CARTA INTERESANTE QUIERO OPINIONES

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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invi

CARTA INTERESANTE QUIERO OPINIONES

#1 Mensaje por invi »

MINISTERIO

DEJUSTICIA

El Secretario de Estado

Estimado/a Sr./Sra. Secretario/a:

Un objetivo esencial de la reforma de la Oficina Judicial, promovido por la LOPJ, consiste en

reducir al máximo las Unidades Procesales de Apoyo Directo, lo que obligará a ampliar el

espacio de los servicios comunes procesales, especialmente el Servicio Común de Ordenación

del Procedimiento y el Servicio Común de Ejecución. Un despliegue eficiente de estos servicios

exige la presencia de los secretarios judiciales, quienes promoverán en ellos sus nuevas

competencias de impulso y ordenación del procedimiento, ejecución de las resoluciones

judiciales, conciliacióny jurisdicción voluntaria.

El reequilibrio entre las Unidades citadas (estructura básica de la Oficina Judicial), en

favor de los Servicios Comunes Procesales ha sido reclamado mayoritariamente en las

conclusiones de la Comisión de Coordinación de las Comunidades Autónomas con

competencias en materia dejusticia de 29-09-2006, y asumido por la Conferencia Sectorial de

10-10-2006.Para garantizar la homogeneidad de la estructura básica de la Oficina Judicial en

todo el territorio nacional, ese reequilibrio exige promover al máximo las medidas de

racionalización y actualización de los medios personales y materiales, y alcanzar así una mejor

y más rápida Administración de Justicia.

Para lograr dicha racionalización, el Ministerio de Justicia se propone generalizar la

grabación digital de todas las vistas en todos los órdenesjurisdiccionales, estableciendo a estos

efectos las herramientas técnicas necesarias para que los secretarios judiciales puedan

garantizar la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido.

La introducción paulatina en nuestras leyes a lo largo de estos últimos años, de la

posibilidad de utilizar medios informáticospara el desarrollo de la actividad de los juzgados y

tribunales (arts. 230 LOPJ, 135 y 146 de la LEC), o para dejar constancia fehaciente de la

realización de actos procesales (art. 453 LOPJ), ha ido acompañada siempre de la exigencia de

dejar garantizada la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos que sirvan de

soporte a los mismos. Sin embargo, hasta la fecha se vienen documentado diariamente en

nuestros juzgados y tribunales miles de vistas orales sin las mencionadas garantías, al no

haberse introducido todavía la utilización de la firma electrónica reconocida en los términos

exigidos por la ley 59/2003 de firma electrónica para que dichos documentos electrónicos

gocen del carácter de públicos H... por estar firmados electrónicamente por funcionarios que

tengan legalmente atribuida lafacultad de darfe pública judicial ... "

El Ministerio, en su interéspor que las actuacionesjudiciales cumplan al máximo con el

principio de seguridad jurídica establecido en el arto 9 CE, y con el derecho de todos los

ciudadanos a un proceso con todas las garantías que impone el arto 24 CE, ha llegado a la

1

..- -. .......-.

---

.~~ ....

conclusión de que actualmente y en las condiciones en que se están documentando las vistas

orales, dichos principios no están suficientemente garantizados. Esta la razón por la que se

pretende abrir un amplio debate público sobre la necesidad de impulsar la utilización de la

firma digital.

Con este motivo, se han celebrado reuniones de trabajo entre los asesores de los

distintos centros directivos del Ministerio de Justicia, con expertos en seguridad informática y

en grabación digitalizada de vistas, así como con reconocidos procesa listas y

constitucionalistas, habiendo llegado a las siguientes conclusiones:

a. Técnicamente es posible garantizar al 100% la seguridad, integridad e

imposibilidad de alterar o manipular el documento electrónico que, incorporando la

firma electrónica reconocida por el Secretario Judicial, sea soporte documental de

la actuaciónprocesal llevada a cabo bajo lafe pública judicial.

b. Quedandofiel e íntegramente reflejado en la grabación digitallo ocwrido durante

el transcurso de la vista oral, la garantía de que la misma se encuentra bajo el

amparo de la fe pública judicial no precisa de la presencia física continua e

ininterrumpida del secretario judicial, sino que la misma es suficiente con que

garantice que la documentación del acto se ha realizado por aquél, como titular del

ejercicio de lafe pública judicial con exclusividady plenitud.

c. Es necesario regular en las leyes procesales el alcance y el valor que debe darse a

la documentación efectuada en soporte digital con la intervención del secretario

judicial, así como la nulidad de pleno derecho que cualquier intento de alteración o

manipulación de dicha documentación debe llevar aparejada.

