Anteproyecto reforma código penal

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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Maricarmen
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Anteproyecto reforma código penal

#1 Mensaje por Maricarmen »

El Consejo de Ministros, ha aprobado el Anteproyecto de reforma del Codigo Penal.
Abro el hilo para que vayamos comentando lo que nos puede afectar y que se pueda pasar a las asociaciones y representante de los grupos parlamentarios para que defiendan nuestras sugerencias en el debate.

.- En el se modifica el artículo 550, en el cual se imponen dos años mas de prision si se comete atentado contra un juez o un fiscal ¡¡¡ , que si se comete contra un secretario judicial.
Qeda redactado como sigue art 550:
“1.- Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia,opusieren resistencia a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.
2.- Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.
3.- No obstante lo previsto en el apartado anterior, si la autoridad contra la que se
atentare fuera miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones
locales, del Consejo General del Poder Judicial, Magistrado del Tribunal
Constitucional, Juez, Magistrado o miembro del Ministerio Fiscal, se impondrá la pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses.”

.-Tambien se introduce un artículo 127 sexies, en el cual acuerdan que la policia informe al juez y al FISCAL del destino de los bienes decomisados que se quedan para su utilizacion, nada ponen claro de informar al secretario judicial encargdo de la ejecutoria y responsable del destino de los bienes
Art 127 sexies:
“1.- A fin de garantizar la efectividad del decomiso, los bienes, medios, instrumentos y ganancias podrán ser aprehendidos o embargados y puestos en depósito por la autoridad judicial desde el momento de las primeras diligencias.
2.- La autoridad judicial, cuando se trate de bienes o efectos procedentes de alguno de los delitos del artículo 127 bis.1, podrá autorizar que el objeto del decomiso, si fuese de lícito comercio, pueda ser utilizado provisionalmente por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, policías autonómicas o el Servicio de Vigilancia Aduanera. En este caso, corresponderá a las administraciones de las que dependan resolver sobre la utilización final de los bienes decomisados cautelarmente y sobre las medidas de conservación que deban ser adoptadas conforme a lo que se disponga legal y reglamentariamente, e informarán al Juez o Tribunal y al Fiscal de lo acordado

.- Tambien se modifica el número 5 del apartado 1 del artículo 130, en el cual ponen al juez como oidor en las comparecencias, cuando el testimonio del perdon manifestado deberia ser ante el secretario judicial.
Queda redactado como sigue:
“5. Por el perdón del ofendido, cuando la Ley así lo prevea. El perdón habrá de ser otorgado de forma expresa antes de que se haya dictado sentencia, a cuyo efecto el juez o tribunal sentenciador deberá oír al ofendido por el delito antes de dictarla.
En los delitos contra menores o incapacitados, los jueces o tribunales, oído el
ministerio fiscal, podrán rechazar la eficacia del perdón otorgado por los representantes de aquéllos, ordenando la continuación del procedimiento, con
intervención del ministerio Fiscal, o el cumplimiento de la condena.
Para rechazar el perdón a que se refiere el párrafo anterior, el juez o tribunal deberá oír nuevamente al representante del menor o incapaz.”
“No hay vientos favorables para quien desconoce el rumbo” Sêneca

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PipelineR
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Re: Anteproyecto reforma codigo penal

#2 Mensaje por PipelineR »

Respecto al punto primero, han colado a los jueces en ese tipo agravado de atentado. Los realmente protegidos son estos: "miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones
locales". Es decir, es la casta autoprotegiéndose ante el futuro y ante los ciudadanos ya que se ven venir que tarde o temprano estos responderán a la violencia con violencia. Lo malo de subir las penas es que a quien pretenda atentar le salga más a cuenta actuar con más violencia, al saber que ya lleva una pena muy elevada sólo por el hecho de atentar. No creo que el precepto haya sido hecho pensando en jueces ni que el ciudadano tenga en mente atentar contra jueces.

Respecto al segundo, el de los efectos decomisados, entiendo que la policía debe informar también al SJ y, o bien se le añade "y al SJ", o bien se quita "juez" y se pone "Juzgado".

El tercero, al tener que evaluarse el perdón entiendo que es normal que se haga ante el juez. La presencia del SJ sería a efectos de fe publica en su caso.

Pero vamos, que me niego mirarme otra reforma más, al menos hasta que la aprueben, que después queda en nada. :?
Abogado.

delme
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Re: Anteproyecto reforma codigo penal

#3 Mensaje por delme »

Hay dudas incluso de su constitucionalidad.
Lo mas increíble es que quieren eliminar la sustitución de la pena de prisión, solo queda la suspensión como medida alternativa y sometida a los mismos requisitos. Es decir ,si no estamos ante delincuentes primarios sí o sí a la cárcel. De quedarse así es incalculable el aumento de la población penitenciaria en un escenario de crisis total. Alucinado me quedo esta gente no sabe en que país vive.

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ELY
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Re: Anteproyecto reforma codigo penal

#4 Mensaje por ELY »

deberia de eliminarse la suspensión, tambien. si estas condenado a pena de prisión para dntro y punto, hoy en día es un cachodendo lo de las suspensiones, sustitucionesy art. 87.
modificarse la atenuante de drogadicción para que sea agravante
eso si, los delitos la mayoria deberian ser con penas de multa y la prisión solo desde 1 año y para cosas mas impotantes.
bueno tendremos otra mierda de Cp basado en el buenismo....

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PipelineR
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Re: Anteproyecto reforma codigo penal

#5 Mensaje por PipelineR »

ELY escribió:deberia de eliminarse la suspensión, tambien. si estas condenado a pena de prisión para dntro y punto, hoy en día es un cachodendo lo de las suspensiones, sustitucionesy art. 87.
En otro escenario y otro país puede, en el momento actual y en la situación actual estoy de acuerdo con delme: no saben en qué país viven.

Lo normal es que con esto aumente la agresividad en los delitos, sumado a que para mucha gente va a ser mejor ir a prisión que buscar en la basura -salvo que volvamos a los trabajos forzados y ya puestos a la pena capital, una vez puestos es sencillo perder el control-.

Eso si, si todo condenado a prisión que entre en prisión espero que esto incluya a los banqueros y que no vaya a venir el Ministro que presenta el anteproyecto a venir a indultarles graciosamente.

modificarse la atenuante de drogadicción para que sea agravante
Esto es la primera vez que lo oigo. Supondría instaurar un derecho penal de autor en el que el sujeto responde con mayor severidad por sus circunstancias personales, agravado en este caso por el hecho de que esas circunstancias son una enfermedad. No lo comparto.
eso si, los delitos la mayoria deberian ser con penas de multa y la prisión solo desde 1 año y para cosas mas impotantes.
bueno tendremos otra mierda de Cp basado en el buenismo....
En lo primero, de acuerdo. En que el CP se base en el buenismo, no tanto.
Abogado.

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ELY
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Re: Anteproyecto reforma codigo penal

#6 Mensaje por ELY »

Ya se que algunas de esas ideas no se comparten, pero yo así lo creo y puedo decirlo. Por supuesto los politicos no haran caso.
Que trabaje en la justicia penal no quiere decir que tenga que creer en ella.
en mi humilde opinión todo esta mal planteado, hay muchos complejos y prejuicios.

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PipelineR
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Re: Anteproyecto reforma código penal

#7 Mensaje por PipelineR »

Abogado.

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