UPSJ SE QUEJA DEL MINISTERIO
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
-
XIMO
Promoción interna
Yo soy Secretario de la XXXI promoción, turno restringido. Opino que el sistema ha mejorado y que las oposiciones, las hacen fuertes los mismos opositores, debe de haber un escalón entre Gestor y Secretario pero no debe ser insalvable de inicio pongamos para el 95%. Cualquier Gestor con la titulación y experiencia adecuadas -que como se ha repetido varias veces nunca será sólo dos años- invirtiendo un esfuerzo razonable -50% del temario- tiene todo el derecho del mundo obtener plaza por promoción interna, si se consigue que asciendan los mejores -para lo que se debería alternar la oposición con experiencia y otros méritos- el cuerpo no se resentirá ni de lejos, incluso, apuesto por su mejora. Y a " Los Tom", que les quiebren la pata negra por tres sitios -en sentido figurado claro- es lo menos que merecen cuando ninguno, digo bien, ninguno de ellos le llega a la suela del zapato a cualquiera de mis 24 compañeros de promoción. XIMO.
-
alonso martinez
-
Instruccion2
- Mensajes: 156
- Registrado: Lun 24 Nov 2003 10:20 pm
Acuerdo UGT-Ministerio e relación con los Secretarios
Estas son las modificaciones que nos afectan pactadas entre el Ministerio y la UGT que se firmarán mañana:
9.- Reingreso de los Gestores que cesan como Secretarios sustitutos.
Se modifica el artículo 70 para aceptar que la incorporación al servicio activo de los Gestores que cesen como Secretarios sustitutos tendrá efectos desde la fecha de su solicitud adscribiéndoles provisionalmente a un puesto de trabajo de su Cuerpo en el mismo municipio en el que servían con anterioridad a su nombramiento como sustitutos y con similares retribuciones al puesto de origen.
B) Respecto al Reglamento del Cuerpo de Secretarios Judiciales,
1.- Candidaturas al Consejo del Secretariado.
Se acepta la posibilidad de que las listas de candidatos al Consejo del Secretariado vengan avaladas por una organización sindical.
2. Convocatoria de oposiciones.
El Ministerio acepta convocar oposiciones al menos una vez cada dos años
3.- Contenido de las pruebas de acceso por promoción interna al Cuerpo de Secretarios Judiciales.
Para las pruebas de acceso al Cuerpo de Secretarios Judiciales, por promoción interna del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, se acuerda ampliar la reducción de contenidos al 50 por 100 del programa exigido para el acceso por el sistema de oposición libre.
4.- Asimilación al régimen de funcionarios a los que se refiere el Libro VI de la Ley Orgánica.
El Ministerio acepta la asimilación del régimen de los Secretarios Judiciales al de los funcionarios a los que se refiere el Libro VI de la Ley Orgánica por lo que respecta al régimen de rehabilitación, derechos y deberes, y permisos por asuntos particulares, que asimismo, se podrán disfrutar hasta el día 31 de enero.
5.- Nombramiento de Gestores como Secretarios Sustitutos.
Se acepta para la constitución de las Bolsas de Trabajo la inclusión como mérito de la experiencia previa como Oficial habilitado y la preferencia absoluta de los Gestores frente a los demás integrantes de la Bolsa en el llamamiento y nombramiento.
6.- Remoción de puestos de trabajo obtenidos por concurso específico.
Se elimina dicha posibilidad, suprimiéndola del borrador.
Articulación legal de todos estos acuerdos.
El Ministerio de Justicia procederá a la articulación legal de estos acuerdos mediante su incorporación a los Proyectos de Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal al Servicio de la Administración de Justicia y de Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, en los términos contenidos en el presente Acuerdo
9.- Reingreso de los Gestores que cesan como Secretarios sustitutos.
Se modifica el artículo 70 para aceptar que la incorporación al servicio activo de los Gestores que cesen como Secretarios sustitutos tendrá efectos desde la fecha de su solicitud adscribiéndoles provisionalmente a un puesto de trabajo de su Cuerpo en el mismo municipio en el que servían con anterioridad a su nombramiento como sustitutos y con similares retribuciones al puesto de origen.
