Buenos dias:
En un juicio verbal de desahucio, después de sentencia y en trámite de lanzamiento se ha acordado la sucesión procesal de la parte demandante. Ahora la representación procesal de la demandante inicial me solicita la tasación de costas.
Aunque se tramitó el procedimiento por la representación que solicita la tasación, en este momento ya no tiene condición de parte, puede pedir las costas o tendría que solicitarlo la nueva representación de la actual demandante?
Costas y sucesión procesal
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Alvaro Balas
Re: Costas y sucesión procesal
No puede, dado que la venta del crédito (cesión) incluye todos los conceptos, esto es, principal, intereses y costas; por tanto es la nueva parte (cesionario) el único legitimado para reclamar costas y por tanto pedir su tasación.
La cesión del crédito supone la subrogación procesal, y por tanto el derecho del cesionario a cobrar el 100% de la deuda con independencia de lo que haya pagado por la cesión; es por tanto el único legitimado para instar tanto la tasación de costas como la liquidación de intereses.
La cesión del crédito supone la subrogación procesal, y por tanto el derecho del cesionario a cobrar el 100% de la deuda con independencia de lo que haya pagado por la cesión; es por tanto el único legitimado para instar tanto la tasación de costas como la liquidación de intereses.