815 dar cuenta en Monitorio
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815 dar cuenta en Monitorio
¿ qué estáis reduciendo como no reclamable en un Monitorio para dar cuenta al juez para que dicte auto? Me han presentado una demanda en la que se dio dinero por una empresa de créditos rápidos y si pidieron 1.200 euros ahora ,es reclaman en el Monitorio casi 1.600 euros. Me parece claramente abusivo, he dado cuenta de eliminar, gastos, comisiones e intereses siendo lo único que pueden reclamar el capital no pagado¿ creéis que es correcto no no entráis tanto en la minuta y esperáis que se oponga el demandado admitiendo? . Agradecería opiniones.
Re: 815 dar cuenta en Monitorio
Lo hago igual que tú.
- jbr.abogado
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Re: 815 dar cuenta en Monitorio
Hola:
Con el 815.3 se le debe dar cuenta al juez cuando la cantidad no es correcta, aunque claro es, si se le da cuenta al juez, que lo fundamente en su Auto.
Pero si lo cálculos están correcto, no veo que haya que dar cuenta al juez, que se oponga el deudor requerido y que se debata en el declarativo que corresponda.
No debemos olvidar que la "superprotección" es para los consumidores, y no todas las personas físicas es consumidor.
Saludos cordiales,
jbr
Con el 815.3 se le debe dar cuenta al juez cuando la cantidad no es correcta, aunque claro es, si se le da cuenta al juez, que lo fundamente en su Auto.
Pero si lo cálculos están correcto, no veo que haya que dar cuenta al juez, que se oponga el deudor requerido y que se debata en el declarativo que corresponda.
No debemos olvidar que la "superprotección" es para los consumidores, y no todas las personas físicas es consumidor.
Saludos cordiales,
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