B) Respecto al Reglamento del Cuerpo de Secretarios Judiciales,
1.- Candidaturas al Consejo del Secretariado.
Se acepta la posibilidad de que las listas de candidatos al Consejo del Secretariado vengan avaladas por una organización sindical.
2. Convocatoria de oposiciones.
El Ministerio acepta convocar oposiciones al menos una vez cada dos años
3.- Contenido de las pruebas de acceso por promoción interna al Cuerpo de Secretarios Judiciales.
Para las pruebas de acceso al Cuerpo de Secretarios Judiciales, por promoción interna del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, se acuerda ampliar la reducción de contenidos al 50 por 100 del programa exigido para el acceso por el sistema de oposición libre.
4.- Asimilación al régimen de funcionarios a los que se refiere el Libro VI de la Ley Orgánica.
El Ministerio acepta la asimilación del régimen de los Secretarios Judiciales al de los funcionarios a los que se refiere el Libro VI de la Ley Orgánica por lo que respecta al régimen de rehabilitación, derechos y deberes, y permisos por asuntos particulares, que asimismo, se podrán disfrutar hasta el día 31 de enero.
5.- Nombramiento de Gestores como Secretarios Sustitutos.
Se acepta para la constitución de las Bolsas de Trabajo la inclusión como mérito de la experiencia previa como Oficial habilitado y la preferencia absoluta de los Gestores frente a los demás integrantes de la Bolsa en el llamamiento y nombramiento.
6.- Remoción de puestos de trabajo obtenidos por concurso específico.
Se elimina dicha posibilidad, suprimiéndola del borrador.
Articulación legal de todos estos acuerdos.
El Ministerio de Justicia procederá a la articulación legal de estos acuerdos mediante su incorporación a los Proyectos de Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal al Servicio de la Administración de Justicia y de Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, en los términos contenidos en el presente Acuerdo
Alberto
-
Invitado
Negociacion
Desde luego a esas listas avaladas,por los sindicatos,las va a votar el que yo me se y me acompaña al lavado del Sr.Roca.
Y en cuanto a la reduccion del temario,se nota que el tal Bodas,viene de donde viene.Cuando uno se acostumbra a lo facil para promocionar,que duro resulta que te exigan,algo más que ser amigo de tal.Por eso,que mejor que ayudar a sus amigos,a pasar a secretarios.Ya bastante deben sufrir,conque la LOPJ,les exiga una oposicion,asi que porque no bajar el contendio.
Pues nada,a partir de ahora voy a exigir a mis asosicaciones,que negocien un turno restringido,con la mitad del programa,para acceder a ser fiscal o juez,partiendo de Secretario.
Y en cuanto a la reduccion del temario,se nota que el tal Bodas,viene de donde viene.Cuando uno se acostumbra a lo facil para promocionar,que duro resulta que te exigan,algo más que ser amigo de tal.Por eso,que mejor que ayudar a sus amigos,a pasar a secretarios.Ya bastante deben sufrir,conque la LOPJ,les exiga una oposicion,asi que porque no bajar el contendio.
Pues nada,a partir de ahora voy a exigir a mis asosicaciones,que negocien un turno restringido,con la mitad del programa,para acceder a ser fiscal o juez,partiendo de Secretario.
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
Tom, tú que esres un Secretario pata negra y que consideras que la oposición de oficiales son unos temillas, sin doctrina ni nada, y un práctico de cuatro horillas de mierda en la que hay que redactar unos formularillos de pacotilla, haz una prueba: mañana vas al despacho, te voges una máquina, y dedicas TODA la mañana ( y sólo pudes mirar la Ley) a radactar los siguientes documentos (lo escogo del temario a boleo:
- PENAL: ACTUACIONES PREVIAS ala celebración del juicio oral por el Tribunal del Jurado cone special referencia al planteamiento de cuestiones previas (cuatro providencias, una vista, un auto denegando la admisión de cuestiones previas, auto de hechos justiciables ), remisión del cuestionario a los candidatos a jUrado. Sorteo y nombramiento definitivo de los miembros del Jurado.
