Expediente de dominio reanudación del tracto
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Expediente de dominio reanudación del tracto
Me han presentado un expediente de dominio en el que solicitan la reanudación del tracto de una finca, pero la misma ha sido objeto de segregación previamente.
Por supuesto, la segregación no consta en el Registro de la Propiedad, según veo en la certificación que aportan con la demanda....
¿inadmito a trámite directamente, porque no coincide la finca registral con la que identifican en demanda?
es que tramitarlo para denegarlo me parece una tontería, pero qué opináis?
gracias!!
Por supuesto, la segregación no consta en el Registro de la Propiedad, según veo en la certificación que aportan con la demanda....
¿inadmito a trámite directamente, porque no coincide la finca registral con la que identifican en demanda?
es que tramitarlo para denegarlo me parece una tontería, pero qué opináis?
gracias!!
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Los expedientes de dominio son muy complejos y es difícil la respuesta con tan pocos datos pero se me ocurren 2 posibiliades:
-si sólo existiera la escritura de segregarción, no habría ningún problema podrían llevarla ahora al registro y ya está .
-lo más posible es que existan otras intermedias y ahí es donde reside el problema de la reanudación que justifica el expediente de dominio y que se soluciona cumpliendo todos los trámites, citando a todos los afectados y ya está.
Otra cuestión es que hay muy pocos Abogados "expertos" y a veces los expedientes de dominio están muy mal planteados, la jurisprudencia es escasa y uno se hace un lio. A mi la verdad es que después de llevarlo fatal porque siempre lo dejaba para el final y también gracias a algunos Abogados que hacían magnificos escritos iniciadores llegue a cogerle "interés" por eso no desesperes...
-si sólo existiera la escritura de segregarción, no habría ningún problema podrían llevarla ahora al registro y ya está .
-lo más posible es que existan otras intermedias y ahí es donde reside el problema de la reanudación que justifica el expediente de dominio y que se soluciona cumpliendo todos los trámites, citando a todos los afectados y ya está.
Otra cuestión es que hay muy pocos Abogados "expertos" y a veces los expedientes de dominio están muy mal planteados, la jurisprudencia es escasa y uno se hace un lio. A mi la verdad es que después de llevarlo fatal porque siempre lo dejaba para el final y también gracias a algunos Abogados que hacían magnificos escritos iniciadores llegue a cogerle "interés" por eso no desesperes...
Socializada, creo que el asunto es lo que tú dices: la escritura de segregación no la hicieron ellos, sino el transmitente anterior. No se inscribió en el Registro, y por eso no la pueden anotar ellos ahora. Pero entonces, cómo reanudo yo el tracto sucesivo sobre una parte de una finca y no sobre el resto?
- Terminatrix
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Perdonad que me emperre, pero la J. Voluntaria es competencia del Juez. Si no veis claro algo de la tramitación es una cosa, pero meterse en temas de fondo es algo ajeno a nuestro trabajo como SJ. , pues resuelve el Juez por auto y previo informe del MF.
Espero que nos os moleste, pero es como lo veo.
Espero que nos os moleste, pero es como lo veo.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
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- Terminatrix
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Cierto, pero esq dice "inadmito a trámite" y me ha chirriado un montónSOCIALIZADA escribió:Cieto que es competencia del Juez resolver pero es que para una adecuada tramitación y posterior resolución es que se hagan las citaciones a todos los interesados.
Y,como bien indica Oficial, hay que darle un tiento al buscador.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Opino como termintrix, el fondo es decisión del Juez y es quien tiene que poner el auto.
Yo me leo el escrito, hago la minuta, si dudo sobre si hay que citar a tal cual se lo comento al Juez y una vez finalizada la minuta se la paso al funcionario y no vuelvo a saber del expediente hasta que me lo pasan a firma.
Yo me leo el escrito, hago la minuta, si dudo sobre si hay que citar a tal cual se lo comento al Juez y una vez finalizada la minuta se la paso al funcionario y no vuelvo a saber del expediente hasta que me lo pasan a firma.