Hola!
Estoy con un decreto de adjudicación y me surge una duda al desglosar la deuda pendiente:
La adjudicación cubre toda la cantidad por la que se despachó ejecución en concepto de principal. Tengo intereses procesales y costas aprobadas ya, y me da también para pagar parte de los intereses, nada de las costas.
El artículo 654 dice que hay que seguir el siguiente orden en la imputación:
- intereses remuneratorios
- principal
- intereses moratorios
- costas
Mi duda es: los intereses devengados durante la ejecución y aprobados por decreto, debo añadirlos a los intereses de demora que estaban ya vencidos al presentar la demanda y que constan en el acta de fijación de saldo como moratorios, como si fueran un único concepto que ocuparía el tercer lugar?
Y otra: en la fijación de saldo también se desglosan 90 euros por comisiones y gastos pactados... dónde meto eso???
Aunque hice ya varias imputaciones, nunca había sacado tanto en la subasta, sólo me daba para remuneratorios y parte del principal, así que nunca se me había planteado este problema...
Duda certificación artículo 654
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: Duda certificación artículo 654
Los intereses que liquidas son intereses de demora que debes añadir a los de demora que ha liquidado el notario, y la suma de ambos no debe exceder la cobertura hipotecaria. Si exceden, son sobrante. El principal al que aludes es capital, sin intereses ni ordinarios ni de demora. Los gastos y comisiones, si no están dentro de la cobertura, son sobrante. Y si lo están,yo los imputo después de los intereses y antes de las costas.
Et in Arcadia ego
Re: Duda certificación artículo 654
Totalmente de acuerdo, maestro.
No se puede decir mejor con tan pocas palabras.
No se puede decir mejor con tan pocas palabras.
Re: Duda certificación artículo 654
Mil gracias!