- CIVIL: Uno sencillo: Expediente para la protocolización de un testamento ológraf (pero enterito, con sus céulas, sus actas y sus autos),
- CONTENCIOSO-ADMINISTRATVO: recurso en materia de protección jurisdiccional de derechos fundamentales. Resolución teniendo por interpuesto el recurso y requiriendo la remisión del expediente. Suspensión de la efectividad del acto impugnado. Resolución ordenando formalizar la demanda. çIdem contestando la demanda. Resolución acordando el recibimiento a prueba..
Pues yo juraría que según la mayoría de funcionarios intervinientes en este foro, eso era función del Juez "dictarlo" por encima del hombro del funcionario, que no haría nada mas que teclear. Vaya, vaya...se vé que el endoso de funciones ajenas ya ha logrado hasta consolidación en los exámenes de ingreso a gestor.
Y por cierto: ¿Para cuándo la promoción de Juez a Registrador de la Propiedad con 50% del temario y reserva de plazas?
-
Dulcinea
No te burles , Magistrado Granollers, lo que ha dicho mi compañero es absolutametne cierto. En el examen a Oficiales se nos ha exigido redactar los procedimientos enteros , abarcando resoluciones del Juez y Secretario ; Autos motivados sin más ayuda que la Ley, pro ello lo injusto que era pertenecer al grupo C, cuando la preparación exigida era de un grupo B y por supuesto un conocimiento exhaustivo de Derecho procesal, que nos obligó a preparar la oposición por los textos legales además del temario.
Creo absolutametne legítima la promoción de Gestor a Secretario, ya que las funciones (aunque los Secretarios no lo quieran reconocer) se confunden en la práctica , puesto que los Gestores damos el trámite procesal oportuno a todas las peticiones de las partes , y sólo pasamos al Juez el procedimiento cuando hay que resolver una cuestión de fondo, un recurso o dictar ya la sentencia. Al Secretario sólo se le pasan las tasaciones de costas y asuntos monetarios; ésta es mi experiencia y la general en todos los Juzgados. Por supuesto hay Secretarios (siempre los más recientes) que quieren participar más activamente en los Juzgados, y siempre están dispuestos a ayudar al funcionario, pero en cualquier caso el Gestor es el que tramita y lleva el impulso procesal de la causa (aunque la Ley no lo reconozca). Por tanto, ¿Qúe nos impide promocionar a Secretarios, si en la practica tenemos más funciones que ellos? Somos Licenciados en Derecho, igualito que ellos, a algunos nos habrá calado el Derecho , incluso más que a ellos, ¿Qué lo impide?
Por supuesto yo no quiero llegar a Juez por promoción interna, dado que nunca he realizado sus funciones, salvo las meramente procesales, aunque sean de Juez; y aunque a veces incluso hemos realizado tareas que en mucho se han excedido de nuestras funciones y rayaban la ilegalidad , creo que la profesión de Juez y Secretario no tienen nada que ver, no se parecen ni de lejos.
Bueno y desde luego, la profesión de Juez con la de los Notarios, Registradores etc, están ya a años luz , y tú , Magistrado Granollers, sabes que has dicho una incongruencia, pretendiendo evidenciar que nuestra promoción también es incongruente , pero creo que en el fondo , y si miras a tu alrededor en el órgano judicial del que eres titular, tienes que admitir que no he dicho nada que falte a la verdad . salvo excepciones que siempre las hay,
Me gustaría que los que consideran que Gestor y Secretario son profesiones distintas, nos explicaran el por qué , pero no basándose en lo que legalmente se presume, sino en la práctica diaria de los Juzgados .

