Se me plantea esta duda con los hipotecarios y la vivienda habitual, a la hora de tasar las costas, ¿cómo limitais al 5%?
Me refiero a si directamente tasais y luego establecéis ese límite en la propia tasación o en el decreto que la aprueba
Y otra duda, si ese límite se fija respecto a las cantidades por las que se despachó ejecución (principal y 30 por ciento presupuestado para intereses y costas)
A ver si alguien me aclara y veo algo de luz en este mar de dudas en el que me hallo con los hipotecarios, las viviendas habituales, los intereses.... Gracias!
Vivienda habitual y límite de costas al 5%
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juan alberto
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Re: Vivienda habitual y límite de costas al 5%
Si las minutas y honorarios son superiores a dicho 5% en lugar de recoger la minuta pones " Se reduce a x€ correspondientes al 5%".
Como la cuantía de la ejecución son las cantidades por las que se despacho ejecución esta es cantidad a tener en cuenta.
Como la cuantía de la ejecución son las cantidades por las que se despacho ejecución esta es cantidad a tener en cuenta.
- Terminatrix
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Re: Vivienda habitual y límite de costas al 5%
Lo haría en el decreto que aprueba TC e INT. Ascienden a tanto, pero por aplicación de tal y tal se reducen al 5%. Es una opción , porque también es correcto hacerlo en la propia tasación soibre el total resultante una vez practicada.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.