Sede electrónica y notificación a los demandados.

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Mara

Sede electrónica y notificación a los demandados.

#1 Mensaje por Mara »

Estáis notificando la primera resolución de un procedimiento a través de la sede electrónica a los demandados?

invitado 3

Re: Sede electrónica

#2 Mensaje por invitado 3 »

Hola, en mi juzgado lo estamos haciendo desde el 1 de enero de 2017 o sea hace ya mas de una año; el 90% de las notificaciones son a empresas, y ha supuesto un avance enorme en la tramitación de los procedimientos.

Invitado

Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#3 Mensaje por Invitado »

En palma se están presentando nulidades. Vosotros las teneis?

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ELY
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Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#4 Mensaje por ELY »

no, nosotros notificamos por correo como toda la vida... :P

Invitado

Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#5 Mensaje por Invitado »

Nosotros todo por sede electrónica a las empresas.

invitado 3

Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#6 Mensaje por invitado 3 »

Se han presentado algunas nulidades, y todas han sido desestimadas; al citar y notificar por la sede judicial electrónica lo único que estamos haciendo es aplicar la ley; lo que no entiendo es la razón de que no se esté haciendo así en todos los juzgados; a veces ha llegado el empresario cuando ya se le ha embargado en ejecución a decir que el no tuvo conocimiento del juicio ni de las sentencia ni de nada; entonces es cuando se entera de que la sede judicial electrónica no es solo para recibir comunicaciones de Hacienda, sino tb de los juzgados, y se le enseña el justificante donde consta el día y hora de envío, el día y hora de la recepción y hasta el día y hora de la retirada( y si no hay retirada, o sea no ha abierto el buzón, la ley lo da por notificado en el plazo de 3 días)
El sistema realmente es bueno, lo que ocurre es que pocas empresas y pocos asesores se enteraron que la ley entraba en vigor para las empresas el 1 de enero de 2017 , pero eso no es causa de nulidad.

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ELY
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Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#7 Mensaje por ELY »

En mi partido judicial, con más de 5 sociales NADIE usa la sede electrónica, es más nadie sabe eso que es, ni siquiera yo.
cuando tenga un ratito me pondré a estudiarlo.

invitado 3

Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#8 Mensaje por invitado 3 »

Funciona como las notificaciones por Lexnet de los abogados y procuradores y graduados, solo que en lugar de salir una L, sale una D, que significa que la empresa tiene habilitada la sede judicial electrónica o dirección electrónica. Y todas salvo las que estén de baja la tienen porque desde hace varios años es la manera obligatoria que tienen de comunicarse con Hacienda y Hacienda con ellos. Para los juzgados es algo automático y nuestro correo en papel se ha reducido en un 80 o 90%. Es un buzòn o correo electrónico, pero los juzgados realmente no vemos la dirección; estando la D cuando vamos a notificar a la empresa, notificamos de forma automática. Y al igual que con las notificaciones por lexnet, luego aparece el justificante con la fecha de envío de la notificación, de la recepción y de la retirada. Yo estoy en la Región de Murcia y es algo obligatorio para todos los juzgados en todos los partidos judiciales de aquí, los sociales, los de primera instancia, los contenciosos....Funcionamos con Minerva, y es ahí donde nos aparece esa letra D( o la L de los profesionales)

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Akhenatonio
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Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#9 Mensaje por Akhenatonio »

He de decir que me parece absolutamente desafortunado que se notifique telemáticamente en un buzón de correo electronico el inicio de un procedimiento judicial porque crea una indefensión manifiesta al justiciable.
1.- Me estoy imaginando un monitorio frente a una empresa con poca actividad, pero con todo en regla, absolutamente al corriente de sus obligaciones tributarias y demás. ¿Quien se cree que en una pequeña empresa se mira el buzón a diario o cada mes?
2.- Pienso que esto puede dar lugar a un fraude procesal colosal, porque si el actor conoce como funciona el demandado, solicitar (o conoce que se va hacer la notificación telemática de un proceso en un juzgado determinado) e instar el procedimiento y que se siga por ese cauce, va a ser similar a esos pleitos que todos hemos visto que se intenta notificar al demandado en un domicilio en donde el actor sabe y le consta que no se va a enterar de la demanda.
3.- Creo que se podría buscar un sistema mixto notificando personalmente la demanda o buscando la constancia efectiva de que esta notificación se ha realizado y ha llegado al destinatario, y luego, todos los demás actos (una vez emplazado el demandado) si podrían hacerse por via telemática.
4.- Si este sistema de notificar los emplazamientos iniciales del proceso se generaliza se van a escuchar las quejas hasta en la ONU. He de decir que no conocía que pudiera hacerse, pero ahora al conocerlo puedo decir que me parece sumamente desafortunado y es no conocer por el legislador como funcionan en verdad las pequeñas empresas (que no todas son Telefónica o Santander) y tienen a 100 personas para ese trámite.
Saludos cordiales a todos.
Ps. Los profesionales (abogados procuradores...) YA SABEN que tienen que mirar el buzón a diario. Es una parte de su trabajo. No cabe comparar esta obligación con la de las empresas. Las empresas no lo conocen. Me apostaría la vida que no llega al 1% que son conocedoras de esta posibilidad de notificación de una demanda judicial por el buzón electrónico.