La no necesaria presencia física de los secretarios judiciales en los casos de grabación

digital de las vistas con firma electrónica, permitirá acudir a la medida racionalizadora

prevista en el artículo 437.3 de la LOPJ, a saber, reducir el número de secretarios judiciales

integrados en las Unidades Procesales de Apoyo Directo. Esto es posible porque se ajusta el

desempeño de lafe pública judicial al despliegue generalizado de las nuevas tecnologías en los

procesos judiciales. Por otra parte, se conseguirá una amplia integración de secretarios

judiciales en los Servicios Comunes, espacio natural para el desempeño de sus nuevas

competencias. Esto supondrá acentuar el protagonismo y la puesta en valor del Cuerpo de

Secretarios Judiciales como expertos procesales en la nueva Oficina Judicial, y reforzará la

función defedatarios públicos, allimitarla a los momentos en que realmente es necesaria, y al

quedar claramente regulada la nulidad de pleno derecho de toda actuación llevada a cabo sin

lapreceptiva intervención del secretariojudicial

Cabe destacar que, frente a erróneas apreciaciones, eso no supone enforma alguna la

liquidación de la fe pública ni tampoco la desaparición de los secretarios judiciales de las

2

---" .-. --... -_._. 0.0_. ... O", __ _'_" ____

ti

Unidades Procesales de Apoyo Directo, ya que en el/as se mantendrán los secretarios que sean

necesarios para asistir a jueces y magistrados en las funciones que les son propias y para

asegurar las actuaciones necesarias para el exacto y eficaz cumplimiento de cuant(ls

resoluciones dicten.

En forma concordante, el Ministerio de Justicia está decidido a afrontar el necesario

incremento de la partida para las retribuciones del Cuerpo de Secretarios Judiciales, dado que

junto al mayor número de puestos singularizados en detrimento de los genéricos que van a

ocupar las Unidades Procesales de Apoyo Directo y por consiguiente la mayor cuantía del

complemento específico contemplado para dichos puestos, se producirá un incremento en la

partida destinada al pago de la productividad una vez que la misma se establezca de manera

definitivay vaya ligada a la consecución de objetivos.

Por último debe indicarse que estamos ante una iniciativa puesta en común con todos

los interesados. En efecto, el Ministerio de Justicia hizo partícipe de la decisión al Pleno de la

Conferencia Sectorial en materia de Administración de Justicia celebrado el pasado día 10 de

octubre, manifestándose el apoyo a dicha medida por parte de siete de las nueve comunidades

autónomas allí representadas. Asimismo, la iniciativa ha sido presentada a los Secretarios de

Gobierno y a los Secretarios Coordinadores Provinciales. También, en distintas reuniones, se

ha recabado la opinión de asociaciones y sindicatos de secretarios.

A todos el/os se les ha pedido colaboración para acometer el estudio de dicha

regulación en las mejores condiciones posibles, así como su participación en los grupos de

trabajo que se van a constituir a tal efecto, ya que este Ministerio considera imprescindible

contar con el apoyoy adhesión de todos los implicados en el momento de abordar la regulación

de una materia tan trascendental para el horizonte profesional del Cuerpo de Secretarios

Judiciales.

El Ministerio, ante las posibles opciones de que disponía para abordar las reformas

procesales necesarias, ha optado por elaborar, tras un proceso de análisis .y discusión, un

proyecto de ley que aborde de manera específica y sistematizada esta nueva medida

encaminada a introducir mediante el empleo de la firma electrónica reconocida, los mayores

cotas de seguridad y garantía a las actuacionesprocesales.

