DUDAS: PERDIDA DE PIEZA DE CONVICCION. VIDEOCONFERENCIA

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loco

DUDAS: PERDIDA DE PIEZA DE CONVICCION. VIDEOCONFERENCIA

#1 Mensaje por loco »

Tengo dos dudas. La primera va de la pérdida de una pieza de convicción. Enviamos un sumario a la Audiencia Provincial, junto las piezas de convicción ¿todas? Pues no, faltaba una. La Audiencia nos la ha requerido y la pieza sin aparecer. Buscando, buscando y buscando el oficial de penal la encontró para alegría de todos. Mi pregunta es la siguiente: ¿qué hubiera pasado al secretario judicial, os sea, yo mismo, si no se llega a localizar la puñetera pieza? ¿no dice la ley que una de nuestras funciones es conservar los objetos afectos a los expedientes? ¿se hubiera exigido responsabilidades al secretario? Los compañeros me han dado variados consejos. Que si debía denunciar los hechos, que si era suficiente un oficio a la Audiencia contando lo sucedido, que si debía poner en conocimiento del Secretario de gobierno los hechos...¿Qué pensais vosotros?¿os ha ocurrido alguna vez? Otra duda. El lunes tenemos una videoconferencia. Nuestro juzgado ha sido exhortado para citar y trasladar a la sede judicial un acusado en un juicio que se celebra a unos cuantos Kms de distancia. Yo, como secretario judicial del órgano exhortado debo dar fe de la identidad del citado Pero, ¿debo dejar constancia por diligencia de la celebración y presencia del citado? ¿adjunto la diligencia al exhorto? ¿es suficiente con mi presencia, los secretarios en estos actos somo convidados de piedra?Espero vuestras sabias opiniones

killer

#2 Mensaje por killer »

Muchas cuestiones a la vez. Pero voy a dar mi opinión. Entiendo que efectivamente las piezas de convicción están bajo la custodia del Secretario, pero esa custodia depende de los medios materiales y policiales puestos a su disposición para vigilancia, de tal suerte que si está debidamente registrada en el libro de piezas y consta en el expediente la diligencia que acuerde el depósito de la pieza en el archivo y la constancia de haberla puesto en el lugar habilitado para ello ( que suele ser un cuchitril), a partir de ese momento, si la pieza con posterioridad no aparece, es responsabilidad de la administración encargada de facilitar los medios policiales y materiales para la administración de justicia. Habrá que comprobar si los medio facilitados son los apropiados para la custodia o son insuficientes, y de eso dependerá la responsabilidad del Secretario.
En otro orden de cosas, los causantes del desastre en la custodia de piezas son normalmente los instructores de las causas criminales ( o sea los jueces) todo ello porque sólo deben quedar aquellas piezas que tengan interés probatorio, el resto de objetos deben devolverse a sus propietarios y si carecen de valor económico puede y debe acordarse la destrucción de los mismos porque su custodia no sirve para nada. Y eso es lo que suele pasar , que se conserva de todo, se inflan los archivos, nunca se usan las piezas para nada porque para nada servían por su nulo valor probatorio y económico y eso deficulta enormemente la labor del Secretario. Un instructor mínimamente serio que decida no quedarse con la basura habitual no es fácil que se encuentre con mas de 15 ó 20 piezas por año y si cuando termina la causa ordena las destruccón de las piezas o las remite como debe al juzgador no pasarían estas cosas que pasan y que provocan que los archivos de los juzgados sean una cochambre en donde no se sabe si tal cuchillo es el que corresponde a una causa o a otra.Como medida de caracter profiláctico y para el futuro sugiero
que envíes un oficio indicando a la administración la falta de medios para la custodia de objetos y te guardas el recibo que acredite la recepción por parte de la administación, como no te van a hacer ni caso, cada vez que se pierda un objeto sacas del cajón tu papelito y todos a callar. Es curioso, si no pueden proceder contra el Secretario ya no proceden contra nadie

machaca

piezas

#3 Mensaje por machaca »

y si la administración no responde se le echa la culpa al machaca que es el más endeble de la cadena, la cuestión es que el responsable rara vez responde

j

#4 Mensaje por j »

Entre las funciones encomendadas a los Secretarios Judiciales está la de consevación de las, en la mayoría de las veces "chorradas", llamadas piezas de convición.

Es de esperar que cuando salgan las plazas de gestores, tramitadores y auxiliadores según las relaciones de puestos de trabajo a alguna de esas plazas les encomieden las funciones de custodia de tales piezas posibilitando que los Secretarios Judiciales puedan dedicar su precioso tiempo a las altas funciones que, según los políticos, les corresponde al pertener al Cuerpo Superior Jurídico.

:cry: :cry: :cry: :cry:

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jaitxatxo
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Registrado: Mié 31 Dic 2003 2:54 pm

#5 Mensaje por jaitxatxo »

Muy buenas. Respondiendo a tu pregunta de la videoconferencia tú no tienes que hacer absolutamente nada. Tu juzgado practicará la citación y punto pelota. Bueno, también debes hacer que los encargados de los sistemas de videoconferencia tengan todo dispuesto para ello (al efecto aquí en el País Vasco tenemos modelos de oficios para ello). Pero tú no tienes que ir a ningún lado. Se le cita al tío, se le dice dónde tiene que ir y allí declara asistido en su caso del encargado de los medios para que funcionen correctamente. Será el Secretario del órgano exhortante el que deba acreditar la identidad del sujeto. Mírate el art.229.3 de la LOPJ. Ahí te lo deja todo claro.

