Segun dice hoy la Prensa, Maragall se ha reunido con el Fiscal General del Estado para ver si se nombra un Fiscal General para Cataluña y su interlocutor le habria dicho que si, que esta muy avanzada una reforma del estatuto del Ministerio Fiscal que ya preve eso, al parecer Maragall tambien queria que las Comunidades Autonomas intervengan en el nombramiento de ese Fiscal al menos Cataluña y asi iria en el proyecto de reforma del Estatuto...
La Iglesia ha pedido que los Funcionarios no celebren bodas homosexuales sobre la base de la clausula de objeccion de conciencia. Mi pregunta es, ¿estamos ante un ejercicio de libertad de opinion o estamos ante una provocacion a la desobediencia a la ley de los Funcionarios?
Me gustaria conocer vuestras opiniones sobre ambas cuestiones.
Saludos.
Fsical General para Cataluña/ la Iglesia y la objeccion
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7230
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
- Ubicación: Santander
- Contactar:
El anterior invitado era yo que olvide el login y os añado una ultima cuestion:
Al parecer en el ultimo curso sobre oficina judicial impartido en Sevilla, se ha llegado a la conclusion de que la reforma es inviable. ¿que os parece? ¿podeis ampliar esta noticia?
Saludos.
Al parecer en el ultimo curso sobre oficina judicial impartido en Sevilla, se ha llegado a la conclusion de que la reforma es inviable. ¿que os parece? ¿podeis ampliar esta noticia?
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7230
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
- Ubicación: Santander
- Contactar:
Yo diria mas bien lamentable, muy lamentable, se puede discutir si es excesiva o no la productividad que le dan a los cuerpos superiores, pero que solo la haya para algunos es algo que no puedo comprender.
Como Secretario tampoco veo bien que al Juez le paguen tres veces mas por una comision de Servicos que a un Secretario.
Aunque yo no preguntaba por esta cuestion, creo que en este punto que aportas trini, vamos a tener poco debate porque me da que todos lo vemos igual.
Saludos
Como Secretario tampoco veo bien que al Juez le paguen tres veces mas por una comision de Servicos que a un Secretario.
Aunque yo no preguntaba por esta cuestion, creo que en este punto que aportas trini, vamos a tener poco debate porque me da que todos lo vemos igual.
Saludos
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
Fiscal de Cataluña: Ya existe, es el del TSJ, y si se le pide al FGE que nombre uno es, evidentemente, porque se trata de un delegado suyo, y por tanto no existe peligro para la unidad -constitucionalmente establecida- del MF. Lo que pasa es que se quiere un acto formal de nombramiento de un fiscal general de Cataluña, como gesto simbólico, pero por supuesto ese cargo recaerá en el del TSJ.
Objeción de conciencia: Juraría que es "objeción" (Del verbo objetar) y no "objección", pero cuando precisamente Carlos lo escribe así, ya me hace dudar. Por lo demás, la supuesta "objeción" de conciencia sólo existe cuando las leyes la regulan , porque es una excepción a la obligatoriedad de éstas. Asi que yo estoy muerto de la risa de ver cómo todo el mundo dá por supuesto que ese derecho existe, cuando la realidad es que no está fundado en ley alguna. Cuando se prevé (Con una "e", y no "prevee", otra que me hace dudar porque antes yo la escribía mal hasta que me lo dijo un amigo) ese derecho de objetar, se hace expresamente, como es el caso de la del servicio militar en la CE. A mi modo de ver, es bien sencillo: No hay justificación alguna para dejar de cumplir la ley, y el que lo haga, que se atenga a las consecuencias.
Pero además, es que en este caso es todavía mas claro, porque no se trata siquiera de atentar contra sentimientos religiosos, ya que se une a los contrayentes en matrimonio civil, y no religioso. Y el matrimonio civil es lo que el Código Civil diga que es, y no lo que la iglesia diga. Tiene gracia que la iglesia, que no le reconoce ningún efecto religioso al matrimonio civil (Un hombre y mujer con capacidad canónica para casarse, sin impedimentos religiosos, y que se casan civilmente están desde el punto de vista de la Iglesia viviendo en pecado y ya está, exactamente igual que dos homosexuales que conviven), ahora se enfade porque ese matrimonio que ella no reconoce como tal se extienda a los homosexuales. Es la mayor incoherencia que he visto en mucho tiempo, en serio. Si el matrimonio civil actual no existe para la iglesia, ¿Qué mas les dá que eso que no existe se extienda a otros sujetos? Lo que pasa es que la Iglesia se quiere meter a regular lo que deba o no ser el matrimonio civil, y ahí si que se está pasando de sus atribuciones.