Madrid, 28 de noviembre de 2006

Luis López Guerra

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Invitado

#2 Mensaje por Invitado »

Vaya una juerga flamenca. Para contentar a unos y a otros, tenemos el mitico y muy español café para todos (que como siempre no contentará a nadie).
Es decir, el Ministerio dice: no queremos a los Secretarios en las vistas, que pueden hacer otras cosas más interesantes. Tenemos magníficos aparatos que lo graban todo, y ojo al dato, tenemos preparada la magnífica firma electrónica, por la cual el Secretario que no está dará fe de algo en lo que no ha estado.
Es magnífico.


En conclusión: para mantener la fe pública en la Sala y que no se enfaden los fedataristas, invento absurdo al canto. Se enfadarán fedataristas y no fedataristas. Qué país.

Invitado

#3 Mensaje por Invitado »

A mi me recuerda a esas cartas que mandaban los hijos que estudiaban fuera de casa a sus padres: "Querido dinero: mándame padre". Sólo que aquellos hijos eran mas sinceros, decían lo que querían aún en último lugar.El Ministerio sin embargo calla que todo es para ahorrarse pagar sustituciones en vistas y, de paso contentando a los nacionalistas, desjudicializan un poco mas a los Secretarios para allanar la transferencia.

invitada

#4 Mensaje por invitada »

El tema es muy, pero que muy interesante. Hay que tener en cuenta que esta carta la ha remitido el Secretario de Estado a todos los Secretarios de Gobierno por correo electrónico.
¿ No os parece llamtivo? Es asombroso que conociendo el Ministerio la alarma que se está produciendo entre los Secretarios, se dirija directamente a los Secretarios de Gobierno a través de una misiva informativa.

CANDIDO

#5 Mensaje por CANDIDO »

Me parece perfecto. Como ya dije se puede defender la fe publica tacticamente para obtener contraprestaciones y no estrategicamente ya que carece de sentido.
Si el Minsterio esta dispuesto a darnos mas competencias procesales y mas pasta, como se insinua en la carta, no solo me alegraré de la muerte de la fe publica judicial sino que sere el primero en enterrarla y luego bailar sobre su tumba.

anda que...

#6 Mensaje por anda que... »

¿Por qué nadie se había acordado antes de que existe la firma electrónica ? Han pasado muchos años desde que nos la vendieron.
No quiero ser hipócrita. Así que os diré que aunque me preocupa mucho oir hablar de suprimir la fe pública judicial, sin embargo reconzco que se ha hecho mucha dejación de ella en actos muy importantes a parte de los juicios; y que en otras ocasiones se ha abusado de ella en situaciones que no vienen definidas en leyes, y que acontecen en la vida del Juzgado.
Me gustaría tenerlo muy claro y poder opinar sin dudas acerca de su obligatoriedad en las vistas. Pero lamentablemente no lo tengo nada claro.
A priori la carta tiene buena pinta. Pero el Ministerio no es de fiar.
Que el Secretario de Estado mande semejante misiva a los Secretarios de Gobierno suena a pasquín político y está claro que se está adelantando a las reacciones de los Secretarios y reuniones que están teniendo lugar estos días.

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Carlos Valiña
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#7 Mensaje por Carlos Valiña »

Secretarios en las UPad. Se mantendran:
los secretarios que sean necesarios para asistir a jueces y magistrados en las funciones que les son propias y para asegurar las actuaciones necesarias para el exacto y eficaz cumplimiento de cuantas resoluciones dicten.
Sin comentarios.

Pero pasemos a lo importante.

Parece que tal y como ya adelantamos en este foro el Ministerio da el primer paso para retirar la fe publica de las salas de vistas y para sustituirla por la fe de que el disco que ha salido de la grabadora de una Sala de vistas corresponde a lo actuado en una Sala de Vistas. Esto se haga como se haga no pasara de ser una mera formalidad, porque evidentemetne solo existe un juicio señalado para una determinada hora en un determinado juzgado con un determinado Juez, unas determinadas representaciones procesales y unas determinadas partes.

