Competencia Territorial indemnización vuelos

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RafaJ
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Competencia Territorial indemnización vuelos

#1 Mensaje por RafaJ »

Buenas tardes,
Tengo una demanda de una chica que ha solicitado indemnización por cancelación de vuelo. (honduras-madrid)

Tengo dudas si el competente territorial es el domicilio del ddte (ccuu) o domicilio del.ddo (aerolinea) o lugar de llegada avión (madrid)

He visto el acuerdo Sala Civil 2026 pero no me quedó claro.

Nota: ella ha cedido a una mercantil la gestión de la reclamación y cobro de la indemnización que resulte del proceso judicial.
Creo que por eso pierde el ser Consumidora y sería aplicable el fuero gral del domicilio DDO P. jurídica.

Gracias.

Perdon por duda tan tonta

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Terminatrix
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Re: Competencia Territorial indemnización vuelos

#2 Mensaje por Terminatrix »

La duda no es tonta. Creo que va todo el mundo loco con el tema de la competencia objetiva y territorial ¿Es Mercantil o Civil? ¿ Se aplica un fuero u otro? El TS no parece que haya sido totalmente claro.
En tu caso, el añadido de la cesión del crédito introduce una nueva variable.

A ver qué opinan los foreros. :wink:
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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