Volviendo al tema de la cláusula de objeción de conciencia, os pondré el que a mi modo de ver sería el único caso claro en que la Iglesia podría llamar justificadamente a la desobediencia civil (Aunque igualmente vulnerando la ley si no se prevé en ésta ese derecho a objetar): Si el estado regulara por ley que el matrimonio canónico debe también abarcar a homosexuales, so pena de no autorizar a la Iglesia católica a actuar en España. Este sería un caso de imposición por el estado de su autoridad sobre una religión, como por ejemplo ya se ha hecho al castigar penalmente al famoso Imán de Fuengirola por propagara la idea de que el Corán autoriza a pegar a las mujeres. Cuando existe un punto de una religión en que se traspasa el marco constitucional, la libertad religiosa decae. Así, si el TC dijera que para garantizar efectivamente el art. 14 CE en España la Iglesia debe aceptar el matrimonio entre homosexuales y el estado regulara una ley así, es claro que se estaría invadiendo el campo religioso (Es claro que no hay fundamento para ésto, pero se trata de ilustrar el ejemplo).
La iglesia no puede ir por ahí predicando que le dejen en paz y luego pretender ella mangonear lo que los demás hacen. Eso es emplear doble vara de medir.
Productividad: No me gusta y nunca me ha gustado. Siempre he defendido que si se ha de regular en algunos cuerpos, precisamente NO debe ser en el de Jueces, porque no podemos dictar Sentencias en función de eso, sino dle tiempo que necesitemos para dar una buena solución. Por el contrario, creo que se debería ofrecer a la oficina judicial, porque cuanto mas mecanizado es el trabajo, mayores beneficio puede reportar el incentivo de la productividad. Lo que pasa es que están confundidos los presupuestos del debate: Si un Juez cobrara en España lo que un Notario, a todo el mundo le importaría menos la productividad.
Saludos
Objeción de conciencia: Juraría que es "objeción" (Del verbo objetar) y no "objección", pero cuando precisamente Carlos lo escribe así, ya me hace dudar. Por lo demás, la supuesta "objeción" de conciencia sólo existe cuando las leyes la regulan , porque es una excepción a la obligatoriedad de éstas. Asi que yo estoy muerto de la risa de ver cómo todo el mundo dá por supuesto que ese derecho existe, cuando la realidad es que no está fundado en ley alguna. Cuando se prevé (Con una "e", y no "prevee", otra que me hace dudar porque antes yo la escribía mal hasta que me lo dijo un amigo) ese derecho de objetar, se hace expresamente, como es el caso de la del servicio militar en la CE. A mi modo de ver, es bien sencillo: No hay justificación alguna para dejar de cumplir la ley, y el que lo haga, que se atenga a las consecuencias.
Pero además, es que en este caso es todavía mas claro, porque no se trata siquiera de atentar contra sentimientos religiosos, ya que se une a los contrayentes en matrimonio civil, y no religioso. Y el matrimonio civil es lo que el Código Civil diga que es, y no lo que la iglesia diga. Tiene gracia que la iglesia, que no le reconoce ningún efecto religioso al matrimonio civil (Un hombre y mujer con capacidad canónica para casarse, sin impedimentos religiosos, y que se casan civilmente están desde el punto de vista de la Iglesia viviendo en pecado y ya está, exactamente igual que dos homosexuales que conviven), ahora se enfade porque ese matrimonio que ella no reconoce como tal se extienda a los homosexuales. Es la mayor incoherencia que he visto en mucho tiempo, en serio. Si el matrimonio civil actual no existe para la iglesia, ¿Qué mas les dá que eso que no existe se extienda a otros sujetos? Lo que pasa es que la Iglesia se quiere meter a regular lo que deba o no ser el matrimonio civil, y ahí si que se está pasando de sus atribuciones.