Las implicaciones de todo esto ya las hemos ido analizando desde que se planteo el tema hace muchos meses. La carta del Ministerio ello no obstante permite hacer algunas reflexiones mas:

Las decisiones se siguen tomando en la conferencia sectorial y en las reuniones con las Comunidades Autonomas. Por mas que se hable de pasada de reuniones con supuestos "representantes" nuestros, es lo cierto que nada se ha decidido hasta que se ha hablado con los que realmente importan, y tienen una representacion acreditada en urnas.

El trasvase de Secretarios hacia los Servicios Comunes, consecuencia de esta medida, es algo que no por previsto, no deja de evidenciar que se incrementa mas si cabe el peligro de la transferencia, puesto que desgaja a la mayoria de los Secretarios incluso de la "presencia fisica" en los organos judiciales y pasan a estar incardinados en los Servicios Comunes, que no olvidemos merced a la maravillosa reforma de la LOPJ que apoyaron esos mismos "supuestos representantes" quedan bajo la orbita de las Comunidades Autonomas.

Es dificil creer a estas alturas que el Ministerio siga apostando por las reformas "procesales" que se anunciaron en 2003 va para tres años, con la legislatura a punto de cumplirse, sin mayorias claras, con erosion en las encuestas, y con problemas de gobernabilidad

La alusion al tema economico, es tambien sorpredente y a mi modo de ver transmite quiza una cierta idea de debilidad. Las ultimas huelgas de Madrid y Barcelona fueron desmontadas por algunos de esos "representantes" de la mano de interesantes subidas de sueldo en tales capitales.

Es evidente que si el Ministerio habia prometido mayores sueldos a los Secretarios de Servicios Comunes, al incrementarse estos habria de incrementarse el grueso de recursos economicos destinados a este fin, y como es evidente no hacia falta remarcarlo. No olvidemos en todo caso que aun no sabemos cuanto mas va a ser ese sobresueldo.

Si el Ministerio consideraba que las dotaciones de Secretarios previstas para los Servicios Comunes habian de ser suficientes para levantar el trabajo que se les iba a asignar, no tiene sentido asignar ahora mas Secretarios a estos Servicios y mas cuando la paralisis de las reformas procesales supone que no vayan a tener el trabajo que se preveia. Si les van a mandar adonde no hay trabajo ¿Que sentido puede tener esto?

En un orden sensato de las cosas, el Cuerpo deberia estar demandando que se le permitiera ejercer funciones jurisdiccionales de segundo nivel y descargar de este modo a los Jueces. El momento era el idoneo porque sobran un monton de Secretarios, lprocedentes de las Salas de vistas, en lugar de eso permanecemos en silencio y hacemos el ridiculo.

Algunos de los intervinientes se quejan de que algun forero hace el ridiculo y a eso se reduce todo su discurso, a torpes argumentos ad hominem. Lo que verdaderamente es hacer el ridiculo es no tener nada mas que aportar que una imputacion de ridiculo.

En buena logica es natural pensar que la decision de sacar a los Secretarios esta tomada, que esa decision, aisladamente considerada, es buena para el pais, y mala para nosotros como colectivo, porque no viene acompañada de ninguna contrapartida, que para los Jueces tampoco es buena, porque conservan el "asistente" fuera de la Sala, pero lo pierden dentro de ella, y porque el hueco dejado por nosotros en la Sala, vendra a ser ocupado de un modo u otro por un nuevo asistente, previsiblemente un Gestor con todo lo que ello supone.
El Ministerio, ante las posibles opciones de que disponía para abordar las reformas procesales necesarias, ha optado por elaborar, tras un proceso de análisis .y discusión, un proyecto de ley que aborde de manera específica y sistematizada esta nueva medida
Una vez mas se empieza regulando rapido lo que nos perjudica y para mas adelante lo que supuestamente nos beneficia. Asi todos los palos que nos la lareforma de 2003 nos los hemos quedado y seguimos incorporando leñazos.

¿Significa esto que hay que luchar contra esta supresion de la presencia del Secretario en las vistas?