Creo absolutametne legítima la promoción de Gestor a Secretario, ya que las funciones (aunque los Secretarios no lo quieran reconocer) se confunden en la práctica , puesto que los Gestores damos el trámite procesal oportuno a todas las peticiones de las partes , y sólo pasamos al Juez el procedimiento cuando hay que resolver una cuestión de fondo, un recurso o dictar ya la sentencia. Al Secretario sólo se le pasan las tasaciones de costas y asuntos monetarios; ésta es mi experiencia y la general en todos los Juzgados. Por supuesto hay Secretarios (siempre los más recientes) que quieren participar más activamente en los Juzgados, y siempre están dispuestos a ayudar al funcionario, pero en cualquier caso el Gestor es el que tramita y lleva el impulso procesal de la causa (aunque la Ley no lo reconozca). Por tanto, ¿Qúe nos impide promocionar a Secretarios, si en la practica tenemos más funciones que ellos? Somos Licenciados en Derecho, igualito que ellos, a algunos nos habrá calado el Derecho , incluso más que a ellos, ¿Qué lo impide?
Por supuesto yo no quiero llegar a Juez por promoción interna, dado que nunca he realizado sus funciones, salvo las meramente procesales, aunque sean de Juez; y aunque a veces incluso hemos realizado tareas que en mucho se han excedido de nuestras funciones y rayaban la ilegalidad , creo que la profesión de Juez y Secretario no tienen nada que ver, no se parecen ni de lejos.
Bueno y desde luego, la profesión de Juez con la de los Notarios, Registradores etc, están ya a años luz , y tú , Magistrado Granollers, sabes que has dicho una incongruencia, pretendiendo evidenciar que nuestra promoción también es incongruente , pero creo que en el fondo , y si miras a tu alrededor en el órgano judicial del que eres titular, tienes que admitir que no he dicho nada que falte a la verdad . salvo excepciones que siempre las hay,
Me gustaría que los que consideran que Gestor y Secretario son profesiones distintas, nos explicaran el por qué , pero no basándose en lo que legalmente se presume, sino en la práctica diaria de los Juzgados .
-
pedro gutiérrez
sólo una precisión. Hay unos cuantos gestores de 2-4 años de antigüedad, frescos de estudiar la de oficiales, que llevan preparando la de Secres por turno libre un tiempecillo y que se van a presentar a propmoción interna. Lo digo por eso de que con 2 años sólo de experiencia no habrá quien promociones está por ver. Porque no me imagino a muchos gestores con 10 años de experiencia, familia, etc, estudiando un oral de 145 temas. Que no es lo mismo estudiar esos temas y cantarlos en Madrid que presentar una instancia como antes y aportar certificados....
En cambio, todos esos gestores de 25-30 años, con todas las tardes libres, están estudiando desde hace tiempo. Y repito, estaban estudiando todo para presentarse en 3-4 años al turno libre, y ahora que se ha resuelto lo de promoción interna van a ir todos al examen este año fijo.
estaría bien por cierto saber cuántos oficiales licenciados en derecho hay en España. 500, 10000? alguien tiene datos??
En cambio, todos esos gestores de 25-30 años, con todas las tardes libres, están estudiando desde hace tiempo. Y repito, estaban estudiando todo para presentarse en 3-4 años al turno libre, y ahora que se ha resuelto lo de promoción interna van a ir todos al examen este año fijo.
estaría bien por cierto saber cuántos oficiales licenciados en derecho hay en España. 500, 10000? alguien tiene datos??
-
Invitado
La experiencia es importante pero no suficiente. Quiero gestores en mi cuerpo de Secretarios pero los buenos, no los que llevan muchos años, quiero a los que estudian y acrediten por un sistema, más o menos objetivo, ante un tribunal el conocimiento suficiente. El sistema previsto era el correcto, favorecía a los gestores estudiosos e ilusionados y a esos es a los que desearía tener por compañeros. Huelga.
