CUENTA DE LETRADO CONTRA DOS DEMANDADOS¿OBLIGACION SOLIDARIA

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Invitado

CUENTA DE LETRADO CONTRA DOS DEMANDADOS¿OBLIGACION SOLIDARIA

#1 Mensaje por Invitado »

Buenas:
En primer lugar me dirijo al administrador, para asegurar que he utilizado el buscador, pero no encuentro exactamente respuesta.

A ver , la pregunta es :Cuenta de letrado por honorarios contra esposo y y esposa, es decir exesposo y exesposa en divorcio de mutuo acuerdo. Reclama contra ambos en una única jura de cuentas, acompañando una minuta a nombre de ambos.
Le decimos que mejor desglose lo que corresponde a cada uno para tramitar dos cuentas independientes y adelanarnos a posibles problemas porque uno impgune el otro no etc, y nos contesta que se deben tramitar conjuntamente porque se trata de una olbigación solidaria .

Yo creo que voy a tramitar dos cuentas, porque meternos en la naturaleza de las obligaciones en un proceso tan sumario como el de la jura me parece demasiao , pero me gustaría saber que opinais.
Saludos

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Procurador
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#2 Mensaje por Procurador »

Habrá que estar a lo que establezca el convenio.
Si en el convenio ponía que los cónyuges satisfarían, por mitades o el porcentaje que sea, los honorarios de abogado y procurador entonces sí que procederían dos cuentas, pues cada uno habría asumido una deuda.
Si no pone nada, está claro que opera la solidaridad y cualquiera de los dos está obligado a satisfacer los honorarios de ese letrado.
Vamos a ver, si es que esto es como con las costas en un procedimiento en el que hay una condena solidaria a dos o más demandados. ¿Cada uno responde de una parte de la tasación si no se hace expreso pronunciamiento al respecto? Pues no, cada uno responde por el total. Pues aquí igual. Los clientes del letrado asumieron una deuda solidaria, salvo que como digo se establezca otra cosa en el convenio, y de tal forma han de responder.
Un saludo desde Zaragoza.

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Terminatrix
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Ubicación: Matrix.

#3 Mensaje por Terminatrix »

Excelente intervención , Procurador. Es un lujazo que participes como lo haces :bravo:
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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Carlos Valiña
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#4 Mensaje por Carlos Valiña »

El credito de la jura de cuentas lo es del letrado y procurador frente a sus clientes.

En consecuencia como bien ha explicado Procurador, los que contrataron esos servicios responden conjuntamente y solidariamente por todo.

Incluso en el caso de que hubieran pactado que respondian por mitad en el convenio, ante la jura de cuentas responde cada uno por todo, y ese acuerdo solo es valido para un pleito diferente, de manera que quien abono todo pueda reclamarle al otro la mitad.

Si impugna uno y otro no y la impugnacin triunfa, la deuda se reduce y la reduccin aprovecha a ambos.

El procedimiento de jura de cuentas es un procedimiento sumario y limitado a lo que esta, no pueden ventilarse en el otras cuestiones y aun ventiladas la cuestion no cambiaria la deuda es completamente solidaria y por tanto responden ambos por todo.

Incluso con un convenio entre las partes que estableciera por ejemplo que las costas las paga todas el marido, el juzgado si no pagaba podria disparar por el todo contra la mujer y luego esta tendria que ir contra el marido, porque la idea que subyace aqui es que el acreedor no se vea perjudicado por los follones que tengan los condenados entre ellos, o por la insolvencia real o buscada en que pueda encontrarse cualquiera de ellos.

Primero cobra el acreedor y luego los condenados que se las compongan entre ellos como quieran.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

Invitado

#5 Mensaje por Invitado »

Muchas gracias a ambos, a Carlos y a Procurador.
Buenas noches

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