente que no van a pagar y que pague FOGASA.

Ýo sé que muchas veces cuando concilian las partes ya lo saben, pero vamos así de forma tan explícita, no tengo claro que pueda aprobarse una conciliación en esos términos, pero no sé muy bien si debo requerirles que lo subsanen, directamente no aprobarla y que comparezcan a presencia judicial como dice la ley.

No sé como proceder en este caso.
Gracias de antemano, me estáis ayudando mucho

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ELY
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Registrado: Lun 11 May 2009 7:47 pm

Re: Denegar homologación de acuerdo.

#2 Mensaje por ELY »

Buenos días Secreperdida,

Yo personalmente tengo la costumbre de no hacer homologación alguna de acuerdos que las partes presentan por escrito y que pretenden que sin venir al juzgado se dicte decreto de homologación.

Se lo deniego, y les obligo a comparecer en persona todas, en donde si han traído un acuerdo, se dicta o copia y se transcribe al acta de conciliación. Cualquier cuestión que a mi no me parece que sea correcto consignar, digo que no se pondrá en el acuerdo y si no están conformes, se termina sin avenencia y pasan a l juez, que si el quiere hace la conciliación por auto de lo que le de la gana, pero yo no trago con cosas como lo que te presentan las partes (decir que el juez aquí tampoco traga con eso).

Es cierto que como ya me conocen, casi nunca intentan acuerdo de ese tipo “chanchulleros”, alguna vez algún abogado de fuera de plaza, pero cuando lo piden previamente les suelo poner una diligencia de este tipo:

“Dada cuenta y visto el estado del procedimiento, así como el escrito presentado en el día xxxxx por la abogada DÑA xxxxxxx en nombre de la parte actora, se indica al mismo que:

1.- En el ámbito laboral NO es de aplicación la homologación judicial previa a la vista de juicio, de acuerdos extraprocesales entre las partes al amparo del artículo 19.2 LEC en relación al 415 LEC, ya que dicha aplicación se excluye conforme a la DF4ª LRJS al tener regulación propia al efecto la normativa procesal laboral, que establece:

a) para antes del Juicio los acuerdos entre las partes se formalizan por “conciliación” ante el Letrado de la Administración de Justicia mediante comparecencia en la oficina judicial y documentación en acta (artículo 84.1 LRJS) y aprobación por decreto al efecto; siendo esto bien en el acto de conciliación previa al juicio (artículo 84.1 LRJS), bien con carácter previo al día de juicio a solicitud de las partes (82.3 LRJS)

b) en trámite de recurso, si se establece la posibilidad de “homologación judicial” mediante auto al respecto del acuerdo transaccional alcanzado por las partes los acuerdos entre las partes (artículo 235.4 LRJS)

c) en ejecución de sentencia, si se establece la posibilidad de “homologación judicial” mediante auto del convenio suscrito entre las partes (artículo 246.3 y 4 LRJS)

2.- Por todo lo anterior, y no encontrándonos en el caso del punto 1,b) ni 1,c), sino antes de la vista de juicio, por ello NO PROCEDE HOMOLOGAR ACUERDO ALGUNO, manteniéndose el señalamiento vigente para el día xxxxxx; sin perjuicio del posible desistimiento expreso que pueda hacer la parte actora, si a su derecho interesa, o solicitar cita de día y hora para para alcanzar una conciliación previa en el Juzgado al amparo del 82.3 LRJS.”


Un saludo,

Ely

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