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
Por supuesto que he empleado sarcasmo, pero no me he burlado en absoluto. Lo que pasa es que quería resaltar la incongruencia del mensaje que se defiende por aquí muchas veces, acerca del "endoso" de funciones. Yo estoy de acuerdo en que no está bien endosar funciones a los demás, cuando son tuyas, pero no se puede defender eso y al mismo tiempo decir que como se está haciendo ya por entrar en tus funciones (De ahí que el temario las exija y tengais ese examen, en efecto muy duro), pues te debe servir para promocionar a Secretario. O las funciones las teneis, o no las teneís. Si las teneis no hay endoso, y podeis promocionar. Si no las teneis, hay injusto endoso, y no podeis promocionar. Pero o lo uno, o lo otro.No te burles , Magistrado Granollers, lo que ha dicho mi compañero es absolutametne cierto. En el examen a Oficiales se nos ha exigido redactar los procedimientos enteros , abarcando resoluciones del Juez y Secretario ; Autos motivados sin más ayuda que la Ley, pro ello lo injusto que era pertenecer al grupo C, cuando la preparación exigida era de un grupo B y por supuesto un conocimiento exhaustivo de Derecho procesal, que nos obligó a preparar la oposición por los textos legales además del temario.
No exactamente. Fíjate que he dicho Registrador, y no Notario.Bueno y desde luego, la profesión de Juez con la de los Notarios, Registradores etc, están ya a años luz , y tú , Magistrado Granollers, sabes que has dicho una incongruencia, pretendiendo evidenciar que nuestra promoción también es incongruente , pero creo que en el fondo , y si miras a tu alrededor en el órgano judicial del que eres titular, tienes que admitir que no he dicho nada que falte a la verdad .
Yo ya he sido registrador, y sometido a la DGRN, pero registrador civil. Ahora bien, en alemania por ejemplo, el Registro de la propiedad es un destino mas para los jueces, igual que aquí el Registro civil. No es mas que una opción legislativa.
En el Notario, el eje de su actuación es la fé pública, igual que el Secretario Judicial. Entonces ¿Sería incongruente pedir la promoción interna de SJ a Notario? En principio, y con tus propios argumentos, no. Y lo mismo de Juez a Registrador. Si yo ya he sido registrador civil, ¿Porqué no puedo serlo de la propiedad? ¿Qué diferencia sustantiva hay entre un Registrador civil y uno de la propiedad, cuando en el desepeño del Registro civil el Juez NO ejerce jurisdicción, y está sometido doctrinal y jerarquicamente a la DGRN?
Si para pasar de un cuerpo a otro (Y no meramente ascender dentro del mismo cuerpo) basta conque la parte principal de las funciones sea similar (Ni el Secretario comparte el 100% de las suyas con un gestor, ni el Notario el 100% de las suyas con el SJ), realmente ¿Porqué no va a poder un Registrador civil promocionar a Registrador de la Propiedad?
Saludos
-
zagal
Respuesta para el Magistrado de Granollers
Señoría Ilustrísima, ¿por qué no emplea su tiempo en pelear porque se pueda acceder de Magistrado a Registrador de la Propiedad, reduciendo los temas que se consideren oportunos y de los que ya se haya examinado?
¿por qué no pensó el Sr. Magistrado iniciarse como Resitrador de la Propiedad.
¿por qué no pensó el Sr. Magistrado iniciarse como Resitrador de la Propiedad.
-
zagal
Respuesta para el Magistrado de Granollers
Señoría Ilustrísima, ¿por qué no emplea su tiempo en pelear porque se pueda acceder de Magistrado a Registrador de la Propiedad, reduciendo los temas que se consideren oportunos y de los que ya se haya examinado?
¿por qué no pensó el Sr. Magistrado iniciarse como Registrador de la Propiedad.
¿por qué no pensó el Sr. Magistrado iniciarse como Registrador de la Propiedad.
-
Invitado
Pero si es muy sencillo, os dejáis de palabrería barata (los más educados) y de chauchau verbenero (los groseros) y os ponéis en huelga exigiendo que se exija el 100% del temario. Y luego nos ponemos a contar cuántos habéis hecho huelga.
Y si esto no gusta, pues os váis y santas pascuas. No es obligatorio estar a disgusto en ninguna parte. Pero eso sí, el sueldo calentito y preocupaciones las justas.
Haceros Inspectores de Finanzas. Eso es ganar pasta y tener consideración. Hasta miedo dan.
Y si esto no gusta, pues os váis y santas pascuas. No es obligatorio estar a disgusto en ninguna parte. Pero eso sí, el sueldo calentito y preocupaciones las justas.
Haceros Inspectores de Finanzas. Eso es ganar pasta y tener consideración. Hasta miedo dan.
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
Vaya pregunta, zagal! Yo no tengo ni he tenido nunca interés en ser Registrador de la Propiedad, de lo contrario hubiera estudiado esas oposiciones (Aprobar o no es otra historia, pero eso no se sabe si no se intenta, y cuando se aprueba judicatura en dos años y con un número entre los 15 primeros será porque no soy tonto del todo, asi que alguna oportunidad hubiera tenido). Sólo lo digo como ironía, a cuento del tema éste de la promoción interna, y por poner un ejemplo de interés. Si se insiste en ver siempre las cosas desde la misma perspectiva, se pierde el enfoque global, que muchas veces es mas importante.
Salu2
Salu2
-
Funci
Promoción
Bueno, después de todo, parece que se van acercando posturas (a pesar de los desbarres). Conluyo que una promoción interna de calidad (y de calidad es Oficial+experiencia+méritos+50% del temario turno libre) merece todo el respeto del mundo.
Y por favor, a ver si somos menos (me inclyo) infantiles y dejamos de comparar las oposiciones, porque cada una es la que es, y desde luego aquí no estamos hablando de Registradores, ni Abogados del Estado ni puletas, estamos hablando de que si es justo o no la regulación que se pretende de la promoción interna.
Y sí, Magistrado Granollers, en nuestra oposición nos meteten enteritos la tramitación de los pleitos, y no s etrata de si son resoluciones de Juez o Secretario, que lo son, sino de aprender la mecánica procesal. Desde luego, a mí me dio una formación cojonuda y me quitó el miedo al papel. Obviamente, Magistrado Granollers (vaya nick más largo tienes, hombre) nadie pretende que todos los autos y providencias las redacte un Juez (sino para que leches estaríamos los demás, harían falta 25.000 JUeces y 3.500 funcionarios), sino una reordenación de funciones y una mejor distribución del tabajo. En eso estamos todos, ¿no?.
Y por favor, a ver si somos menos (me inclyo) infantiles y dejamos de comparar las oposiciones, porque cada una es la que es, y desde luego aquí no estamos hablando de Registradores, ni Abogados del Estado ni puletas, estamos hablando de que si es justo o no la regulación que se pretende de la promoción interna.
Y sí, Magistrado Granollers, en nuestra oposición nos meteten enteritos la tramitación de los pleitos, y no s etrata de si son resoluciones de Juez o Secretario, que lo son, sino de aprender la mecánica procesal. Desde luego, a mí me dio una formación cojonuda y me quitó el miedo al papel. Obviamente, Magistrado Granollers (vaya nick más largo tienes, hombre) nadie pretende que todos los autos y providencias las redacte un Juez (sino para que leches estaríamos los demás, harían falta 25.000 JUeces y 3.500 funcionarios), sino una reordenación de funciones y una mejor distribución del tabajo. En eso estamos todos, ¿no?.
-
pitu
Re: Negociacion
Los funcionarios de cuerpos inferiores no son los amigos de los "socialistas", ni los superiores de la "derecha". Cuanto tópico tenéis algunos...Invitado escribió: (..) Por eso,que mejor que ayudar a sus amigos,a pasar a secretarios.Ya bastante deben sufrir,conque la LOPJ,les exiga una oposicion,asi que porque no bajar el contendio.
Os olvidáis de que hablamos de una carrera administrativa, de una promoción de abajo a arriba, de empezar por tareas administrativas y de ir subiendo si se tiene la titulación y experiencia suficiente. Así que no hay ascenso posible de juez a registrador ni de secretario a juez. Es una elección legislativa simplemente. Se podría haber hecho de otra forma pero el sistema es el que hay.
