Documento original que no se aporta con la demanda.

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pedrojel

Documento original que no se aporta con la demanda.

#1 Mensaje por pedrojel »

Buenas tardes,

tengo una duda, cuando en una demanda por error no se acompaña un de los documentos que se citan en la misma, ¿qué ocurre? -hablo de un supuesto diferente al del 269 de la LEc,.

Simplemente no puede ser aportado con posterioridad supongo.

No es que me haya pasado, es por si alguna vez me pasa pues puede ocurrir que alguna vez se me traspapele una hoja.

Un saludo.

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Terminatrix
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Re: documento

#2 Mensaje por Terminatrix »

Pedrojel, edito el título por no ser conforme a las normas de posteo

El de "documento" es demasiado genérico. :wink:
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pedrojel

Re: Documento original que no se aporta con la demanda.

#3 Mensaje por pedrojel »

Ok, gracias!!

Es un tema que siempre me pregunto y que me preocupa porque antes de enviar una demanda o una contestación siempre repaso decenas de veces la demanda y los documentos que adjunto, pero siempre me queda ese interrogante y si un documento se ha traspapelado y no lo he aportado, pero lo he mencionado y numerado en la demanda. Entonces, ¿qué ocurre? ¿El secretario judicial debe decirme que subsane el defecto o el error?

Un saludo.

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jbr.abogado
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Re: Documento original que no se aporta con la demanda.

#4 Mensaje por jbr.abogado »

Hola:

Lo que comenta es un error material, desde hace algún tiempo en las demandas y contestación suelo poner:

OTROSÍ DIGO TERCERO: que esta parte quiere poner de manifiesto al Tribunal su voluntad de cumplir los requisitos exigidos por la ley, por lo que

SUPLICO AL JUZGADO: Tenga por hecha la anterior manifestación a los efectos del art. 231 de la LEC, a fin de que puedan ser subsanados los defectos en que pueda incurrir esta representación.

Reitero Justicia en lugar y fecha "ut supra ".

Saludos,

jbr
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Terminatrix
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Re: Documento original que no se aporta con la demanda.

#5 Mensaje por Terminatrix »

pedrojel escribió:Ok, gracias!!

Es un tema que siempre me pregunto y que me preocupa porque antes de enviar una demanda o una contestación siempre repaso decenas de veces la demanda y los documentos que adjunto, pero siempre me queda ese interrogante y si un documento se ha traspapelado y no lo he aportado, pero lo he mencionado y numerado en la demanda. Entonces, ¿qué ocurre? ¿El secretario judicial debe decirme que subsane el defecto o el error?

Un saludo.
Hombre, si dices que lo aportas ( me pasa con la tasa y con el poder cientos de veces) y no está unido, lo normal es que se te requiera de aportación por un plazo de 3-5 días.
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Randomize
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Re: Documento original que no se aporta con la demanda.

#6 Mensaje por Randomize »

como dice Terminatrix, la referencia a "documento" es demasiado genérica, no es lo mismo que falte el poder de representación que el título ejecutivo en que se basa la demanda

pedrojel

Re: Documento original que no se aporta con la demanda.

#7 Mensaje por pedrojel »

Gracias por las respuestas.

Yo también pongo la coletilla del 231 siempre :wink: , gracias por la respuesta jbr.abogado.

Gracias por la respuesta Terminatrix.

Perdón por la imprecisión Randomize. "Documento", en efecto" es demasiado genérico. Me refiero a un documento que se aporta como prueba. Un e-mail, v. gr., al que te refieres en la demanda como documento número XIX y resulta que pese a que las has revisado unas cuantas veces, éste e-mail se te ha colado de entre los otros cien documentos de carácter probatorio que sí van unidos.

Un saludo y gracias a todos por las respuestas.

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jbr.abogado
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Re: Documento original que no se aporta con la demanda.

#8 Mensaje por jbr.abogado »

Hola:

Creo que a lo que se refería Termimatrix era al título de este post.

No obstante, en contestación a Randomize, falte lo que falte, en aplicación del 231 de la LEC se debe dar oportunidad de subsanar, porque si dice que se aporta el título ejecutivo y no es así, pues se le dan 5-10 días para que lo aporte, porque si se inadmite la demanda y se archiva, no se cumple con el 231, pero es que además lo único que hace la mayoría de las veces es dar más trabajo, al juzgado y a las partes.

Saludos cordiales,

jbr

P.D.: Por una justicia eficaz y eficiente. Entre todos los que jugamos el partido podemos hacerlo, sin producir indefensión ni prevaricación.
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Re: Documento original que no se aporta con la demanda.

#9 Mensaje por Terminatrix »

jbr.abogado escribió: Creo que a lo que se refería Terminatrix era al título de este post. .
Sasto :mrgreen:
jbr.abogado escribió: No obstante, en contestación a Randomize, falte lo que falte, en aplicación del 231 de la LEC se debe dar oportunidad de subsanar, porque si dice que se aporta el título ejecutivo y no es así, pues se le dan 5-10 días para que lo aporte, porque si se inadmite la demanda y se archiva, no se cumple con el 231, pero es que además lo único que hace la mayoría de las veces es dar más trabajo, al juzgado y a las partes.
Tal cual.
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