Un saludo.

M. Angel

#6 Mensaje por M. Angel »

Yo acabo de elaborar un informe al CGPJ relativo a la pérdida de una pieza de convicción que motivó una queja ciudadana. Cuando me contesten, te contaré si mi cabeza sigue sobre mis hombros. :?

otro

#7 Mensaje por otro »

M.A., te deseo que no te ocurra lo que dices...pero si tiene que ocurrir al menos que no te duela mucho y pase rápido.
:lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:

Invitado

#8 Mensaje por Invitado »

M Angel. Si desaparece una pieza dales otra. Les da lo mismo. En una ocasión me encontré los ramos de prueba de un asunto, al parecer importante , en un armario. Sentenció el Juez, Sentenció la Sala y sentenció el Supremo. Nadie pidió los ramos de prueba.

M. Angel

#9 Mensaje por M. Angel »

Bueno, a nuestro favor juega que en el juicio oral el magistrado no consideró la pieza como prueba esencial, ni siquiera necesaria. Por cierto, era una cinta en la que se grabaron insultos en un tema de malos tratos... para acabar de arreglarlo.

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Magistrado Granollers
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Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm

#10 Mensaje por Magistrado Granollers »

También vale intentar que le corten la cabeza al agente por no saber encontrarla en el archivo. Como tu das fé de que está en el archivo, entonces es la ineptitud del agente al no encontrarla lo que causa el problema :lol:

No, ahora en serio, recomiendo la remisión de un oficio a la CCAA o Ministerio advirtiendo de la falta de condiciones de seguridad en el archivo. Sobre todo si es un archivo compartido con otros juzgados y hay muchas llaves.

Saludos

Invitado

#11 Mensaje por Invitado »

Para el Magistrado: No se trata de que le corten la cabeza al Agente, digo auxiliador. Vamos el alguacil. Lo que dice el invitado es claro, si no hay asunto frente al Secretario no se meten con nadie. Y esto es verdad . No?

M.Angel

#12 Mensaje por M.Angel »

No, ahora en serio, recomiendo la remisión de un oficio a la CCAA o Ministerio advirtiendo de la falta de condiciones de seguridad en el archivo. Sobre todo si es un archivo compartido con otros juzgados y hay muchas llaves.
¿Llaves? :lol: ¿No decías que ibas a hablar en serio? Eres un cachondo. :wink:

loco

#13 Mensaje por loco »

GRACIAS A TODOS POR VUESTRAS OPINIONES. YA VEO QUE LA PERDIDA DE PIEZAS ES UN PROBLEMA MUY HABITUAL Y DE DIFICIL SOLUCION. EN FIN...........PACIENCIA
RESPECTO A LA DUDA DE LA VIDEOCONFERENCIA, JAITXATXO TIENE TODA LA RAZON. LA LOPJ LO DEJA BIEN CLARITO. OTRA VEZ LEERE CON MAS DETENIMIENTO LA LEY. GRACIAS POR TU APUNTE.

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Magistrado Granollers
Mensajes: 2184
Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm

#14 Mensaje por Magistrado Granollers »

Para el Magistrado: No se trata de que le corten la cabeza al Agente, digo auxiliador. Vamos el alguacil. Lo que dice el invitado es claro, si no hay asunto frente al Secretario no se meten con nadie. Y esto es verdad . No?
Obviamente, lo del agente-auxiliador-alguacil era una broma :)
¿Llaves? ¿No decías que ibas a hablar en serio? Eres un cachondo.
Ja ja ja tienes razón....Touché! :lol:

M.Angel

#15 Mensaje por M.Angel »

A quien pueda interesar, todas las cabezas permanecen en su sitio...hasta la próxima. :twisted:

LUMIERE

VIDEOCONFERENCIA

#16 Mensaje por LUMIERE »

Hola a todos. Muy a mi pesar no estoy muy deacuerdo con lo dicho en relación a la no presencia del Secretario en las videoconferencias.

El Secretario del órgano exhortante, al otro lado de la pantalla, no puede dar fe de que la persona que se encuentra a km de distancia sea quien dice ser. Es preciso que otro Secretario, el del órgano exhortado, de fe de que la persona que comparece es quien debe ser, dar fe que la recepción de la imagen y del sonido es la correcta y que es comprensible por la persona que comparece. Así, cualquier incidente que se produzca en la trasmisión deberá hacerse constar en acta, y poco mas, será el otro Secretario (el exhortante) quien a su vez dará fe que la recepción de la imagen y del sonido a su vez se recibe con claridad, así como del resto acontecido en juicio. No olvidemos que se trata de derechos fundamentales lo que entra en juego, y así lo determina el Tribunal Supremo - quien se muestra reticente a la práctica de las videoconferencias en lo que respecta a las declaraciones de imputados -, p. ej. Stc nº 678/2005 de 16 de mayo.

Y decía que muy a mi pesar no estar deacuerdo, por que si ya es la leche estar en un órgano mixto con sala casi todos los días, ahora mejora la cosa cuando encima tienes que estar en los juicios de otros juzgados, donde citan a juicio a una hora y te puedes tirar toda la mañana esperando a que empiece la dichosa declaración. Lo que surje otra duda, el órgano exhortante cita al testigo, imputado, forense o quien sea a una hora en un día concreto, pero que pasa si tu tienes señalamientos, creo que aquí deberá suspender su juicio el exhortante y ponerse deacuerdo con el exhortado para una nueva celebración.

Saludos.

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