Sigo pensando que la decision es dificil pero es mejor no oponerse o para ser exactos es lo menos malo. Habia que haber luchado contra la reforma de 2003 que de aquellos polvos vienen estos lodos y no se hizo. Pero no tiene sentido luchar contra algo que cae por su propio peso y era cuestion de tiempo. Es como si los auxiliares pretendieran seguir escribiendo a mano y que no usaran las maquinas de escribir.

Los Secretarios deberian de poder pèrmanecer en las Salas pero no como asistentes del Juez para dar una fe que no vale si hay grabacion. Deberian de entrar en las Salas con sus propias competencias jurisdiccionales.

¿Que hay riesgo en que nos dejen en cueros, antes de darnos un taparrabos? Cierto es. Pero hay mas riesgo en quitarnos una prenda cada dia y subastarla al mejor postor. Desnudos del todo daremos mas verguenza y quiza alguien caiga en la necesidad de cumplir el programa electoral del PSOE, o sea, Secretarios al Consejo y en atribuirnos Funciones Jurisdiccionales ya. Ultimo recurso que nos queda, que no es un plato de gusto, pero que es nuestra unica salida de este Stalingrado que se veia venir en 1999 y en el que estamos cercados desde la reforma de 2003.

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Invitado

#8 Mensaje por Invitado »

Carlos Valiña escribió:Secretarios en las UPad. Se mantendran:

los secretarios que sean necesarios para asistir a jueces y magistrados en las funciones que les son propias y para asegurar las actuaciones necesarias para el exacto y eficaz cumplimiento de cuantas resoluciones dicten.


Sin comentarios.


Carlos, no seas malo. Si comentas (o mejor dicho afirmas que no merece comentarios) una parte de la carta, es más honesto que cites toda la frase entera, o al menos la parte que le da sentido a la expresión.

En realidad se te ha olvidado poner:

" ... eso no supone en forma alguna la liquidación de la fe pública ni tampoco la desaparición de los secretarios judiciales de las Unidades Procesales de Apoyo Directo, ya que en ella se mantendrán los secretarios que sean necesarios para asistir a jueces y magistrados en las funciones que les son propias y para asegurar las actuaciones necesarias para el exacto y eficas cumplimiento de cuantas resoluciones dicten"

Si te lees el art. 437 de la LOPJ, el mismo establece:

A los efectos de esta ley orgánica se entiende por unidad procesal de apoyo directo aquélla unidad de la Oficina judicial que directamente asiste a jueces y magistrados en el ejercicio de las funciones que les son propias, realizando las actuaciones necesarias para el exacto y eficaz cumplimiento de cuantas resoluciones dicten.

Parece evidente que el que redactó la carta estaba transcribiendo dicho artículo 437, y lo que pasa es que la redacción da a enteder que son los secretarios los que asisten a jueces y magistrados, pero no deja de ser una mala construcción de una frase.

Alguna vez tendremos que quitarnos de encima este complejo de inferioridad que nos invade.

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Carlos Valiña
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#9 Mensaje por Carlos Valiña »

Bueno pues en eso de interpretarme tienes que afinar un poco.

A diferencia de ti, y no me parece mal que actues sin nombre, yo actuo con nombre y apellidos y dependo del Ministerio de Justicia. Existe la libertad de expresion y hay un deber, no se si escrito o no, de lealtad para con el Ministerio al que estoy adscrito, maxime en un Funcionario Publico y maxime sin la cobertura que da una "capa sindical".

En consecuencia deberas comprender que sea prudente, y que haya remarcado un texto para que cada cual saque sus propias conclusiones sin querer decir las mias.

Permiteme que con mis aciertos y mis errores llegue hablando con nombre y apellidos hasta donde crea que debo llegar.

El motivo de no citar la frase entera no fue otro que el de destacar precisamente ese parrafo, cuanto mas corto mas impactante, despojandolo de todo lo que juzgue paja anterior y posterior. Si no iba a hacer comentarios necesitaba que el pasaje en cuestion resaltara o se dificultaria el encontrar entre tanta paja lo que me parecio mas llamativo de la carta.

Bien el caso es que tu me citas un parrafo entero y no veo ningun cambio de sentido. Yo no he ocultado la carta del Ministerio, esta bien clarita a la vista de todos y lo que he hecho ha sido destacar algunos aspectos de la misma.