pisto
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Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#10 Mensaje por pisto »

En mi juzgado tb lo hacemos y facilita mucho. La mayoría se enteran y en cualquier caso, el TSJ vino a decir que están obligados a enterarse...
Lo que crea cierta confusión es el tema de los plazos. Nosotros nos podrá regir 3 días pero al ser el buzón de Hacienda, tienen 10 para abrirlo y no basta, entiendo yo, con decir que rigen los nuestros. Creo que ahí está la auténtica indefensión.
El hecho de que cada Juzgado haga exactamente lo que le salga del "folio" es una inconcebible. Impide incluso mantener conversaciones con los compañeros del mismo lugar. Aludes a que ha entrado en vigor tal cosa y no sabes cómo hacerlo y te contestan varios que "en su juzgado no bien porque han decido que no les gusta o que nos les toquen no sé qué o bien porque al juez no le gusta". En fin..
Consecuencia: Unas cosas están en vigor dependiendo de si eres de territorio Ministerio o no; las hay que van paulatinamente y, ya puestas, hay una capacidad de decisión por parte de muchos (la envidia me mata, pues yo no la tengo) que les lleva a incumplir aquello que está vigente. Pena que éstos últimos no lideren la reclamación de nuestros derechos.
Por cierto, yo tengo expediente digital puro y duro, de los que marean. No sé cómo arreglármelas.. En la misma ciudad, compañero dice que de cine, otros que por escrito y pasando mucho y bueno, es lo que hay.

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ELY
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Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#11 Mensaje por ELY »

Ahora lo entiendo,
nosotros no somos territorio del Misterio de Justicia, somos CC.AA con competencias transferidas, no usamos Minerva en nuestra aplicación procesal no sale nada al efecto, pensaba que era enviar por correo electrónico.
Ahora me dejas más tranquilo, me esperaré a que nuestra amada CC.AA. decida poner la funcionalidad.

Mara

Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#12 Mensaje por Mara »

Me podrías pasar por favor la resolución del TSJ q resuelve la nulidad?

mara

Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#13 Mensaje por mara »

por favor, si alguien sabe en su territorio si su TSJ ya resolvió algún recurso sobre la obligatoriedad de usar la sede electrónica , me lo podría decir. gracias

pisto
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Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#14 Mensaje por pisto »

mara escribió: Dom 11 Feb 2018 10:07 pm por favor, si alguien sabe en su territorio si su TSJ ya resolvió algún recurso sobre la obligatoriedad de usar la sede electrónica , me lo podría decir. gracias
Creo recordar que no era sobre la obligatoriedad de usar la sede electrónica sino respecto de los plazos que arriba comenté,

Mara

Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#15 Mensaje por Mara »

Me podrías decir igualmente cuál es? O aproximadamente de que fecha?

Muchas gracias

ignorante supino

Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#16 Mensaje por ignorante supino »

Si. La Sala de lo Social de Burgos ha dictado una sentencia de fecha 21 de diciembre de 2017 ( nº 737/2017. Rec suplicación 709/2017) en la que se pedía la nulidad porque no habían acudido a juicio alegando estar mal citados. Se había citado a la empresa a través de la sede electrónica y por la falta de costumbre, novedad o lo que sea, no acudieron al juicio.
La sentencia viene a decir que existiendo obligación de realizar los actos de comunicación vía telemática y habiéndolo hecho, es responsable la empresa por una actitud pasiva... Una canallada pero al juzgado le viene bien.
Lo que no está resuelto que yo sepa y, si alguien lo sabe estaría bien colgarlo, es el tema que antes se hablo sobre el plazo de 10 días o de 3 pues en Hacienda en donde está la sede no tienen obligación de abrir ese buzón hasta los 10 días.


NOTIFICADOR PRIMERIZO

Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#18 Mensaje por NOTIFICADOR PRIMERIZO »

Me acabo de encontrar un emplazamiento "rechazado"(sic) Esto ¿es porque no han accedido en plazo a la comunicación o porque la han rechazado expresamente? ¿Se entiende notificado el acto, verdad? Gracias.

pisto
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Registrado: Sab 26 Jun 2010 12:13 pm

Re: Sede electrónica y notificación a los demandados.

#19 Mensaje por pisto »

Hay que decir que, desde el primer mensaje de este hilo, al día de hoy parece que las cosas cambian. Se está llevando el tema al Constitucional y paralelamente determinadas salas de lo Social "parece" que cambian criterio y empiezan a ver indefensiones si no se notifica la primera de manera personal. Es un desastre enorme.
Tenemos un problema gordo porque, en muchos supuestos se han ejecutado ya las sentencias.

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