COMPETENCIA FAMILIA Y VIOLENCIA GENERO

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DUDOSA

COMPETENCIA FAMILIA Y VIOLENCIA GENERO

#1 Mensaje por DUDOSA »

A ver si me explico con claridad y me podeis ayudar: el mismo día se presenta por el hombre en el Juzgado de familia demanda de divorcio con solicitud de medidas coetaneas. La mujer, por su parte presenta en el Juzgado de violencia medidas previas a la demanda.
Cuando en el JVM ya habiamos fijado fecha para la vista, nos viene la inhibicion del divorcio por el Juzgado de familia al tener ellos conocimiento de que llevamos actuaciones penales aquí.
Tengo varias opciones, pero la Juez y yo pensamos que lo mas logico es:
-tirar para adelante con nuestras medidas previas a la demanda, y con el señalamiento de finales de mes y decir en las coetaneas que se deberá estar a lo resuelto en las previas, que despues supongo que se elevaran a definitivas en la sentencia de divorcio. Aqui el problema surge porque el demandante de unas es demandado en las otras. La mujer, demandante en las coetaneas va a recurrir eso por no responder a sus pretensiones y porque supongo que habria que tramitar su solicitud de medidas ( habra solicitado medidas distintas a lo que haya pedido su conyuge)...pero acumulacion aqui no puede ser ( yo desde luego no lo acabo de ver), y es ridiculo hacer las previas, luego las coetanes y luego el divorcio, poruqe estariamos tramitando paralelamente dos procedimientos con las mismas personas y objeto y pretensiones cada uno las suyas. ¿ como leches articulo esto procesalmente? como acumulo ambos procedimientos? como resolvmos la pretension de medidas coetaneas de la mujer y al mismo tiempo las medidas del hombre?
el tema desde luego se las trae, y la Ley violencia no dice na de na...agradezco cualquier idea, seguro que a los compis de familia se les ha dado el caso.
graciasssssss

paco

#2 Mensaje por paco »

El primer procedimiento son las previas, el más antigüo, luego a este se acumula el posterior de divorcio, manteniendo el señalamiento de previas y al otrosí de coetáneas denegarlo. Si no lo quieres ver así, deja sin efecto las previas y en el divorcio señala las coetáneas el mismo día que tenías señaladas las previas.El resultado será el mismo.

Que te recurran lo que quieran, pero tira por el camino de enmedio en este galimatías procesal absurdo.
En cualquier caso ,sé práctica y no admitas a trámite, ex art 11 LOPJ, recursos que no buscan sino enmarañar los autos. Se cansarán antes que tú.

DUDOSA

FAMILIA Y VIOLENCIA DE GENERO

#3 Mensaje por DUDOSA »

La solución, despues de dar muchas vueltas nos la dieron las propias partes. Decidimos seguir adelante con el señalamiento nuestro, el de provisionalisimas, y decir a las partes que si no desistian de las coetaneas, despues del verano xse celebrarian y habria una resolucion identica a las provisionalisimas,
Pero el dia de la celebracion de estas desistieroon de las provisionalisimas y de las coetaneas, con lo que entramos directamente en el divorcio, que además s eha transformado en mutuo acuerdo.
Otra duda, tenemos a una persona con embargo por incumplimiento de pension compensatoria y alimenticia. Es socio cooperativista y ahora la cooperativa nos comunica que se va a dar de baja en ella, con lo que se le van a devolver las aportaciones obligatorias que en su dia realizo, 4 pagos en 4 años de 14.000 euros cada uno.
Piden que se embargue el 100% de esos pagos con cargo a la liquidacion que en su dia se haga de la sociedad de gananciales.
Mis preguntas son: se puede embargar el total de un bien que es sin duda ganancial con cargo a incumplimientos presentes y futuros, aunque sean de alimentos, para despues cuando se haga la liquidacion de gananciales hacer la correspondiente compensacion.
YO entiendo que sí se puede embargar el 50%, pero no el total. Lo que pasa es que a el ya se le hizo entrega de una aportacion volluuntaria de la coopertativa y el juzgado no llego a tiempo para embargar y creo que la parte intenta resarcirse de esto.
gracias cmpañeros

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