Desglose de poder y su testimonio.

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jbr.abogado
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Desglose de poder y su testimonio.

#1 Mensaje por jbr.abogado »

Hola newzel:

He visto el escrito de inadmisión de monitorio, me pregunto si cuando se presenta el escrito en el juzgado se presenta original del poder y copia del mismo y se dice que se retira el original por necesitarlo para presentar otros y se deja copia, es suficiente para admitirlo.

Porque por ejemplo entre noviembre y diciembre presenté 121 monitorios, repartidos por esos juzgados de dios, domicilio del deudor, envié copia de los poderes, de momento me han contestado 19, el 15.70% de los presentados, de los 19 que me han contestado 9 me han admitido el monitorio, el 47% admitidos con copias, 4 me han solicitado los originales, el 21% solicitan los originales, dentro de estos, 2 me dan un plazo de 5 días para presentarlos y los otros 2 un plazo de 10 días. Y para finalizar de los 19 contestados, 5 inadmitido, esto es el 26% INADMITIDO EL MONITORIO POR NO PRESENTAR ORIGINALES, sin posibilidad de subsanación.

! Viva la seguridad jurídica¡, pero en fin..., habrá que adaptarse, para Enero estoy preparando con original de las facturas, pero el poder pienso presentar original y copia y retirar el original, a ver que tal las estadísticas...

Saludos cordiales,

jbr

P.D.: y ahora que lo estoy pensando, será mejor presentar el poder del administrador y no el mío general para pleitos, porque igual también me lo inadmiten...
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newzel
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Re: Modelos varios.

#2 Mensaje por newzel »

Lo que hago yo es llevar un Libro de Poderes Testimoniados, de manera que sólo hay que presentar el poder original la primera vez; para las restantes veces, se presenta copia y si concuerda con el original testimoniado que consta en el Libro de poderes, se tiene por original. Todo ello siempre y cuando la entidad conserve la misma denominación y legal representante y procurador; en otro caso, vuelta a empezar
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Terminatrix
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Re: Desglose de poder y su testimonio.

#3 Mensaje por Terminatrix »

Os abro tema nuevo, dado que la cuestión planteada excede el contenido del hilo :mrgreen:
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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jbr.abogado
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Desglose

#4 Mensaje por jbr.abogado »

Hola newzel:

Muchas gracias. el problema es que la SJ que me inadmite no quiere ni hablar conmigo, me remite al recurso de Apelación y los 50 eurso de depósito, cuando podríamos aclararlo y nos evitaríamos trabajo todos, pero en fin... habrá que hacer "el canasto con los mimbres que tenemos"...

Saludos cordiales,

jbr
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jbr.abogado
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Re: Desglose de poder y su testimonio.

#5 Mensaje por jbr.abogado »

Estimada Terminatrix:

Lo siento, no me he dado cuenta, se mete uno con sus problemas...

Saludos,

jbr
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lavandaworld

Re: Desglose de poder y su testimonio.

#6 Mensaje por lavandaworld »

LLevo sin pedir el poder original desde hace años :shock:

Entiendo que se trata de un documento procesal del art. 264 y que conforme al art. 267 se puede presentar por copia simple. Si se impugna su autenticidad, requiero el original. Una minoría de procuradores añade un otrosí y dice que en base al artículo 267 LEC aportan poder por copia simple, pero la mayoría sigue diciendo que aporta el original para luego cobrar en costas.

Artículo 267. Forma de presentación de los documentos públicos.

Cuando sean públicos los documentos que hayan de aportarse conforme a lo dispuesto en el artículo 265, podrán presentarse por copia simple, ya sea en soporte papel o, en su caso, en soporte electrónico a través de imagen digitalizada incorporada como anexo que habrá de ir firmado mediante firma electrónica reconocida y, si se impugnara su autenticidad, podrá llevarse a los autos original, copia o certificación del documento con los requisitos necesarios para que surta sus efectos probatorios.

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jbr.abogado
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Re: Desglose de poder y su testimonio.