¿Los que no están de acuerdo con la nueva promoción están en contra de la carrera administrativa? ¿En contra de que ascienda quien se lo merece? Por suerte, esto no es un sistema de castas (aunq antes lo parecía) y creo que es bueno para todos que el cuerpo de secretarios se componga de personas venidas de distintos cuerpos, experiencias etc. Es más, creo que los secretarios que acceden por turno libre, después de pasar por una dura oposición (casi la misma que un juez) puede hacer mucho a nivel personal en un juzgado pero casi nada a nivel jurídico. Y ahí llegan las frustraciones...
Los secretarios son un cuerpo administrativo de alto nivel, nada más. Y por tanto, creo que es lógico que haya una carrera administrativa hasta llegar a secretarios y que desde ahí no se pueda acceder a juez (que es una profesión distinta y no hay promoción posible porque ambos cuerpos son "A" en sus respectivos ámbitos).
Y al MAGISTRADO GRANOLLERS, habrás leído muchas opiniones sobre funcionarios que se quejan de cómo se delega. Yo distingo entre auxiliares y oficiales. Compara el examen de acceso de oficiales y auxiliares, y luego compara lo que hacen en los juzgados. El auxiliar hace lo mismo que un oficial pero ha accedido con examen tipo test y con un determinado nivel de pulsaciones. ¿Crees que hay derecho a que se les delegue la responsabildiad de impulsar un procedimiento? Y los auxilaires son la mayoría de los funcionarios en un juzgado. Así que sí no me extraña que se quejen....
En fin, saludos al foro.
-
Invitado
-
funci
Simplemente ha reconocido la labor que llevan haciendo todos los auxiliares hasta ahora. Por eso suben de categoría y sueldo. No como a los secretarios a los que se les rebaja las funciones y se les convierte en administrativos de alto nivel. De todas formas, el Estado tenía unos "tramitadores" muy baratos. Ahora ha convertido a todos los auxiliares en oficiales a cambio de 30 Euros más. ¡Sigue estando baratísimos!Anonymous escribió:Los oficiales y los auxiliares ya no existen.
Los gestores y los tramitadores. A ver si nos ponemos al día.
Porque si los tramitadores tienen como función básica la tramitación completa de todos los procesos. Vamos lo que antes hacían los oficiales.
-
lupita
¡¡ MÁS ESTUDIAR !! QUE PASEN LOS MEJORES, SEAN DEL TURNO LIBRE O DE PROMOCIÓN INTERNA, PERO SIN REGALITOS Y OTRAS HIERBAS. LA PROMOCIÓN ANTERIOR ERA UN REGALO REPETIDO: ENTRARON EN OFICIALES HACE AÑOS CUANDO EL NIVEL ERA MUY BAJO Y HABÍA UNA BORRACHERA DE PLAZAS. DESPUÉS LES PASARON A SECRETARIOS SIN ESTUDIAR UNA LÍNEA. AHORA LES REDUCEN EL TEMARIO AL 50% DEL LIBRE. ¡¡ QUE VERGUENZA !!
QUE INGRESEN QUIENES LO DEMUESTREN EN UNA OPOSICIÓN PÚBLICA, EN IGUALDAD Y DEMOSTRANDO CAPACIDAD. SEAN DEL LIBRE O DE PROMOCIÓN, PERO POR FAVOR : ¡¡ QUE ESTUDIEN " ¡¡ BASTA YA DE REGALOS COMO HA OCURRIDO HASTA AHORA. CONFORME CON LA UPSJ
QUE INGRESEN QUIENES LO DEMUESTREN EN UNA OPOSICIÓN PÚBLICA, EN IGUALDAD Y DEMOSTRANDO CAPACIDAD. SEAN DEL LIBRE O DE PROMOCIÓN, PERO POR FAVOR : ¡¡ QUE ESTUDIEN " ¡¡ BASTA YA DE REGALOS COMO HA OCURRIDO HASTA AHORA. CONFORME CON LA UPSJ
-
Su Señoria el Secretario