Cambio de domiclio del ddo tras la admision
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
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Carlo
Cambio de domiclio del ddo tras la admision
Hola! cuando una vez admitido un declarativo se hace averiguacion domiciliaria y el ddo tiene domiclio en otra provincia que haceis?Lo mandais al territorialmente competente o ya os lo quedais y le emplazais por exhorto?gracias
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Alvaro Balas
Re: Cambio de domiclio del ddo tras la admision
Depende de si es Ordinario o Verbal.
Si es Ordinario tienes que continuar puesto que la competencia en los Ordinarios no es imperativa y por tanto cabe la sumisión, debiendo denunciarse por el demandado la falta de competencia por declinatoria.
Si es Verbal, al ser la competencia imperativa, has de declarar de oficio la falta de competencia (previa audiencia del Fiscal y de las partes personadas)
Si es Ordinario tienes que continuar puesto que la competencia en los Ordinarios no es imperativa y por tanto cabe la sumisión, debiendo denunciarse por el demandado la falta de competencia por declinatoria.
Si es Verbal, al ser la competencia imperativa, has de declarar de oficio la falta de competencia (previa audiencia del Fiscal y de las partes personadas)
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MAF1
Re: Cambio de domiclio del ddo tras la admision
discrepo respetuosamente he leido hace poco un par de sentencias del TS sobre la interpretacion de la perpetuatio iurisdictionis en las q vienen a decir que lo importante es la fecha en la cual se ha cambiado de domicilio, si es antes o después de la interposición de la demanda, para lo cual hay que mirar en las averiguaciones domiciliarias del PNJ la fecha en la que se produjo el cambio de domicilio