¿Cómo se materializa la fe pública en un juzgado de instrucción estando o no en servicio de guardia por parte del/de la LAJ en las declaraciones de testigos, perjudicados e investigados?
Es una duda que me surge a raíz de que al no utilizarse medios tecnológicos su autenticidad no puede estar garantizada por el/la LAJ mediante la utilización de la firma electrónica.
¿Está presente en dichos actos procesales o firma con posterioridad?
Duda fe pública
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Re: Duda fe pública
Es muy fácil, si, pongamos, que a tí, te mandan a hacer cuatro registros de dos horas cada uno, la actividad del juzgado de guardia, en el interin, se paraliza... así lo hacía yo en mis tiempos de Instrucción...
Re: Duda fe pública
No se garantiza. Igual que en la concesión de poderes apud acta, cesiones de remate, conciliaciones...