Volviendo al tema de la cláusula de objeción de conciencia, os pondré el que a mi modo de ver sería el único caso claro en que la Iglesia podría llamar justificadamente a la desobediencia civil (Aunque igualmente vulnerando la ley si no se prevé en ésta ese derecho a objetar): Si el estado regulara por ley que el matrimonio canónico debe también abarcar a homosexuales, so pena de no autorizar a la Iglesia católica a actuar en España. Este sería un caso de imposición por el estado de su autoridad sobre una religión, como por ejemplo ya se ha hecho al castigar penalmente al famoso Imán de Fuengirola por propagara la idea de que el Corán autoriza a pegar a las mujeres. Cuando existe un punto de una religión en que se traspasa el marco constitucional, la libertad religiosa decae. Así, si el TC dijera que para garantizar efectivamente el art. 14 CE en España la Iglesia debe aceptar el matrimonio entre homosexuales y el estado regulara una ley así, es claro que se estaría invadiendo el campo religioso (Es claro que no hay fundamento para ésto, pero se trata de ilustrar el ejemplo).
La iglesia no puede ir por ahí predicando que le dejen en paz y luego pretender ella mangonear lo que los demás hacen. Eso es emplear doble vara de medir.
Productividad: No me gusta y nunca me ha gustado. Siempre he defendido que si se ha de regular en algunos cuerpos, precisamente NO debe ser en el de Jueces, porque no podemos dictar Sentencias en función de eso, sino dle tiempo que necesitemos para dar una buena solución. Por el contrario, creo que se debería ofrecer a la oficina judicial, porque cuanto mas mecanizado es el trabajo, mayores beneficio puede reportar el incentivo de la productividad. Lo que pasa es que están confundidos los presupuestos del debate: Si un Juez cobrara en España lo que un Notario, a todo el mundo le importaría menos la productividad.
Saludos
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7230
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
- Ubicación: Santander
- Contactar:
Tema Fiscal: Aun asi me da "noxo" la noticia de marras.
Tema Objecion de Conciencia: Si la posicion de la Iglesia es un tanto incoherente desde esa perspectiva, porque si no reconoce validez a los casamenteros, que importancia puede tener que se case a personas o a mesas...
Pero adonde yo iba es a si es licito que una institucion publica pida a los Funcionarios que no casen, es como si le pidiera a los soldados que no disparen... supongo que es licito pero... me gustaria tener mas claro ese perfil del problema.
Lo unico que tengo clara es la cuestion lingüistica, justo la que menos falta me hace en mi profesion, sin ser un fiera de esto si decir que en efecto se dice prever y proveer y por tanto preve y provee, y en cuanto a objecion, el truco que creo que funciona es intentar derivar la palabra porque en la latin el grupo "ct" se convirtio en "cc" en castellano, por eso cancion y objecion, llevan una c, porque no se puede decir canctor u objector, y sin embargo accion, eleccion y diccion, llevarian dos porque se puede decir actor, elector y dictar, es decir palabras derivadas donde aflora el grupo "ct".
En todo caso dentro de unos años con la completa liquidacion de las humanidades nada de esto tendra gran importancia.
Saludos.
Tema Objecion de Conciencia: Si la posicion de la Iglesia es un tanto incoherente desde esa perspectiva, porque si no reconoce validez a los casamenteros, que importancia puede tener que se case a personas o a mesas...
Pero adonde yo iba es a si es licito que una institucion publica pida a los Funcionarios que no casen, es como si le pidiera a los soldados que no disparen... supongo que es licito pero... me gustaria tener mas claro ese perfil del problema.
Lo unico que tengo clara es la cuestion lingüistica, justo la que menos falta me hace en mi profesion, sin ser un fiera de esto si decir que en efecto se dice prever y proveer y por tanto preve y provee, y en cuanto a objecion, el truco que creo que funciona es intentar derivar la palabra porque en la latin el grupo "ct" se convirtio en "cc" en castellano, por eso cancion y objecion, llevan una c, porque no se puede decir canctor u objector, y sin embargo accion, eleccion y diccion, llevarian dos porque se puede decir actor, elector y dictar, es decir palabras derivadas donde aflora el grupo "ct".
En todo caso dentro de unos años con la completa liquidacion de las humanidades nada de esto tendra gran importancia.
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS