Determinación cuantía ejecución

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Julia

Determinación cuantía ejecución

#1 Mensaje por Julia »

Qué hacéis para fijar la cuantía en las ejecuciones de sentencia en los que la cantidad se deja para esta fase?.
Me refiero a los típicos casos en los que ha habido nulidad por usura del contrato y no se acuerda que la liquidación se hará en fase de ejecución.
Con carácter previo a la ejecución abrís pieza por el 718?

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Procurador
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Re: Determinación cuantía ejecución

#2 Mensaje por Procurador »

Sería la ejecución de una obligación de hacer, el reliquidar la deuda, por lo que, en principio, no tendría cuantía.
Por lo demás, desde el otro lado y siendo que llevo unos cuantos procedimientos de revolving, yo soy partidario de pedirlo en el ordinario y dejarse de gaitas pero hay criterios para todo si bien, al menos por mi experiencia, la mayoría de los juzgados no obligan a ir a ejecución y tramitan en el ordinario.

Paloma69
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Re: Determinación cuantía ejecución

#3 Mensaje por Paloma69 »

Las sentencias con reserva de liquidación están prohibidas (219 LEC).
Como el juez es inamovible, dictada sentencia con reserva de liquidación y presentada demanda ejecutiva se abren dos opciones:

A.- Tramitar de forma previa su liquidación a través del 713 / 718 LEC y despachar por la cantidad líquida que se obtenga del trámite (incidental).

B.- Despachar por obligación de hacer que, una vez presentada la liquidación y aprobada, se transforma en dineraria.
DFW dejó dicho: La mediocridad depende del contexto. ( :cool: )

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