El ministerio nos dice que se mantiene la fe publica, pero eso a mi no me parece lo importante, lo importante es para que se mantiene. Para ti puede ser esencial seguir en las Salas aunque sea barriendo el suelo para mi es esencial que lo que se haga sea importante y si la fe publica se reduce a cosas inutiles deja de ser importante. Cada cual enfoca la cuestion segun su percepcion de las cosas y del mismo modo que yo respeto la tuya me gustaria que hicieras lo propio con la mia.

Puesto que parece que el grueso de las funciones de ejecucion de prosperar la reforma, se habrian de hacer en los servicios comunes de ejecucion, en las upads, no quedaria otra funcion que la de "asistencia en las funciones que les son propias" y me gustaria me respondieras que crees tu que integra esa asistencia. Estoy muy interesado en conocer como lo ves tu, porque asi podremos comprender para que crees tu que el Ministerio mantendria los Secretarios en las Upads.

No se me ha olvidado poner el texto de ese articulo porque en realidad no lo recordaba. Si lo hubiera recordado hubiera puesto exactamente lo mismo, porque ese articulo tiene una lectura muy diferente desde el momento en que se cae la unica funcion cotidiana que yo veo incardinable en ese 437 la fe publica en Sala.

Citarlo ahora, precisamente cuando la fe publica en sala se cae, y para defender que ello no obstante el 437 va a continuar teniendo vigencia, no tiene sentido alguno, y de todas formas creo que yerras en ampararte en ese articulo, porque o mucho me equivoco o en ese proyecto de ley urgente para sacar la fe publica de la SAla, es probable que el 437 que se invoca termine convenientemente maquillado y sino al tiempo.

Respecto del complejo de inferioridad que alguno viene alegando unicamente, yo que creo que tenemos complejo pero de superioridad, te dire una cosa, hay veces que pienso si no sera el caso de pensar aquello de "piensa el ladron que son todos de su condicion".

Si por ventura creyeras que yo tengo algun tipo de complejo de inferioridad pues no hay problema. Nos dices tu nombre empezamos a contar cosas aqui publicamente, y comprobamos si yo lo tengo, y de paso si tu has demostrado no tenerlo en la suficiente medida como para insinuar que yo pueda tenerlo.

Ahi tienes el envite y nada me gustaria mas que reconsideraras tus palabras porque en definitiva, yo he dado una respuesta bastante larga a la carta que ha puesto invi, y lo unico que me encuentro de tu parte es un ataque personal y un juicio de intenciones sobre si callo aquello, oculto lo otro, y puedo estar sufriendo algun tipo de complejo.

Me parece que la situacion es lo suficientemente grave como para que debieramos centrar el analisis en los problemas y no en los participantes en el debate.

Esa eleccion en todo caso corresponde a los foreros y cada cual obrara segun su conciencia.

Saludos cordiales a ti y a todo el foro.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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Candido

#10 Mensaje por Candido »

No estoy de acuerdo con Carlos en que no haya que oponerse a la eliminacion en las vistas. Nuestra presencia alli es una baza porque el ministerio quiere eliminarla. Lo mejor es oponerse de frente amenzando con todo, luego en la mesa de negociaciones se cambia la fe en la sala, que es una tonteria, por lo que se pueda.
Yo estoy casi por firmar la carta del colegio, pero me temo que si lo hago harán un uso estupido de la misma. Se cerraran en banda y cuando el ministerio diga que suprime la fe en la sal se levantaran y se iran o en el peor de los casos, acabaran cambiando la fe por unos carguitos para los amiguitos.

Invitado

#11 Mensaje por Invitado »

Aunque este último es el peor de los casos es el mas probable.

Invitado

#12 Mensaje por Invitado »

:) He leido la carta del Secretario de Estado con detenimiento y en mi opinión me parece bien lo que dice , sin embargo la del Colegio no la he firmado porque me parece que los del Colegio y los fedetaristas están encastillados. Y que tampoco pasa nada porque nos transfieran a las autonomías. El caso es que nos den alguna salida.

Invitado

#13 Mensaje por Invitado »

Si, bonito, aunque sea una fregona.

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