Hola,
Agradecería ayuda
Resulta que la empresa me dejo un importe por pagar, presenté un monitorio por
cantidad, este se ha archivado por no localizar a la empresa y he presentado demanda
la cual ha sido admitida a tramite.
La cuestión es la siguiente en el monitorio presenté contratos originales, nóminas,
reconocimiento de deuda, vida laboral y demás documentos de prueba.
En la demanda sólo el acta de conciliación sin avenencia
He solicitado desglose de los documentos del monitorio finalizado, (indicando para
otros usos) para presentar los originales en el juicio debidamente numerados pues en
el monitorio no los numeré, y me han indicado que "no ha lugar incorporándose dichos
documentos al proceso ordinario".
Me dan 3 días para interponer recurso reposición.
La pregunta es ¿es necesario que presente recurso de reposición pidiendo que se me
entreguen los originales para presentarlos en el juicio como prueba documental o sería
suficiente el día de juicio con presentar fotocopias numeradas y aludir a que el
juzgado en los autos ya tiene los originales?
Gracias
Juicio Ordinario: desglose documentos aportados en monitorio
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Re: Juicio Ordinario: desglose documentos aportados en monit
No entiendo cómo se te deniega un desglose de documentos que tú has solicitado "para otros usos" y de oficio se decide incorporarlos al ordinario. En cualquier caso te han hecho el trabajo considerando que se simplificaban los trámites incorporando ellos mismos esa documentación así que salvo que necesites esos originales para usos distintos de aquellos para los que ahora sirven yo no interpondría reposición, aunque para quedarme tranquilo me aseguraría de que esos originales están efectivamente en el ordinario y dado que esa va a ser la prueba documental que tú propones sí tendría cuidado de presentar las fotocopias y remitirme a los originales proponiendo como prueba documental, " la ya obrante en las actuaciones acordada de oficio por el órgano judicial en fecha tal mediante su desglose del monitorio tal y su incorporación a este ordinario".
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).