Celebrada subasta sin postores el ejecutante hace uso de la facultad que le concede el 671, solicita la adjudicación del bien por todas las cantidades adeudadas. La cuestión que se plantea:
Finca valorada en 60.000 euros y cantidad debida por todos los conceptos es de 4.000 euros. YO ENTIENDO QUE EL EJECUTANTE DEBE ABONAR LA DIFERENCIA EXISTENTE ENTRE EL VALOR DE TASACIÓN Y LA CANTIDAD ADEUDADA ( 60.000 - 4.000 = 56.000) y esta dinero entregarselo al ejecutado. El procurador opina que no debe ingresar nada ! Cómo lo veis!
SUBASTA SIN POSTORES
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