#7 Mensaje por jbr.abogado »

Hola:

Sí, totalmente de acuerdo con el argumento, ya lo hemos hablado en otro post. Pero si te inadmiten?, que haces recurres a la AP, deposisitando 50 euros, para eso se hace un nuevo escrito y se presenta otra vez..., es igual que pedir los originales de las facturas en el monitorio, no hace falta, pero si te las piden?

Saludos cordiales,

jbr
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Invitado

Re: Desglose de poder y su testimonio.

#8 Mensaje por Invitado »

Si piden poder original, subsanaría aportando el original, pero recurriría la resolución que te pide el orginal para evitar en lo sucesivo una mala aplicación de la ley.

No recuriría un auto de inadmisión, nuevo escrito y punto.

Una factura es un documento privado y debe aportarse el original según el 268. ¿No?

Invitado

Re: Desglose de poder y su testimonio.

#9 Mensaje por Invitado »

Sobre el tema de los poderes, recordar que el Secretario Judicial no puede testimoniar un poder notarial:

Artículo 222. Redacción según Real Decreto 45/2007, de 19 de enero.

Sólo el notario en cuyo poder se halle legalmente el protocolo, estará facultado para expedir copias u otros traslados o exhibirlo a los interesados.

Ni de oficio ni a instancia de parte interesada decretarán los Tribunales que los Secretarios judiciales extiendan, por diligencia o testimonio, copias de actas, escrituras matrices y pólizas, sino que bajo su responsabilidad las exigirán del notario que deba darlas, con arreglo a la Ley del Notariado y el presente Reglamento, es decir, justificando ante el notario, y a juicio de éste con la documentación necesaria, el derecho de los interesados a obtenerlas, y siempre que la finalidad de la petición sea la prescrita en el artículo 256 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Para los cotejos o reconocimientos de estas copias se observará lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 32 de la Ley.

Invitado

Re: Desglose de poder y su testimonio.

#10 Mensaje por Invitado »

Le he dado a enviar antes de tiempo.

Y también art. 250, ambos del Reglamento Notarial

Artículo 250. Redacción según Real Decreto 45/2007, de 19 de enero.

Los testimonios sólo podrán ser expedidos por el notario, respecto de los libros registros de su notaria, por su sustituto, sucesor, habilitado o por el archivero de protocolos tratándose de libros depositados en el archivo del Colegio Notarial.

---
Pese a que el art. 222 habla solamente del art. 256 LEC, la DGRN ha interpretado la aplicabilidad de este precepto a la generalidad de los testimonios que deban expedirse de documentos notariales. Al interpretarlo cojuntamente con el art. 250 RN

lavandaworld

Desglose de poder y su testimonio.

#11 Mensaje por lavandaworld »

Procurador escribió: Respeto si los documentos privados han de ser aportados mediante original o no, entiendo que se puede presentar copia de los mismos, si bien, en caso de contradicción, deberá presentarse el original.
¿En base a qué artículo de la ley? :shock:

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Terminatrix
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Re: Desglose de poder y su testimonio.

#12 Mensaje por Terminatrix »

Abro hilo nuevo sobre el tema de los originales de las facturas en el monitorio, que hay que ver cómo degeneran los hilos :descojone:
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

conquense
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Re: Desglose de poder y su testimonio.

#13 Mensaje por conquense »

No entiendo el poqué tenemos que llevar un libro de poderes testimoniados...dónde viene eso en la Ley o en nuestro Reglamento?. El que acude a la justicia debe de cumplir con los requisitos que exige la misma. Acaso Hacienda lleva un libro con los testimonios de los poderes?.., se que algunos compis lo hacen, pero me parece aberrante.
Además el SECRETArIO JuDiciAl no inadmite los monitorios,asi que no se porque el abogado quiere hablar con el Secretario, mas bien que pida audiencia al Juez.
Y por otro lado, el abogado no tiene legitimación para incoar los monitorios en nombre de la empresa...

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