LA DACION DE CUENTA

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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PENAL2

LA DACION DE CUENTA

#1 Mensaje por PENAL2 »

Cuando se preparaba la reforma de la LOPJ asistía con estupor a la posición de nuestras asociaciones defendiendo la dacion de cuenta. Pensaba si sabrían bien lo que estaban diciendo cuando abogaban, en el caso del Colegio de manera clarísima, por su mantenimiento. Al final, se ha mantenido, claro.
Con lo cual, cualquier problema importante que ocurra en el juzgado generado por omisión es culpa siempre nuestra, por no haber dado cuenta. ¿se puede ser más tontos? Yo no estoy muy seguro, pero creo que no.
Y no quiero seguir comentando más por ahora, que esto es un foro público, y no está bien entrar en el significado que entraña el dar cuenta.
Igual no estoy enamorado de mi profesión...

Invitado

#2 Mensaje por Invitado »

Solución: se encarga un sello que diga, p.e. "Recibido el anterior escrito en el día de hoy (fecha), doy cuenta al Sr.Magistrado-Juez/Sr.Juez. Doy fe.". Se pone en cada papelito que entre, se firma y se da al gestor. Formalmente la dación de cuenta ya está hecha.

Invitado

#3 Mensaje por Invitado »

Problemas: la dación de cuenta se hace al Juez, no al Gestor. Y por si no te has leído ninguna resolución, en todos los modelos del Juzgado suele aparecer aquello de "Recibido el anterior escrito en el día de hoy (fecha), doy cuenta al Sr.Magistrado-Juez/Sr.Juez. Doy fe."

Invitado

#4 Mensaje por Invitado »

Se da el papelito al Gestor para que ponga(1) la resolución y si no lo sabe se lo consulte al Magistrado/juez.
Si el Secretario Judicial ve necesario minutar ya lo hará.

(1) si alguien necesita más explicación está muiy lejos de la realidad diaria

Invitado

#5 Mensaje por Invitado »

Lo que está lejos de la realidad es la dación de cuenta. Nadie la ve, pero se retribuye. Para coger una escrito y dárselo al Gestor no hace falta un cuerpo A. Es una función vacía pero que queda muy aparente. Como los Secretarios.K

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Carlos Valiña
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#6 Mensaje por Carlos Valiña »

La dacion de cuenta era una funcion sensata en una epoca en que habia poco trabajo en los juzgados. En los años sesenta habia juzgados de primera intancia con un unico pleito civil al año. Es la heredera ademas de otras funciones previas como la relacion de autos, y en definitiva era una funcion posible de realizar.

Con el paso de los años se convirtio en una funcion practicamente inasumible para una sola persona, y en la practica sirvio para que el juez intentara eludir su responsabilidad (tambien inasumible) descargando el palo en el Secretario.

Asi por ejemplo recuerdo un caso donde prescribieron cincuenta o sesenta juicios (no recuerdo si de faltas o abreviados) y el Secretario se da cuenta, lo dice al Juez, y el Juez para cubrirse denuncia al Secretario y Funcionario encargado. Al final el SEcretario echo las culpas al verdadero responsable la administracion que no doto interinos y la sobrecarga de trabajo y consiguio librar su pellejo y el del Funcionario.

Asi las cosas la solucion del papelito con caracter preventivo es buena, pero no es suficiente, porque te salva de los escritos, pero no de otras cosas, ejemplo que se pasado el tiempo de detencion de un preso. Si vas a poner el papelito lo mejor es que te lo saques a fotocopia, lo firmas por montañas y luego pides que te den los escritos que entran y lo vas añadiendo. En cualquier caso yo solo lo he hecho una vez y en situacion de conflicto potencial con el Magistrado.

En realidad lo que decide es si estas en un juzgado con las cosas controladas (buen personal) o descontroladas (mal personal o sobrecarga absoluta de trabajo). En el segundo caso lo mejor es irse en cuanto se pueda.

Para los funcionarios que amablemente nos critican, les dire que muchas veces el sueldo de grupo A, por cierto cada vez mas proximo al que ganan los Gestores en algunas comunidades autonomas, no es por poder ejercer grandes funciones juridicas, sino mas bien por ejercer funciones secundonas pero peligrosas, como por ejemplo la de guardaespaldas del juez. El caso es que si el juez te denuncia porque no le has dado cuenta de que pasaban los plazos y en el armario de alguien se han prescrito 60 juicios, van a ir a por ti, porque asi no tienen que ir a por el juez, es decir, eres el cabeza de turco nato para pagar el pato y tendras que pasar un expediente, cosa que ninguno de los amables funcionarios que nos critican conoce de primera mano o no hablarian como lo hacen.

En definitiva nuestra situacion se parece mas a la de Damocles, un sillon que parece de oro pero con una espada pendiente sobre la cabeza y eso en situacion neutral. No te quiero decir como se cimbrea la espada, cuando el juez o los Funcionarios en todo o en parte van a por ti, que tambien lo he visto.

Resulta que como casi siempre, no es oro todo lo que reluce:
Imagen

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

JACOBO

#7 Mensaje por JACOBO »

Como muy bien ha descrito Carlos, con la dación de cuentas ha pasado igual que con otras funciones del Secretario, y en particular, con la fe pública.
En efecto, el aumento constante e incesante del trabajo en los Juzgados, prácticamente inabarcable, ha dado lugar a que esas funciones (fe pública, dación de cuentas) no puedan llevarse a cabo en su plenitud, de forma absoluta y sin fisuras, como sucedía en otros tiempos.
Así sucede, por ejemplo, con la fe pública y las declaraciones penales en los Juzgados mixtos, en las que no entran por regla general los Secretarios porque de otro modo no podrían hacer otra cosa en la Oficina (y se dirá que el Juez tampoco, pero éste puede tener una labor mucho más importante -dictar Sentencias y resoluciones- pero menos extensa que la del Secretario, que debe atender a otros muchos aspectos, tal vez menores, pero que exigen su atención: registros, impulso, etc)
Pues bien, con la dación de cuenta, y Carlos lo ha explicado de forma magistral, ha pasado lo mismo. Una función importante, en origen, porque ponía en marcha el engranaje del Juzgado, se ha visto hoy en día superada por el volumen de tabajo, por la realidad, pasando a ser algo residual, puramente formal o aparente, por mucho que el Secretario intente cambiar esa situación, ejerciendo un verdadero control en el Juzgado.
Pero aun admitiendo lo anterior, yo creo que al igual que sucede con la fe pública (que aún sigue brillando en algunos aspectos, por ejemplo las actas en las vistas o los apud acta, aunque esa luz hoy decline) en el caso de la dación sigue manteniendo su importancia y su razón de ser, cuando el objeto de la misma así lo exige. Es el caso, por ejemplo, del plazo de prisión preventiva, de los escritos o asuntos de civil y penal realmente urgentes, que los hay.
En este caso el Secretario Judicial, bien directamente, bien a través de la previa dación de cuenta del Gestor, que con la nueva LOPJ ha de darle a él, no lo olvidemos, debe ejercer su función en plenitud y a todos los efectos legales, con todas las consecuencias, trasladando la responsablidad a quien realmente la tiene en el Juzgado, es decir, el Juez o Magistrado.
Ciertamente, pueden ser pocos los casos en que esa dación de cuenta sea realmente relevante o consistente, y pase del puro formalismo de plasmar el sello del que se hablaba en este foro en el escrito (instrumento que suele utilizar el Secretario en caso de conflicto con el Juez)
Pero esos pocos casos, a mi entender, bastan para mantener la función, porque son esenciales para el normal funcionamiento del Juzgado, y para la correcta distribución de responsablidades dentro del mismo.
Un saludo.

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Magistrado Granollers
Mensajes: 2184
Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm

#8 Mensaje por Magistrado Granollers »

Coincido plenamete con Carlos y Jacobo en su diagnóstico, aunque quiero poner de relieve también la perspectiva del Juez -que es la que mejor conozco, obviamente- sobre este asunto. Y es que al márgen de que pueda verse como una manera de desplazar responsabilidad al Secretario, la verdad es que es dificil pretender que un Juez pueda resolver algo que no sabe que existe. Los escritos no se presentan ante él, ni él los provee "administrativamente" hasta que están encima de su mesa para resolver, y no veo razonable pedir que el Juez se dedique a perder el tiempo en recorrer mesas y armarios de los funcionarios "buscando trabajo". Otra cosa es que al Secretario le pase algo parecido, aunque con la diferencia de que a él le pueden buscar las cosquillas por ministerio de la ley, que le obliga a esa dación de cuenta. Lo lógico aquí sería pensar que los funcionarios que reciben escritos y tramitan pleitos -los gestores, para ser mas preciso- también deben comunicar al secretario el estado de lo que tramitan y llevar el control de eso. Es decir, el sistema de pirámide originalmente previsto en las leyes, donde un tramitador controla 25 pleitos, un gestor 75 y un Secretario 150, por poner un ejemplo, pero siempre a través de la información que recibes de quienes están bajo tu responsabilidad. En todo caso, si quiero destacar que la informática que tanto nos fastidia en algunas cosas, aquí podría muy bien venir al socorro, porque no veo dificil que se implanten alertas y métodos de busca de pleitos en que no se ha proveído nada desde hace un tiempo.

En los Juzgados en que he estado yo, la solución que hemos dado al tema de la dación de cuenta al Juez ha sido mas simple: Tengo la estatería dividida en varias zonas, con etiquetas: Sentencia/Recursos/Pruebas/Admisión, etc. y cuando hay algo para resolver, lo que sea, me lo van dejando los funcionarios en el montón correspondiente tras decírselo al Secretario al llevárselo para que firme la diligencia de que me lo pasan, o él mismo cuando lo cree conveniente. De esa manera siempre sé de un vistazo lo que tengo de cada clase para resolver y me organizo mejor, y el Secretario está mas tranquilo, porque es una dación de cuenta "visual" y casi inmediata, sin tener que decirme verbalmente uno por uno lo que ha tomado estado de resolver (Cosa que sería impracticable), permitiéndole cumplir a conciencia con la dación de cuenta al Juez dichosa, al menos de todo lo que él sabe que me pasan. Y las causas bajo secreto, con preso y pleitos de derechos fundamentales, siempre encima de mi mesa, de manera que sólo se cogen para proveer algo y se devuelven al sitio.

En fin, al menos a mí siempre me ha ido bien así, de modo que lo comento por si a alguien le sirve la idea. Saludos

Secretario de Fuenlabrada

#9 Mensaje por Secretario de Fuenlabrada »

:o Me parece muy bien Sr Magstrado que estás en los cielos, lo que haces en tu Juzgado de Granollers, lo que pasa es que no es extensible a toda España esa técnica visual de dación de cuenta.

Por otro lado tengo entendido que es el Magistrado el que después de la reforma de 2003 de la L.O.P.J. designa quien le da cuenta de un asunto si el Gestor el Tramitador o el Secretario. Alguna vez que me he acercado al despacho de un Magistrado a dar cuenta y me ha dicho que vaya el funcionario a su despacho a dar cuenta.

Saludos y perdona la ironía

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