reduccion de 1/3 en ejecucion

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invitada

reduccion de 1/3 en ejecucion

#1 Mensaje por invitada »

me han impugnado una tasacion en que reduje en 1/3 la minuta de letrado alegando que en una ejecucion eso no es posible en base al articulo 394.3 LEc sino solo en declarativo Es asi?

Invitado

#2 Mensaje por Invitado »

Sobre esta cuestión se ha escrito en numerosas ocasiones en el foro.
Uno de los hilos más interesantes fue:
viewtopic.php?t=2944&start=0&postdays=0 ... highlight=

Saludos

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Carlos Valiña
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#3 Mensaje por Carlos Valiña »

Bueno pues ya que el tema sube a la palestra dire que a mi no me parece que pueda aplicarse el tercio fuera de los procesos declarativos si la ley sigue como antes de 2000 y para mi la razon es doble.

En primer lugar que es una norma restrictiva de derechos, o excepcional si quereis y por lo tanto odiosa sunt restringenda en mano ha de interpretarse restrictivamente.

La segunda en coherencia con el espiritu general del sistema procesal. En los procesos declarativos hay un razonable numero de casos en que la cuestion esta dividida, ambas partes pueden tener razon en todo o en parte, y la reduccion al tercio tiene sentido en aras a que se haga justicia material y la gente no se eche atras ante las costas.

Sin embargo en los procesos de ejecucion, la regla se invierte, las causas de oposicion si existen estan muy muy tasadas y en una inmensa mayoria el derecho asiste claramente al actor. De este modo el demandado que tenga muy clara su posicion, no tendra inconveniente en jugarsela y el que vaya a enredar no tendra el beneficio de la reduccion del tercio.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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